¿Formas parte de una pareja de hecho y no sabes cuáles son tus derechos?
Velázquez y Villa: El Valor de tu Victoria
Las parejas de hecho son aquellas uniones estables conformadas por personas mayores de edad, emancipadas y que conviven, sin haber contraído matrimonio porque no ha sido su deseo. Pero, ¿qué pasa cuando queremos diluir la unión de hecho? ¿Tenemos los mismos derechos que tras la disolución de un matrimonio?
[/spb_text_block] [spb_accordion width=»1/1″ el_position=»first last»] [spb_accordion_tab title=»¿Cómo se crea la pareja de hecho?» accordion_id=»-c-mo-se-crea-la-pareja-de-hecho-» icon=»»] [spb_text_block pb_margin_bottom=»no» pb_border_bottom=»no» width=»1/1″ el_position=»first last»]A diferencia del matrimonio, que se lleva a cabo por la vía judicial, formar una pareja de hecho es un trámite administrativo que varía en cada Comunidad Autónoma. En Asturias está destinado a «las uniones no matrimoniales de convivencia estable entre parejas, incluso del mismo sexo». Aquí podéis ver los requisitos y qué necesitáis para formalizar la situación.
[/spb_text_block] [/spb_accordion_tab] [spb_accordion_tab title=»Los derechos de una pareja de hecho» accordion_id=»los-derechos-de-una-pareja-de-hecho» icon=»»] [spb_text_block pb_margin_bottom=»no» pb_border_bottom=»no» width=»1/1″ el_position=»first last»]- A subvenciones, ayudas públicas, y beneficios fiscales.
- Ambos cónyuges tienen derecho a una pensión de viudedad, siempre y cuando la pareja de hecho lo haya sido durante los dos años anteriores al fallecimiento. También deben haber vivido de forma continuada los cinco años anteriores al fallecimiento.
- Pensión compensatoria.
- Adopción.
- Etc.
Si se quiere disolver la unión de mutuo acuerdo, ambos cónyuges deben comparecer ante el funcionario competente en el registro. Manifestarán que han decidido poner fin a su unión, presentando una solicitud por escrito.
[/spb_text_block] [/spb_accordion_tab] [spb_accordion_tab title=»¿Y si es sólo un miembro el que quiere la disolución de la pareja?» accordion_id=»-y-si-es-s-lo-un-miembro-el-que-quiere-la-disoluci-n-de-la-pareja-» icon=»»] [spb_text_block pb_margin_bottom=»no» pb_border_bottom=»no» width=»1/1″ el_position=»first last»]Si es uno de los miembros sólo el que ha decidido poner fin a la pareja de hecho, deberá, igual que el caso anterior, comparecer ante el mismo funcionario y presentar la misma solicitud. Pero además, deberá presentar un documento que acredite que ha intentado comunicar de manera fehaciente al otro miembro de la pareja su decisión de acudir al registro para cancelar la inscripción de la pareja de hecho. Esta comunicación puede haber sido por acta notarial o burofax, y debe existir certificado de contenido y acuse de recibo. Tras los trámites, se procederá a la cancelación en el registro correspondiente.
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