¿Tenéis dudas sobre el reparto de bienes tras vuestro divorcio?
Velázquez y Villa: El Valor de tu Victoria
En España, el régimen que se aplica por defecto a los matrimonios es el de gananciales. Excepto en Cataluña, donde se aplica la separación de bienes. ¿Qué quiere decir esto? Que cualquier bien que compremos durante nuestro matrimonio nos pertenece a ambos cónyuges. Pero también adquirimos las deudas.
Tras el divorcio, se procede a la liquidación de bienes gananciales. En primer lugar, se lleva a cabo el inventario. Esto significa que se recuentan los bienes del matrimonio y las deudas (activo y pasivo). Se valoran, y acto seguido se liquidan las deudas que puedan existir.
Tras la liquidación de las deudas, se procede al reparto de:
- Cuentas bancarias,
- Bienes inmuebles,
- Terrenos,
- etc.
También se resuelve uno de los temas más controvertidos: el reparto de la vivienda familiar.
Consulta aquí el modelo de disolución de bienes gananciales.
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