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¿Tenéis dudas sobre el reparto de bienes tras vuestro divorcio?

Velázquez y Villa: El Valor de tu Victoria

En España, el régimen que se aplica por defecto a los matrimonios es el de gananciales. Excepto en Cataluña, donde se aplica la separación de bienes. ¿Qué quiere decir esto? Que cualquier bien que compremos durante nuestro matrimonio nos pertenece a ambos cónyuges. Pero también adquirimos las deudas.

Tras el divorcio, se procede a la liquidación de bienes gananciales. En primer lugar, se lleva a cabo el inventario. Esto significa que se recuentan los bienes del matrimonio y las deudas (activo y pasivo). Se valoran, y acto seguido se liquidan las deudas que puedan existir.

Tras la liquidación de las deudas, se procede al reparto de:

  • Cuentas bancarias,
  • Bienes inmuebles,
  • Terrenos,
  • etc.

También se resuelve uno de los temas más controvertidos: el reparto de la vivienda familiar.

Consulta aquí el modelo de disolución de bienes gananciales.

 

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