CASOS DE ÉXITO Incapacidad

IPT ganadero aterosclerosis

Reconocimiento de Incapacidad Permanente Total por arterioesclerosis

El Juzgado de los Social nº 6 de Oviedo, reconoció una Incapacidad Permanente Total, a nuestro cliente por arterioesclerosis de extremidades inferiores. Nuestro cliente, ganadero de profesión, fue propuesto para incapacidad por el mismo INSS, y tras la revisión en el EVI le denegó la incapacidad permanente, ya que el equipo de valoración de incapacidades consideró que podía permanecer constantemente en bipedestación y deambulación prolongada y con carga y porte de pesos sobrecargando las extremidades inferiores, y seguir desempeñando su profesión habitual de ganadero, a pesar de múltiples períodos de IT. Al mes del alta de IT padeció una ulcera vascular arterial. Las dolencias que realmente padece son: “…una obstrucción ileo-femoral bilateral estadio IIB de Child, con claudicación a la marcha a los 100 metros según hace constar el Médico Evaluador; cuando el actor fue Alta del proceso de IT en el mes de octubre, se consideró, tanto por la Mutua como por el SPS, que el cuadro estaba estabilizado sin indicación quirúrgica; sin embargo una vez reincorporado al trabajo, un mes después de la resolución desestimatoria fue nuevamente atendido por una úlcera vascular arterial, siendo finalmente intervenido quirúrgicamente el 16-01-20 mediante Bypass aorto-bifemoral por obstrucción ilio-femoral bilateral grado IV (el más grave posible), estando actualmente a revisiones periódicas; en consecuencia, la aterosclerosis de EEII que presenta el demandante (informe de la Mutua) que está en el origen de tal patología, condiciona de manera sustancial el desempeño de la actividad profesional de Ganadero que por definición está sujeto a las condiciones referidas anteriormente, ya que si bien los tratamientos pueden revertir la clínica y estabilizar su situación, el retorno a su actividad profesional conllevará nuevamente la aparición de nuevos episodios con las consecuencias ya referidas anteriormente ”. Con la orientación y justificación de las repercusiones, aún tras las intervenciones quirúrgicas, hemos conseguido justificar que las repercusiones y limitaciones que padece le limitan para las tareas fundamentales de su profesión de ganadero autónomo, pues éstas suponen bipedestación, deambulación prolongada, sobrecarga de columna lumbar, pesos, etc. Nuestro cliente contempló el fin de su calvario, puede vender la ganadería, despreocuparse del ganado, y tiene reconocido su derecho a una pensión vitalicia del 75% (55% incrementado en un 20%), y está centrado en mantener su salud.   Si tus dolencias no te permiten trabajar, contacta con nosotros Somos especialistas en Incapacidades Laborales Permanentes. Teléfono: 985 220 905

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Reconocimiento de Incapacidad Permanente Total por ID Sudeck

El Juzgado de los Social nº 4 de Oviedo, reconoció una Incapacidad Permanente Total, a nuestra clienta confitera-panadera autónoma, por enfermedad común: ID. Sudeck Nuestra clienta solicitó nuestros servicios porque, debido a sus dolencias no se veía capaz de seguir desempeñando su profesión de confitera. Las dolencias que tiene son: «Tenosinovitis de Quervain bilateral de predominio izdo Iq a este nivel. En informe de Cirugía Plástica de 12 de octubre de 2019 del HUCA se refleja lo siguiente: “ID SUDECK. En el momento actual no existen soluciones terapéuticas quirúrgicas para paliar los síntomas.” Dx de discopatía degenerativa C5C6 y C6C7 Pequeña hernia postero medial derecha C5C6 sin mielopatía comprensiva asociada”. Gracias a nuestra ayuda ha conseguido que le reconozcan una pensión de incapacidad permanente Total para el desempeño de su profesión puesto que, su limitación en la mano izquierda le impide desempeñar las tareas que le son exigidas en su profesión de panadera-confitera autónoma. Nuestro clienta tiene una pensión vitalicia del 55% de su base reguladora.   Si tus dolencias no te permiten trabajar, contacta con nosotros Somos especialistas en Incapacidades Laborales Permanentes. Teléfono: 985 220 905

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Reconocimiento de Incapacidad Permanente Absoluta por Artrosis severa de rodilla

Revisión por agravación y reconocimiento de Incapacidad Permanente Absoluta, ante el Tribunal Superior de Justicia de Asturias. Aunque resulta ser una caso ya de hace unos años, lo recuperamos aquí por su valor como muestra de la importancia de luchar por defender lo que realmente le correspondía. Nuestro cliente solicitó nuestros servicios, ante el criterio del INSS opuesto a revisarle por agravación la incapacidad permanente total, ya que consideraban que podía seguir desempeñando otro tipo de trabajos o tareas. Las dolencias que padecía eran: “Gonalgia por gonartrosis severa. Obesidad V/VI. Algias articulares”. La gonartrosis es una enfermedad articular crónica, degenerativa, progresiva, localizada en la rodilla, que resulta de eventos mecánicos y biológicos que desestabilizan el acoplamiento normal de la articulación. Mediante el recurso de suplicación hemos conseguido demostrar ante el TSJ la agravación y la evolución negativa de las lesiones osteoarticulares en ambas rodillas, y algias articulares en otras zonas corporales, con limitaciones funcionales, sobre todo en el aparato locomotor, que le limitaban para todo tipo de tareas en el mercado laboral. Nuestra cliente vio reconocido su derecho a una pensión vitalicia del 100%, y reorientó su vida personal y familiar.   Si tus dolencias no te permiten trabajar, contacta con nosotros Somos especialistas en Incapacidades Laborales Permanentes. Teléfono: 985 220 905  

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Reconocimiento del TSJ de Incapacidad Permanente total por trastorno depresivo

En ocasiones tenemos que llegar hasta el Tribunal Superior de Justicia para defender los derechos de las personas. Nuestro cliente solicitó nuestros servicios ante sus problemas diarios para enfrentarse a las tareas habituales como labradora. El INSS y el Juzgado de lo Social se  negaron a reconocerle prestación alguna, ya que consideraban que sus dolencias no le disminuían suficientemente la capacidad laboral, y podía seguir desempeñando su profesión de labradora. Las dolencias que presentaba son: “Trastorno depresivo. Diagnosticada de síndrome túnel tarsiano izquierdo de intensidad leve. Histerectomía total más doble anexectomía en 10-09 por útero miomatoso. Insuficiencia venosa crónica en ambos MMII sin complicaciones tróficas llamativas.”. En el recurso de suplicación hemos conseguido acreditar, probar y justificar ante el TSJ de Asturias que las limitaciones funcionales que padece le impiden realizar su trabajo habitual, tanto por la sintomatología depresiva como por las limitaciones funcionales en el pie izquierdo, para realizar los esfuerzos físicos y posturales relevantes que exige la actividad agraria, por lo que reconocen las limitaciones para la profesión habitual. Nuestro cliente obtuvo una pensión vitalicia del 55% de su base reguladora, pudiendo reorientarse en el mercado laboral.   Si tus dolencias no te permiten trabajar, contacta con nosotros Somos especialistas en Incapacidades Laborales Permanentes. Teléfono: 985 220 905  

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Reconocimiento de Incapacidad Permanente Absoluta por Depresión Crónica

El Juzgado de los Social nº 3 de Oviedo, reconoció una Incapacidad Permanente Absoluta, a nuestra cliente, por enfermedad común: Depresión ansiosa recurrente grave. Una sentencia que recuperamos de hace años, que supuso un éxito importante para nuestra clienta. Nuestro cliente solicitó nuestros servicios, ante el criterio del INSS opuesto a reconocerle la incapacidad permanente, ya que consideraban que podía seguir desempeñando todo tipo de trabajos o tareas. Las dolencias que padecía eran: “Depresión ansiosa recurrente grave”. Hemos conseguido demostrar la cronicidad, el fracaso de los tratamientos, así como la evolución negativa, con limitaciones funcionales, que le limitaban para todo tipo de tareas en el mercado laboral. Nuestra cliente vio reconocido su derecho a una pensión vitalicia del 100%, y reorientó su vida personal y familiar.   Si tus dolencias no te permiten trabajar, contacta con nosotros Somos especialistas en Incapacidades Laborales Permanentes. Teléfono: 985 220 905

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Reconocimiento de Gran Invalidez a trabajador a dependiente de tienda.

El Juzgado de lo Social nº5 de Oviedo ha reconocido una incapacidad permanente en el grado de Gran Invalidez, con derecho a percibir una pensión vitalicia del 100% de su base reguladora más el complemento de Gran Invalidez en la contingencia de enfermedad común, a dependiente de tienda. Nuestro cliente acudió a nosotros puesto que, debido a un empeoramiento de su estado de salud, no podía seguir trabajando en la que fuera su profesión habitual, dependiente de comercio. Nuestro cliente tiene una amputación traumática de ambos miembros inferiores desde la infancia, portando prótesis en ambas piernas. Siempre trabajó con dicha limitación sin ningún problema pero, hace unos años empezó a presentar una debilidad progresiva de ventura pelviana y de ambos muslos que le ocasionó caídas recurrentes, con diversas contusiones y politraumatismos, hasta el punto de que actualmente se encuentra limitado para permanecer en bipedestación por tiempo superior a una hora y precisando, para desplazamientos a media distancia, silla de ruedas. Gracias a nuestra ayuda ha conseguido que le reconozcan una pensión de incapacidad permanente en el grado de Gran Invalidez, tras quedar acreditado que precisa ayuda de una tercera persona para la mayoría de las actividades básicas de la vida diaria. Reconocimiento de Gran Invalidez por ELA  Si tus dolencias no te permiten trabajar, contacta con nosotros Somos especialistas en Incapacidades Laborales Permanentes. Teléfono: 985 220 905

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Reconocimiento de Incapacidad Permanente Total por artrodesis

El Juzgado de lo Social nº6 de Oviedo ha reconocido una Incapacidad Permanente Total, para su profesión habitual de mecánico de maquinaria industrial, derivada de enfermedad común. La práctica de una artrodesis no tiene por finalidad recuperar la capacidad funcional del trabajador, ya que la sobrecarga sobre los segmentos artrodesados pueden provocar fácilmente un colapso de los espacios adyacentes, lo que se conoce como síndrome de espacio adyacente, lo que daría una situación peor incluso que la precedente. Nuestro cliente, solicitó nuestros servicios ante la imposibilidad de seguir trabajando como mecánico, su vocación desde joven. A pesar de la satisfacción personal de trabajar como mecánico, que era su pasión, llegó un momento que fue consciente de la imposibilidad de continuar trabajando por sus problemas de salud. Las dolencias que presentaba eran: Artrodesis lumbosacra L4-S1 por estenosis foraminal L5-S1 derecha y discopatía degenerativas severas de L3 a L5 Gracias a nuestra ayuda ha conseguido que le reconozcan una pensión de incapacidad permanente total para el desempeño de su profesión habitual, tras entender, en reciente sentencia dictada por el Tribunal Superior de Asturias, que una artrodesis tiene por finalidad fundamental la de suprimir o reducir la clínica dolorosa, pero no recuperar la capacidad funcional del trabajador, por lo que las repercusiones que presenta son incompatibles para aquellas actividades para cuyo desarrollo es preciso coger pesos, hacer esfuerzos, y mantener posturas forzadas, actividades estas específicamente contraindicadas con sus padecimientos, por  su profesión de mecánico. Nuestro cliente tiene ahora una pensión vitalicia del 55% de su base reguladora.   Si tus dolencias no te permiten trabajar, contacta con nosotros Somos especialistas en Incapacidades Laborales Permanentes. Teléfono: 985 220 905

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Reconocimiento de Incapacidad Permanente Total a operador de soldadura

El Juzgado de lo Social nº4 de Oviedo ha reconocido una Incapacidad Permanente Total, para su profesión habitual de Operador de Soldadura derivada de enfermedad común. La incapacidad Permanente Total es un grado de invalidez permanente que se caracteriza porque el trabajador está impedido para realizar todas, o al menos, las fundamentales tareas de su profesión habitual, pero puede dedicarse a otra distinta. Nuestro cliente solicitó nuestros servicios tras agotar dieciocho meses de baja por IT con la negativa  del INSS a reconocerle pensión alguna, ya que consideraban que sus dolencias no le disminuían la capacidad laboral, y porque  no podía seguir desempeñando su profesión de operador de soldadura. Hemos conseguido justificar que las limitaciones que padece le impiden realizar esfuerzos físicos y posturales con las extremidades superiores (levantar los brazos a 90 o más grados), que padece dolor y pérdida de fuerza, que es lo que le exigen sus tareas diaria y habitualmente, por lo que reconocen las limitaciones para la profesión habitual. Nuestro cliente tiene una pensión vitalicia, en 14 pagas anuales, del 75% (55%+ 20) de su base reguladora, al ser mayor de 55 años y no ser titular de establecimiento mercantil o industrial.   Si tus dolencias no te permiten trabajar, contacta con nosotros Somos especialistas en Incapacidades Laborales Permanentes. Teléfono: 985 220 905

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Reconocimiento de Incapacidad Permanente Total por problemas auditivos

El Juzgado de lo Social nº4 de Oviedo ha reconocido una Incapacidad Permanente Total, para su profesión habitual de Oficial de banca, subdirector comercial desde hace más de 18 años, derivada de enfermedad común. La incapacidad Permanente Total se caracteriza porque el trabajador está impedido para realizar todas, o al menos, las fundamentales tareas de su profesión habitual, pero puede dedicarse a otra distinta, de tal modo que es necesario establecer: 1º El diagnóstico médico de la enfermedad y especialmente las alteraciones y disminuciones funcionales que de modo permanente genera 2º La determinación de las tareas que la persona debe realizar en su actividad laboral o profesional 3º Una correlación entre aquellas limitaciones y los requerimientos físicos y psíquicos de tales tareas 4º La indagación de otros elementos que puedan originar la incapacidad como la existencia de riesgo propio o de terceros Ahora ha conseguido lo que por justicia le corresponde, el derecho a percibir una pensión vitalicia, en catorce pagas anuales, en cuantía equivalente al 55% de su base reguladora. Nuestro cliente comenzó con problemas auditivos hace cuatro años, por lo que acudió tanto a la medicina pública como a la privada, intentando todas las soluciones (quirúrgicas, farmacológicas y audioprotésicas), para poder mantener su trabajo (bien considerado, pagado y con proyección profesional). Le diagnosticaron Otoesclerosis bilateral con platina obliterativa que contraindica intervención quirúrgica; además, padece acúfenos en contexto de hipoacusia mixta por otosclerosis. Diagnosticado de una hipoacusia mixta con pérdida del 56,2% en OD y del 61,9% en OI con una perdida binaural del 57,1 %. Valorado por el EVI, el INSS consideró que podía continuar trabajando por lo que le denegó cualquier prestación. Nos consultó, valoramos sus posibilidades y la realidad vital y los requerimientos de su trabajo (trabajador con una profesión eminentemente comercial y con exigencia permanente de escucha activa, con buena audición, interpretación, comprensión e inteligibilidad del contenido de las conversaciones). Acudimos a los jueces y reconocen la pensión para su profesión. Podrá realizar otros trabajos que no exijan esa capacidad auditiva, y el esfuerzo, concentración y atención auditiva (que jamás podrá recuperar). Ha demostrado que tras 18 años trabajando, puede comenzar otra etapa vital, con limitaciones auditivas y se obliga al INSS a reconocer sus limitaciones, tanto para el trabajo como para vida diaria. Ahora cobra catorce pagas de su pensión de Incapacidad Permanente TOTAL.   Si tus dolencias no te permiten trabajar, contacta con nosotros Somos especialistas en Incapacidades Laborales Permanentes. Teléfono: 985 220 905

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Reconocimiento de Incapacidad Permanente Absoluta por Baja Agudeza Visual

El Juzgado de lo Social nº6 de Oviedo ha reconocido una Incapacidad Permanente Absoluta, para su profesión habitual de de agente de la propiedad inmobiliaria en el régimen de autónomos, derivada de enfermedad común. Ahora ha conseguido lo que por justicia le corresponde, el derecho a percibir una pensión vitalicia, en catorce pagas anuales, en cuantía equivalente al 100% de su base reguladora. Nuestra clienta solicitó nuestros servicios porque, debido a sus patologías, entre las que se encontraba la baja agudeza visual, había tenido que dejar de ejercer su profesión habitual de agente de la propiedad inmobiliaria en el régimen de autónomos. Según refleja el juez en la sentencia nuestra clienta está limitada para el desempeño de cualquier profesión u oficio con la eficacia, constancia, dedicación y rendimiento que toda actividad laboral exige, toda vez que presta una afectación visual que limita su agudeza visual a 0,05 en el OD y en OI a movimientos de manos, con un campo visual central de 5º Pese a desconocerse el motivo de dicha pérdida de agudeza visual (razón por la que el INSS desestimó la reclamación previa agotando así la fase extrajudicial), su señoría considera que, concluidos los dos años de máxima permanencia en la situación de incapacidad temporal y siendo la valoración oftalmológica durante ese periodo la misma, no tiene sentido desde el punto de vista jurídico demorar para nuevas exploraciones la valoración de la incapacidad. Gracias a nuestra ayuda ha conseguido que le reconozcan una pensión de Incapacidad Permanente Absoluta para el desempeño cualquier profesión u oficio. Nuevamente, con un gran trabajo en equipo hemos conseguido lo que en justicia le corresponde. Una nueva alegría de todos los que formamos parte de Velázquez y Villa. Hemos cumplido nuestro objetivo: una solución para toda la vida de nuestra clienta. Enhorabuena!!   Si tus dolencias no te permiten trabajar, contacta con nosotros Somos especialistas en Incapacidades Laborales Permanentes. Teléfono: 985 220 905

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