Incapacidad permanente por accidente de trabajo

Nuestro cliente, ganadero de profesión, sufrió un accidente con fractura de tobillo (tras un anterior esguince en el mismo tobillo, tratado por la Mutua), por lo que siguió las indicaciones de la doctora de la Mutua y se sometió a todos los tratamientos. La recuperación y mejora fue escasa, y con secuelas, ya que las posibilidades terapéuticas estaban agotadas y las secuelas afectaban a la movilidad, con una articulación estable.

Sin embargo, la Mutua de AT y EP mantuvo que el ganadero podía deambular, y seguir con la actividad; aún cuando sufría una limitación de un 50%, IBERMUTUAMUR mantenía que podría continuar con vacas y la actividad (en un territorio como Cangas del Narcea-segundo concejo más extenso de España, territorio agreste y de caracterizadas pendientes).

Sin embargo, valoramos y consideramos que las secuelas deben ponerse en relación con los requerimientos de su profesión habitual y las tareas que resultan exigibles, de forma diaria, y así, nuestro criterio fue estimado, como acoge la sentencia: “ En cualquier sistema de explotación es cierto que debe caminar por terrenos irregulares, resbaladizos, mover el ganado y en definitiva se requiere una buena funcionalidad de las extremidades, de la que el actor carece por la reducción de su movilidad en un tobillo”.

La realidad es que la limitación permanente es un dato objetivo, junto con la dificultad para una deambulación segura en el ambiente laboral de la ganadería (que es un hecho notorio), por lo que ha sido declarada la incapacidad en grado de total, frente al criterio de IBERMUTUAMUR y del INSS.

Nuestro cliente percibe ahora su pensión de incapacidad permanente total, en virtud de resolución judicial; anualmente percibe doce pagas de su pensión de incapacidad permanente total (55%), derivada de accidente de trabajo, con sus necesidades económicas cubiertas. Ya no debe correr riesgos por el monte, tras los animales, ni por los prados, sino reorientar sus capacidades sin correr riesgos innecesarios.

 

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2 comentarios en “Incapacidad permanente por accidente de trabajo”

  1. Tengo una fractura trimaleolar de tobillo maleolo peroneo fragmento del pilon posterior mas maleolo medial sin desplazamiento desde noviembre y al cabo de los 8 meses me van a volver a operar para la retirada de material por que me hace daño y se me inflama mucho la pierna ¿esto puede ser derivado a incapacidad permanente total? gracias

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