Incapacidad permanente por trastorno depresivo

El Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias estimó demanda de incapacidad permanente por trastorno depresivo en grado de absoluta.

Nuestro cliente, de 48 años de edad, fue declarado en situación de incapacidad permanente total para su profesión habitual de peón de limpieza en diciembre de 2005 al apreciarse que padecía, como dolencias más significativas:

  • Lumbociatalgia izquierda por espondilólisis con listesis en L5-S1, intervenida con artrodesis.

Posteriormente inició actividad laboral como transportista (miniautobus).

Fue diagnosticado de un trastorno depresivo, por lo que valoramos la posibilidad de éxito para conseguir la incapacidad absoluta. Tras la solicitud, le fue denegada tanto por el INSS como por el Juzgado de lo Social, al considerar que “persiste un menoscabo funcional similar al anterior pues la movilidad del aparato locomotor se encuentra en general conservada y el trastorno depresivo no altera sus facultades superiores; en consecuencia, carece de la gravedad e intensidad necesarias para excluir que pueda desempeñar una actividad laboral”.

Manteniendo nuestro criterio inicial frente al INSS y la resolución del juzgado, formulamos recurso frente al Tribunal Superior de Justicia de Asturias, que estimó el recurso ante nuestros argumentos, ya que debe realizarse una valoración conjunta de todas las dolencias que presenta, incluyendo la depresión recurrente y el trastorno bipolar, puesto que aunque los diversos padecimientos que presente una persona, considerados aisladamente, no determinen un grado de incapacidad, sí pueden llevar a tal conclusión, si se ponderan y valoran conjuntamente.

La sentencia del juzgado de lo Social fue revocada, ya que realizaba una valoración de cada dolencia de forma aislada y no en conjunto.

Con nuestro asesoramiento, conseguimos que nuestro cliente fuese declarado por sentencia en situación de incapacidad permanente absoluta.

El cliente padece:

  • Trastorno bipolar y mixto ansioso-depresivo

Nuestro cliente percibe ahora su pensión de incapacidad permanente absoluta, en virtud de resolución judicial; anualmente percibe catorce pagas de incapacidad permanente absoluta (100%), con todas sus necesidades económicas cubiertas y las de su familia.

Este es su testimonio:

«Me quedé alucinado, no me lo creía. Voy a cobrar atrasos desde 2016».

¿Qué te decidió a contratar tras la primera visita? Vosotros me dijisteis que había caso, y yo presentía que sí, que se iba a ganar.

¿Cuál era tu situación personal al contratar los servicios? Estaba trabajando, conduciendo un autobús adaptado, para gente con minusvalías. Los recogía y los llevaba al centro para rehabilitación.

¿Qué tipo de problemas tenías? Estoy operado de la columna, me habían incapacitado ya en el 2005. Llegaba a casa muy cargado, era un trabajo muy activo, tenía que andar de un sitio para otro, con unos horarios muy marcados. Llegaba a casa muy nervioso. Fui al psiquiatra y me dijo que tenía un trastorno bipolar. A partir de ahí, me puso medicación. Estaba muy desequilibrado. Había semanas que estaba muy arriba, me comía el mundo y otras que no quería ni salir de la cama, tenía que salir para trabajar, pero me costaba…

¿Crees que desde que contrataste los servicios hasta que recibiste la sentencia transcurrió un tiempo razonable? Pasó mucho, se alargó mucho. Voy a cobrar atrasos desde el 2016, casi dos años se retrasó.

¿Qué beneficios obtuviste con nuestra intervención profesional? Un beneficio económico, me concedieron la incapacidad absoluta.

¿Cómo te notificaron la sentencia? Manuel por teléfono, luego estuve en el despacho explicándomela

¿Cuál fue tu reacción al conocer la sentencia? Estaba durmiendo la siesta, me quedé alucinado, no me lo creía. [/spb_text_block]

 

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