La Base Reguladora en caso de ERTE: qué es y cómo se calcula

Un ERTE como consecuencia de la crisis sanitaria por coronavirus supone una suspensión del contrato de trabajo, en la que el trabajador continúa vinculado a la empresa pero sin derecho a percibir su sueldo, ni tampoco el resto de complementos como pagas extra o vacaciones.

La base reguladora es la base para el cálculo de las prestaciones que reciben los trabajadores por parte de la Seguridad Social. Esta base depende de la cotización del beneficiario durante un tiempo determinado previo al hecho causante de la prestación, por tanto no todos los trabajadores recibirán la misma compensación.

La cuantía de la pensión a recibir es un porcentaje de esta base reguladora.  Cuanto más elevada haya sido la base de cotización, mayor será la base reguladora y, por tanto, la cantidad a percibir en forma de prestación.

Cómo se calcula la base reguladora en caso de ERTE

En primer lugar debes saber que la mensualidad que te corresponde varía en función del tiempo que se alargue esta situación:

  • 70% de la base reguladora durante los seis primeros meses (del día 1 al 180)
  • 50% de la base a partir del séptimo mes (del día 181 al final de la prestación)

Para saber la prestación que se recibirá habrá que calcular el promedio de las bases reguladoras de los 180 últimos días cotizados. En este caso, se trata de sumar las bases de los seis meses anteriores al ERTE y dividirlo entre seis para calcular la base reguladora mensual. En el RDL 8/2020, de 18 de marzo, refuerza la cobertura a los trabajadores afectados por un ERTE, posibilitándoles que tengan acceso a la prestación aunque carezcan del periodo de cotización.

Un ejemplo práctico: si una persona cobra un salario bruto de 1200 euros al mes, durante los primeros seis meses cobrará 840 euros de paro y a partir del séptimo y, hasta un máximo de dos años, 600 euros.

Todos los ERTEs que sean ocasionados a causa del coronavirus no consumirán paro, según confirmo el Gobierno. El Ejecutivo aseguró que, una vez pasado el ERTE, el trabajador no habrá consumido prestación por desempleo. 

 

 

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