El INSS revocó en 2023 la situación de IPT declarada en 2017 a una monitora deportiva tras comenzar a trabajar en 2021 como auxiliar administrativa. Se formuló demanda frente a la revocación, acreditando en el acto del juicio la inexistencia de mejora sustancial alguna, sin tratamiento sanador, por lo que debe mantenerse alejada de cualquier esfuerzo físico, pudiendo desempeñar tareas más livianas (como la de administrativo). Destaca como repercusión la trombosis venosa profunda vena subclavia y axilar izquierda, portadora de heterogocito factor II, discopatía desde C2-C3 a C5-C6.
La trombosis venosa profunda (TVP) es una afección que ocurre cuando se forma un coágulo de sangre en una vena profunda.
La discopatía es una patología de la columna vertebral que puede llegar a ocasionar un dolor tan intenso que nos incapacite para realizar actividades cotidianas, trabajar o disfrutar de una buena calidad de vida
Nuestra cliente trabajaba como Monitora deportiva, pero las dolencias que sufría, entre las que destaca trombosis venosa profunda vena subclavia y axilar izquierdas resuelta, portadora de heterogocito factor II 20210, discopatía desde C2-C3 a C5-C6., y las repercusiones de las mismas, le impedían realizar de forma correcta las labores inherentes a su profesión, por lo que fue declarada en situación de IPT tras sentencia del Juzgado de Ponferrada (en 17 de Octubre de 2017).
Accedió al cabo de unos años a un nuevo puesto de trabajo como auxiliar administrativo, por lo que a continuación el INSS inició un procedimiento de revisión de incapacidad permanente, que concluyó con la revocación por una “mejoría de sus dolencias”. Acudió a nuestras oficinas en Julio de 2023 y tras la orientación del caso, se formularon acciones frente al INSS, que confirmó la revocación. Manteniendo nuestro criterio de protegerla frente a cualquier exposición a elevados requerimientos físicos (y las pretensiones), se acudió a la vía judicial y en sentencia de 22 de abril de 2024 dictada por el Juzgado número 1 de lo Social de Ponferrada, nuestra cliente fue repuesta en situación de incapacidad permanente en el grado de total para su profesión habitual, con derecho a percibir el 55% de su base reguladora, desde la fecha de la revocación, con estimación de todos nuestros argumentos.