Procedimiento Legal para solicitar una Incapacidad Permanente

El procedimiento para solicitar la incapacidad permanente de dos partes: el procedimiento administrativo y el procedimiento judicial. Contar con el asesoramiento de abogados especialistas en incapacidad permanente es recomendable siempre antes de presentar la solicitud de incapacidad.

El PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

El procedimiento administrativo se inicia mediante su solicitud ante el INSS. Esta solicitud puede ser a instancia del trabajador, de la mutua que controle la baja, o del INSS. La solicitud se presentará ante el INSS que tras recabar todos los datos citará al trabajador para reconocimiento por los médicos del Equipo de Valoración de Incapacidades, y con una resolución inicial por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social. ¿Y si ésta fuese denegada? La resolución puede ser admitida o denegada por el INSS. Si la solicitud fuera denegada y no estamos conformes con la resolución, podemos interponer reclamación ante el INSS (u organismo autónomo competente en función del tipo de prestación que se solicite). Si el INSS resuelve de nuevo denegándotela, se formulará una reclamación previa y si nuevamente se deniega, se acudirá al Juzgado y posteriormente reclamar ante los tribunales de lo social. Para presentar la demanda sí que es necesario la intervención de un experto en la materia, sin embargo, como hemos advertido con anterioridad es recomendable que el abogado intervenga en el asunto desde el inicio para tener una mayor probabilidad de éxito.

EL PROCEDIMIENTO JUDICIAL

Ante el juez de lo Social se presentarán y se valorarán todas las pruebas (tanto médicas como de otros tipos), para conseguir una resolución favorable. Si el juez desestima tu caso o lo estima parcialmente acudiremos al Tribunal Superior de Justicia competente para tratar de conseguir tu pensión por incapacidad.

 

 

NUESTRA METODOLOGÍA

Cuando en Velazquez&Villa Abogados se nos presenta un caso para solicitar pensión por incapacidad permanente, analizamos las posibilidades de éxito del mismo. El proceso que seguimos en Velazquez&Villa para solicitar una pensión por incapacidad permanente consta de tres fases:

  1. PRIMERA CITA: Uno de nuestros letrados te orientará sobre tu caso e informará sobre posibilidades reales de éxito. Hablaremos en detalle sobre acciones a seguir, los diferentes beneficios de conseguir una pensión por incapacidad y nuestros honorarios. Ten en cuenta que si vemos que no tienes posibilidades de éxito, te lo vamos a decir, como ocurre con el 25% de los casos que recibimos. Esto va ayudar a situarte en la realidad de tu situación.
  2. SEGUNDA CITA: Dejaremos un tiempo prudencial para que pose toda la información recibida en cita anterior.  Si decides seguir. la firma del acuerdo de trabajo nos hará arrancar como un auténtico equipo. ¡Vamos a por todas! Empezamos con los pasos habituales del procedimiento pero con una estrategia única para tu caso. Un proceso que puede durar entre 3 meses y 2 años en los que trabajaremos en equipo contigo, con dos letrados especialistas.

Es cierto que se puede valorar el mismo caso en diferentes momentos del tiempo debido a la evolución y limitaciones que puede sufrir la persona debido a su enfermedad o lesión. Una valoración de nuestro equipo de expertos en derecho laboral puede ser con carácter negativo inicialmente por considerar que se deben agotar todas las posibilidades médicas a nuestro alcance, por ejemplo, practicar una intervención quirúrgica o aplicar tratamiento farmacológico. Si tras agotar todas las vías médicas, las limitaciones se cronifican o se evoluciona negativamente, se podrá valorar de nuevo tu caso para solicitar una pensión por incapacidad.

 

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