Reconocimiento de Incapacidad Permanente Absoluta a patrón de barco

Caso de éxito Incapacidad Laboral VELAZQUEZ&VILLA. El Juzgado de lo Social nº 6 de Oviedo reconoce Incapacidad Permanente Absoluta derivada de enfermedad común, con derecho a percibir pensión vitalicia en cuantía equivalente al cien por cien (100%) de su base reguladora.

El problema

Este caso de éxito es diferente a la mayoría. La discrepancia con el INSS no se reduce al grado de incapacidad sino a que nuestra cliente se la consideraba de baja en el sistema, lo que conlleva no reunir las cotizaciones suficientes para ser acreedora del grado de invalidez que le fue reconocido.

Nuestra clienta solicitó nuestros servicios ante la imposibilidad de seguir trabajando y sin posibilidad de que le reconocieran una pensión por no reunir los periodos de cotización exigidos para ser acreedora de una incapacidad permanente. Según el INSS, pese a tener unas dolencias muy graves, no se le podía reconocer la pensión puesto que era baja en el sistema tras haber cesado en el trabajo y no mantenerse, con continuidad, en situación de demandante de empleo (con lagunas de hasta tres años), todo ello requisitos exigidos por el INSS para que te reconozcan una incapacidad desde situación de alta o asimilada al alta.

Hemos conseguido acreditar que, pese a dichos lapsus en cuanto a fichar en la oficina del INEM lo cierto es que nuestra clienta siempre ha tenido intención de mantenerse en el mercado laboral y por ello que se le reconozca afectada de una INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA para toda profesión u oficio, derivada de enfermedad común.

Nuestro cliente tiene, ahora, una pensión vitalicia del 100% de su base reguladora.

Sentencia favorable del Juzgado de lo social

El Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social nº6 de Oviedo declara a la parte demandante en situación de INVALIDEZ PERMANENTE ABSOLUTA para toda profesión u oficio, derivada de la contingencia de enfermedad común con derecho a percibir una renta vitalicia del 100% de su base reguladora.

Esta es la sentencia de este caso:
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