Reconocimiento de Incapacidad Permanente Total por lumbalgia

Con la orientación y preparación de nuestros servicios jurídicos, resultaron acreditadas las secuelas y las repercusiones sobre las tareas de un trabajo habitual y, aunque el INNS denegó su solicitud, el Juzgado de lo Social nº 1 de Oviedo reconoció su situación de Incapacidad Permanente Total.

El mecánico inició situación de incapacidad temporal, derivada de enfermedad común, el día 17 de septiembre de 2.019, cuando prestaba servicios reparando vehículos, tractores y camiones. En noviembre de 2020 solicitó incapacidad permanente, que se resolvió por el INSS denegándole la prestación de incapacidad permanente.

Acudió a nosotros ante la negativa evolución, y por las inciertas valoraciones y consecuencias físicas tras una operación quirúrgica, ya que caben limitaciones funcionales derivadas aún tras operarse.

El cliente presenta: Lumbalgia secundaria a espondilolistesis grado I. En resonancia magnética realizada en enero de 2.020 se aprecia moderada degeneración discal L5- S1 con pequeña protusión con retrolistesis. Episodio depresivo moderado.

Con la orientación y preparación de nuestros servicios jurídicos, resultaron acreditadas las secuelas y las repercusiones sobre las tareas de un trabajo habitual que implica altos requerimientos biomecánicos, puesto que resulta imposible que pueda ejecutar esos requerimientos de mecánico, ni en el momento actual ni una vez realizada la intervención quirúrgica, pues la artrodesis sólo se realiza para eliminar o mitigar el dolor pero no para recuperar la capacidad funcional, por lo que se le reconoció la pensión por incapacidad permanente en su grado de total con carácter vitalicio por enfermedad común en vía judicial, ante el Juzgado  de lo Social.

En la actualidad nuestro cliente es beneficiario de la Incapacidad Permanente Total, recibe una pensión de carácter vitalicio, y su entorno familiar tiene una tranquilidad económica.

 

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