Reconocimiento de Incapacidad Permanente Total por arterioesclerosis

El Juzgado de los Social nº 6 de Oviedo, reconoció una Incapacidad Permanente Total, a nuestro cliente por arterioesclerosis de extremidades inferiores.

Nuestro cliente, ganadero de profesión, fue propuesto para incapacidad por el mismo INSS, y tras la revisión en el EVI le denegó la incapacidad permanente, ya que el equipo de valoración de incapacidades consideró que podía permanecer constantemente en bipedestación y deambulación prolongada y con carga y porte de pesos sobrecargando las extremidades inferiores, y seguir desempeñando su profesión habitual de ganadero, a pesar de múltiples períodos de IT. Al mes del alta de IT padeció una ulcera vascular arterial.

Las dolencias que realmente padece son:
…una obstrucción ileo-femoral bilateral estadio IIB de Child, con claudicación a la marcha a los 100 metros según hace constar el Médico Evaluador; cuando el actor fue Alta del proceso de IT en el mes de octubre, se consideró, tanto por la Mutua como por el SPS, que el cuadro estaba estabilizado sin indicación quirúrgica; sin embargo una vez reincorporado al trabajo, un mes después de la resolución desestimatoria fue nuevamente atendido por una úlcera vascular arterial, siendo finalmente intervenido quirúrgicamente el 16-01-20 mediante Bypass aorto-bifemoral por obstrucción ilio-femoral bilateral grado IV (el más grave posible), estando actualmente a revisiones periódicas; en consecuencia, la aterosclerosis de EEII que presenta el demandante (informe de la Mutua) que está en el origen de tal patología, condiciona de manera sustancial el desempeño de la actividad profesional de Ganadero que por definición está sujeto a las condiciones referidas anteriormente, ya que si bien los tratamientos pueden revertir la clínica y estabilizar su situación, el retorno a su actividad profesional conllevará nuevamente la aparición de nuevos episodios con las consecuencias ya referidas anteriormente ”.

Con la orientación y justificación de las repercusiones, aún tras las intervenciones quirúrgicas, hemos conseguido justificar que las repercusiones y limitaciones que padece le limitan para las tareas fundamentales de su profesión de ganadero autónomo, pues éstas suponen bipedestación, deambulación prolongada, sobrecarga de columna lumbar, pesos, etc.

Nuestro cliente contempló el fin de su calvario, puede vender la ganadería, despreocuparse del ganado, y tiene reconocido su derecho a una pensión vitalicia del 75% (55% incrementado en un 20%), y está centrado en mantener su salud.

 

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