Reconocimiento de Incapacidad Permanente Total por Cardiopatía

El SCASEST es el término referido a “síndrome coronario agudo sin elevación de ST”, que abarca una variedad de síntomas clínicos que resultan de una isquemia miocárdica aguda como el infarto sin onda Q y la angina inestable (ausencia de elevación enzimática).

Nuestro cliente presenta el siguiente cuadro clínico: “SCASEST en febrero de 2021. Enfermedad de tres vasos con revascularización quirúrgica. FEVI conservada. Hipertensión arterial mal controlada. Severa coxartrosis de cadera derecha. Cambios degenerativos intervertebrales severos L4-L5”. Estas patologías le impedían seguir con su trabajo.

Nuestro cliente trabajaba como instalador eléctrico en una empresa relacionada con las telecomunicaciones, hasta que sus dolencias cardiacas comenzaron a agravarse y fue diagnosticado de enfermedad de tres vasos que precisó una revascularización quirúrgica. Además de SCASEST, que es un síndrome coronario agudo, todas ellas dolencias que le impedían seguir con la que era su profesión habitual, ya que debía evitar realizar cualquier tipo de esfuerzo físico además de trabajo en las alturas. Además, comenzó con patologías relacionadas con la columna vertebral, sobre todo en la zona lumbar, y con la cadera, siendo diagnosticado de severa coxartrosis de cadera derecha y cambios degenerativos intervertebrales L4-L5.

Estas repercusiones le impedían seguir con la que era su profesión habitual y sustento de vida, motivo por el que acudió a nuestro despacho, buscando una solución a sus problemas. Tras la preparación jurídica acorde a sus necesidades, el 14 de diciembre de 2021 se presentó la solicitud de incapacidad permanente, siendo reconocido por el Equipo Valorador de Incapacidades (EVI o tribunal médico) el 27 de diciembre., el cual reconoció sus limitaciones y propuso al director provincial del INSS que fuese declarado en situación de incapacidad permanente.

Aunque no es lo más habitual, el INSS declaró a nuestro cliente afectado de incapacidad permanente total para su profesión habitual a través de resolución de fecha 18 de febrero de 2022, siendo por tanto beneficiario de una pensión vitalicia.

 

 

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