La epilepsia es un trastorno cerebral en el cual una persona tiene convulsiones repetidas durante un tiempo. Las convulsiones son episodios de actividad descontrolada y anormal de las neuronas que puede causar cambios en la atención o el comportamiento como movimientos corporales.
Todas las crisis epilépticas son causadas por alteraciones eléctricas anormales en el cerebro. Las crisis epilépticas focales ocurren cuando esta actividad eléctrica está en una zona limitada del cerebro. A veces, las convulsiones permanecen solo en una parte del cerebro, mientras que, en otras ocasiones, las convulsiones pueden convertirse en convulsiones tónico-clónicas bilaterales, que afectan a todo el cerebro.
La neuralgia del trigémino es una afección que provoca sensaciones dolorosas similares a una descarga eléctrica en un lado de la cara. Esta afección de dolor crónico afecta el nervio trigémino, que trasmite las sensaciones de la cara al cerebro
La distimia es un trastorno depresivo que se caracteriza por largos períodos de gran tristeza y provoca que la persona se encuentre en un pozo oscuro y sin fondo.
Nuestra cliente comenzó a trabajar como taxista, pero a los pocos años las dolencias que le fueron apareciendo (y los sucesivos períodos de IT), entre las que destaca epilepsia con crisis focales, cefalea trigeminal derecha y trastorno distímico, y las repercusiones de las mismas, le fueron impidiendo realizar las labores inherentes a su profesión: conducción de vehículo, transporte de pasajeros a su destino, dificultad para afrontar actividades rutinarias del trabajo (como es el hecho de atender las llamadas de la emisora, atender los avisos de la PDA, cobrar…), pero lo que le resulta realmente imposible es la actividad principal que es conducir diariamente el taxi. En su día a día le resulta imposible manejar aparatos electrónicos, realizar las tareas contables y guiarse. Su trabajo requiere de mucha concentración y atención para evitar accidentes, riesgos para sí y para terceros, respetar la señalización de tráfico, utilizando todos sus sentidos, bien sea visuales o auditivos.
Acudió a nuestras oficinas, y tras la valoración se iniciaron los trámites administrativos frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, que rechazó todas las pretensiones, al considerar que la epilepsia había sido diagnosticada seis años antes de comenzar a trabajar como taxista (y denegar la incapacidad por tratarse de dolencias preexistentes), negando también que las dolencias fueran susceptibles de una incapacidad permanente. Por lo tanto, se acudió a la vía judicial y tras sentencia de 2 de febrero de 2024 dictada por el Juzgado número 1 de lo Social de Oviedo, se acreditó la agravación de las repercusiones desde el inicial diagnóstico, con la imposibilidad de desempeño de las tareas, por lo que nuestra cliente fue declarada en situación de incapacidad permanente, en grado de total para su profesión habitual, y derivada de enfermedad común, con derecho a percibir pensión vitalicia en cuantía equivalente al cincuenta y cinco por ciento (55%) de una base reguladora.