Reconocimiento de Incapacidad Permanente Total por Ictus

El ictus, infarto cerebral o embolia, es una enfermedad cerebrovascular que requiere asistencia neurológica con carácter urgente que si no se trata de forma adecuada puede provocar secuelas de por vida.
Se produce por la obstrucción de un vaso sanguíneo y la consecuente reducción del flujo de sangre que llega al cerebro, de manera que las células no reciben oxígeno y mueren.
El ictus isquémico o infarto cerebral es la falta de oxígeno se produce por la obstrucción de la arteria.

Nuestro cliente trabajaba como jede fe equipo en una empresa, pero las dolencias que sufría, entre las que destaca el ictus isquémico y síndrome coronario agudo, y las repercusiones de las mismas, le impedían realizar de forma correcta las labores inherentes a su profesión.

Acudió a nuestras oficinas el 19 de marzo de 2021, para obtener una situación acorde a la que merecía. Tras una larga preparación, se iniciaron los trámites administrativos frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, siendo desestimadas todas las pretensiones, al entender éste que las dolencias que padecía no son susceptibles de una incapacidad permanente.

Por lo tanto, se acudió a la vía judicial y en la celebración del juicio del día 19 de enero de 2023, tras habernos ayudado de la prueba documental, al no ser necesaria la intervención de perito, nuestro cliente fue declarado en situación de Incapacidad Permanente en el grado de Total para su profesión habitual, con derecho a percibir el 75% de su base regulado.

 

Si tus dolencias no te permiten trabajar, contacta con nosotros
Somos especialistas en Incapacidades Laborales Permanentes.
Teléfono: 985 220 905

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