¿Sabes lo que pagas en la factura de la luz?

Entender la factura de la luz a veces no es tan sencillo como puede parecer a primera vista.  Según la  Organización de Consumidores y Usuarios (OCU),  sólo 11  personas de cada 100 lo tienen claro. Vamos a dar un poco de luz para poder entender nuestra factura de la luz.

Todas las facturas, con independencia de la compañía que tengas contratada incluyen los siguientes conceptos básicos:


1. Datos del titular del contrato de luz

Los primeros datos que aparecen en factura son los datos personales del titular del contrato de electricidad. Suelen ser en su  mayoría los datos del dueño del bien inmueble o de la persona que nos alquile vivienda o local.

Si tienes una factura ahora mismo en tu mano, no olvides comprobar que la dirección y número de cuenta son correctos.

Seguidamente y dependiendo de la empresa con quien tengamos contrata la luz podemos encontrar datos sobre el suministro: número de contrato, cpus…

2. Importe total a pagar en la factura de la luz

En este apartado comienzan a aparecer términos como potencia, consumo, impuesto de electricidad , servicios de mantenimiento a mayores que pueda tener contratado… y seguramente en negrita el importe que debes pagar.

Al importe del consumo de la luz, se debe añadir el Impuesto sobre la electricidad que se corresponde con un 5,11% y y un 21% correpondiente al IVA.

3. Información de consumo eléctrico

Un gráfico de barras nos reflejará el consumo en función de las horas y meses, generalmente del último año. Puedes echarle un vistazo, la tarifa de la luz se puede adaptar al consumo y puede ser la forma de pagar lo menos posible.

4. Consumos en la factura de la luz

Se detalla la división entre el término de potencia y el término de consumo, junto con los kWh que hemos consumido y su precio.

5. Detalles de la factura de luz

Desglose del coste por kW de potencia, o kw por hora y alquiler de los contadores. Si tenemos contratado algún servicio adicional,se reflejará en este apartado.

6. Total de la factura de la luz

En este apartado aparece importe a pagar con todos los costes incluidos. Gastos adicionales, impuestos y descuentos que aplica la empresa comercializadora a la tarifa de electricidad contratada.

Si quiero pagar menos, ¿puedo solicitar el Bono social eléctrico?

El bono social no es más que un descuento que se aplica en en la factura de la luz.  Para beneficiarte de él, debes ser de una tarifa eléctrica y tener contratada una potencia igual o inferior a 10 kW en la vivienda habitual.
Podrás beneficiarte de diferentes tipos de descuento según tipo de usuario si cumples los siguientes requisitos:

Bono social eléctrico descuento del 25% –  Usuario vulnerable

  • Para personas solas o sin menores a su cargo con nivel de renta inferior a 11.279 €/año.
  • Si hay un menor en la unidad familiar, el límite deberá ser igual o inferior a 15.039 €/año.
  • Si hay  dos menores en la unidad familiar, el nivel de renta anual deberá ser inferior o igual 18.798 €/año.
  • Además, todas las familias numerosas sin excepción tendrán derecho al bono social.
  • En el caso de los pensionistas, el requisito es que el solicitante o todos los miembros de la familia perciban la pensión mínima (por jubilación o invalidez permanente). Todos estos umbrales se incrementarán en 0,5 veces el IPREM en los casos en que algún miembro de la familia tenga discapacidad mayor o igual al 33%, sea víctima de violencia de género o sea víctima de terrorismo.

 

Bono social eléctrico descuento del 40% –  Usuario vulnerable severo

Los requisitos serán quienes cumplan los requisitos de nivel de renta iguales a los de los clientes vulnerables y además tengan niveles de renta inferiores al 50% de los límites válidos para clientes vulnerables.

  • Las familias numerosas podrán pedirlas cuando la renta inferior anual sea inferior a 15.039 €/año.
  • Los pensionistas podrán solicitarla cuando todos los miembros de la unidad familiar sean pensionistas de la Seguridad Social, perciban la pensión mínima (por jubilación o invalidez permanente) y tengan una renta anual inferior o igual a 7.519,59 €/año.

 

Bono social eléctrico descuento del 50% –  Usuario vulnerable severo en riesgo de exclusión.

Las  personas que estén siendo atendidas por los servicios sociales de una Administración autonómica o local tendrán derecho al bono social.

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