La última semana de febrero terminó con una noticia que queremos compartir con vosotros. El Tribunal Superior de Justicia Europea falló que en un ERE se podía despedir a mujeres embarazadas. El requisito fue que el empresario debe comunicar a la empleada los motivos. Estos deben ser objetivos, y justificar su despido dentro del proceso colectivo.
Despedir a mujeres embarazadas
La justicia europea ha fallado por primera vez una sentencia de este tipo. Según este fallo, una mujer embarazada fue despedida durante un expediente de regulación de empleo. La demandante es una mujer despedida durante el ajuste de Bankia en 2013. La primera demanda fue desestimada por un juzgado de Mataró. Tras esto, ella recurrió. Finalmente, el caso llegó a la justicia europea, que falló a favor del empresario.
Lo habitual, tal y como afirmaron los jueces, es lo siguiente: «En caso de que la decisión de despido se haya tomado por razones esencialmente relacionadas con el embarazo de la interesada, tal decisión es incompatible con la prohibición de despido”. Sin embargo, en este caso concreto, la decisión de despido se tomó durante el período comprendido entre el comienzo del embarazo y el final del permiso de maternidad, aunque por razones no relacionadas con el embarazo de la trabajadora. El empresario debe comunicar por escrito los motivos justificados de despido. Son las razones que justifican este tipo de despidos, durante los casos excepcionales de un ERE.