La Audiencia Provincial Nº 6 de Oviedo condenó a la empresa Mercantil SCHINDLER al pago de 35.052,29 euros a Doña R.G.M.
Como consecuencia de un mal funcionamiento y falta de revisión del ascensor donde la beneficiaria tiene su vivienda habitual. Este pleito, se inicia como consecuencia de que la susodicha subía, como normalmente hace debido a que padece Parkinson, en el ascensor hacia su casa, saliendo del mismo cuando este se para, produciéndose en ese momento una caída que le produjo diversas lesiones.
¿Cuál fue el motivo de dicha caída? El ascensor se había parado entre dos pisos, situación que en casi todas las comunidades de vecinos ha ocurrido, pero en este caso la puerta del rellano se abrió, cuando lo normal es que no pueda abrirse, ya que, no se encuentra en su sitio para poder activar el mecanismo que permite abandonar el ascensor.
La aseguradora, alega que no es culpa suya al haberse realizado una inspección recientemente donde no se percibió ningún error en su funcionamiento, añadiendo además, que si es algo que ha pasado más veces la propia Comunidad de Vecinos debería de haberlo puesto en conocimiento de la empresa para que pudiese llevar a cabo los arreglos suficientes para su correcto funcionamiento. Con todo lo visto, el Juzgado de Primera Instancia de Oviedo dicta sentencia desestimando las pretensiones de la accidentada, considerando que no hay responsabilidad por parte de la aseguradora, ya que, las revisiones obligatorias y necesarias del ascensor las había realizado en tiempo y forma correctos, sin existir un mal funcionamiento. Una vez más, la Audiencia Provincial discrepó, en apelación, de la línea del órgano en primera instancia, concediendo a Doña R.G.M. la indemnización correspondiente y condenando, únicamente a la empresa mercantil.
En este caso, los motivos fueron muy diferentes, considerando que una empresa encargada del mantenimiento de un ascensor no solo tiene que encargarse del buen funcionamiento, o de realizar las revisiones obligatorias cuando les es obligatorio, sino que, debe de asegurar el buen funcionamiento o minimizar los casos en los que se puedan producir estos hechos. Además, la empresa ya era conocedora que este tipo de ascensores podían tener fallos de estas características, no advirtiendo a la comunidad de propietarios en ningún momento. Este es un ejemplo de lo que en muchas comunidades de vecinos padecen en toda España, que es el mal funcionamiento de sus ascensores; equipamiento comunitario fundamental para personas con dificultades de movilidad, cuando las empresas encargadas de su mantenimiento realizan únicamente sus inspecciones obligatorias, sin preocuparse de si puede llegar a producirse errores o paralizaciones en cualquier momento. Por todo esto, reivindico que se lleve a cabo una presión social y política sobre este tipo de empresas para que lleven a cabo inspecciones más continuas con el único fin de evitar, no solo actos como con el que abríamos el artículo, sino con el fin de salvaguardar nuestra salud y vida.