Incapacidad Permanente por estrés y ansiedad

Nuestro cliente, jefe de obra civil – coordinador, solicitó nuestros servicios para poder cobrar una pensión por dolores musculares, insomnio, sudores nocturnos, trastorno depresivo y de humor crónico.

El cliente padece:

  • Por un lado, dentro del ámbito físico, dolor muscular continuo, duerme mal, sueño no reparador, sudores nocturnos, embotamiento mental, pérdida de memoria, ánimo bajo, apatía, ansiedad. Imposibilidad de conducir vehículos y manejar maquinaria de trabajo (maquinaria peligrosa).
  • Por otro lado, en el aspecto psíquico: Trastorno depresivo mayor recurrente (resistente a los tratamientos farmacológicos). Trastorno del humor crónico, con episodios depresivos repetidos; pensamientos obsesivos y repetitivos de tipo negativo, deseo de muerte ansiedad, apatía, abulia, anhedonia, sentimientos de desesperanza e irritabilidad, dolor crónico.

La preparación y orientación desde nuestros servicios jurídicos permitió el reconocimiento y declaración de la pensión por incapacidad permanente en su grado de absoluta con carácter vitalicio por enfermedad común en la vía judicial, por medio de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias que ratificó lo afirmado por el Juzgado de lo Social Nº 5 de Oviedo.

En la actualidad nuestro cliente es beneficiario de la Incapacidad Permanente Absoluta y recibe una pensión de carácter vitalicio por ello.

Este es el Testimonio de J.I, acompañado de María Teresa (Socia-directora de nuestro despacho)

Ahora puedo adaptar mi vida a cómo me siento yo y no adaptarme yo a una vida normal que, con los problemas que tengo, no puedo afrontar

¿Cómo fue tu caso?

J.I: Al principio era un trabajo más convencional, pero poco a poco fui adquiriendo más y más responsabilidad, y llegó un momento en que estaba permanentemente conectado al teléfono, el correo electrónico, gestionando tareas con clientes y proveedores, con tomas de decisiones muy complejas. El estrés que llegué a manejar era tremendo, con noches sin dormir, levantándome de madrugada para adelantar trabajo. Sobre todo los viajes, cambios de horario… Muy duro.

María Teresa: Durante ese año empezó a padecer síntomas graves de estrés y de ansiedad, con una serie de síntomas que superaban claramente los niveles que una persona normal puede tolerar.

No se trataba de un estrés controlable, sino que desencadenó problemas graves como una apnea de sueño que le impedía dormir, hasta tal punto que impide una vigilia correcta con pérdidas de atención tan serias que no se puede ni conducir un vehículo. 

J.I: Al principio el médico me dio una baja, pero al ver que el problema no se solucionaba acabé perdiendo mi trabajo, y con los problemas que tenía no estaba capacitado para encontrar otro trabajo, era totalmente imposible.

Y en un caso de estas características, María Teresa, ¿qué recomendación le hicisteis a J.I?

MT: Al principio, viendo las graves secuelas psíquicas y los problemas de salud de J.I, lo que hicimos fue solicitar una minusvalía, pero cuando los problemas se agudizaron y en base a los diferentes estudios médicos que se realizaron en aquel momento, decidimos que se trataba de un caso en el que lo correcto era solicitar la pensión por incapacidad. Estaba claro no solo que no podía ejercer su profesión, sino que difícilmente podría ejercer cualquier otra con la sintomatología que presentaba. Hay que tener en cuenta, además, la repercusión que tenía en su vida diaria.

Al final el caso acabó bien, porque en el año 2016 se le concedió la pensión de incapacidad. ¿En qué ha cambiado tu vida gracias a esta pensión?

J.I: He pasado por varias fases. Primero, no llegaba a asimilar que estuviera jubilado, y menos aún a mi edad. No puedo hacer una vida normal debido a mis problemas de salud, pero sí puedo adaptar mi vida a cómo me siento yo y no adaptarme yo a una vida normal que, con los problemas que tengo, no puedo afrontar. A fuerza de intentarlo durante tantos años, lo único que conseguí fue agravar mi situación.

Además no solo pudisteis lograr la pensión por incapacidad, sino que además se logró también la minusvalía, se trata de un caso verdaderamente exitoso, ¿verdad?

J.I: La minusvalía tiene una serie de ventajas económicas, exenciones… Por ejemplo, relacionadas con impuesto de sucesiones o impuestos sobre vehículos de tracción mecánica, y es algo que se añade a la propia incapacidad.

¿Qué le recomendarías a las personas que están en una situación como la tuya?

J.I: Que se apoyen en grandes profesionales. Que arriesguen y que lo intenten, pero que lo hagan con garantías, con profesionales como Maria Teresa, Don Manuel y el equipo de Velázquez y Villa.

María Teresa, ¿tenéis muchos casos de éxito?

MT: ¡por supuesto! En nuestra web se puede consultar una buena muestra de ello, y siempre es un placer contarlos, sobre todo porque hay muchas personas con problemas igual de graves que el de J.I que no saben que tienen derecho a una pensión por incapacidad, o que pagan muchos más impuestos de los que deberían por no haber recibido el asesoramiento y el seguimiento profesional adecuado.

 

Si tus dolencias no te permiten trabajar, contacta con nosotros
Somos especialistas en Incapacidades Laborales Permanentes.
Teléfono: 985 220 905

6 comentarios en “Incapacidad Permanente por estrés y ansiedad”

  1. Hola padezco los mismo problemas hace 5 años. Tengo 29 años y tengo ansiedad, ataques de pánico, insomnio, taquicardias… Entre otros síntomas.

  2. Hola: Mi pareja, 58 años de edad, en situación de «no alta en la Seguridad Social», desde junio 2014, cuando dejó de sellar la tarjeta del paro, trabajó a lo largo de toda su vida laboral, durante este tiempo:
    – Régimen Especial Agrario como titular de su explotación ganadera propia, de la que se encargaba él personalmente, sin tener a su cargo ningún empleado del 2-01-1983 al 31-01-98, fecha de cese por cierre de explotación ganadera.
    – Régimen General de la Seguridad Social:
    *8-02-1998 al 26-02-1999 peón albañil
    *1-03-1999 al 30-06-2006 peón maderero aserradero.
    *4-07-2006 al 11-10-2007 soldador carpintería de aluminio.
    *30-10-2007 al 30-10-2009 perceptor de la prestación contributiva por desempleo.
    Acredita tener cotizados 7267 días, 19 años, 10 meses y 24 días.
    Según informes médicos refiere:
    – Espondilodiscoartrosis degenerativa L5-S1.
    – Espondilitis anquilosante.
    – Espondilosis.
    – Lumbalgia crónica con dolores fuertes agudos e intensos que no ceden con rehabilitación ni tratamiento médico de Ibuprofeno, Paracetamol, Nolotil, Sicil.
    – Artrodesis brazo codo y muñeca derechas a consecuencia de un accidente de trabajo que tuvo el 4-06-2005 en el aserradero de 45° flexión, 30° rotación, y 50° extensión, por el que estuvo en situación de Incapacidad Permanente, cobrando una indemnización a tanto alzado en concepto de lesiones permanentes no invalidantes, volviendo a reincorporarse de nuevo a su trabajo, 3 meses después, que le impiden levantar brazo y mano y codo derechos con normalidad.
    – Bipedestación dolor al caminar, pie derecho y talón.
    – Episodios de ansiedad y depresión, cuando no le salen bien las cosas o la vida le golpea, crónicos.
    ¿Tiene derecho a la Incapacidad Permanente Absoluta?
    El día 21-06-2019 su asesora presenta junto con los informes médicos aportados solicitud de Incapacidad Permanente Absoluta en situación de no alta, la cual se admite a trámite el día 24-06-2019, siendo para el EVI el día 26-07-2019.
    Antes recibió SMS a su móvil informándole de la cita del EVI para el 26-07-2019 y que posteriormente recibiría carta certificada del INSS.
    El día 10-07-2019, recibe carta certificada del INSS en la que le comunica que no consta en situación de alta ni asimilada al alta.
    Teniendo en cuenta que la fecha del hecho causante es el 24-06-2019, el día en que el INSS admitió a trámite la solicitud.
    ¿Cumple con el período mínimo genérico de cotización de 15 años y con el período específico de 3 años cotizados dentro de los 10 anteriores al hecho causante, teniendo en cuenta que 10 años antes el 24-06-2009 ya no trabajaba y que esos 3 años, anteriores cotizó porque el 24-06-2006 estaba trabajando en el aserradero, el día 24-06-2007 estaba trabajando de soldador y el día 24-06-2008, estaba cobrando la prestación contributiva por desempleo de 2 años, al tener cotizados más de 3600 días, tiene 7267 días?
    Espero respuesta.
    Muchas gracias.

  3. Se puede conseguir una nueva incapacidad por ansiedad y depresión siendo mecanico de autobúses? Según la ultima revisión por recaída del inss, me dijo que no. Que me cambien de puesto de trabajo y yo twngo un agobio que me derrota a las dos semanas de estar trabajando.
    He pensado en pedir el despido, pero no se que hacer.

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