El Juzgado de lo Social nº 6 de Oviedo reconoce Incapacidad Permanente Total para su profesión habitual derivada de enfermedad común, con derecho a percibir una pensión vitalicia.
Nuestro cliente, Oficial de Mantenimiento de edificios, con 52 años, fue operado de una hernia L5-S1, se le practicó una Artrodesis, solicitó la incapacidad y se la denegaron, acudiendo a nosotros porque veía que no podría seguir trabajando con las exigencias físicas de su puesto. El INSS pretendía que volviera a trabajar, por lo que se reclamó ante el juzgado de lo social, que ha declarado la incapacidad permanente como Oficial de mantenimiento de edificios (instalaciones), como consecuencia de las limitaciones derivadas de la Artrodesis y la fibrosis Peridural residual.
El demandante, no puede realizar actividades de carga, esfuerzo o sobrecarga de la columna lumbar, por lo que está incapacitado para cumplir las exigencias de un oficial de mantenimiento, como la bipedestación permanente y actividades manuales de mantenimiento, conservación y reparación de instalaciones, jardines y anexos.
El Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social nº6 de Oviedo declara a la parte demandante en situación de INVALIDEZ PERMANENTE TOTAL para su profesión habitual derivada de ENFERMEDAD COMÚN, con derecho a percibir una pensión vitalicia. Ahora nuestro cliente percibe 14 pagas anuales de su pensión de incapacidad permanente total, con sus limitaciones físicas, y sin preocupaciones económicas.
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