El Juzgado de lo Social Nº 5 de Santander reconoce Incapacidad permanente en grado de total para su profesión habitual de mecánico, derivada de enfermedad común.
Nuestro cliente, mecánico de 53 años, sufrió un ictus, agotó la duración máxima de la incapacidad temporal, fue despedido por la empresa y estaba agotando el desempleo. Su esposa veía y vivía las secuelas del ictus, y le parecía imposible que pudiera volver a trabajar como mecánico. El desempleo se agotaba, y acudieron para la valoración de su caso.
El INSS mantuvo que podía seguir trabajando como mecánico, por lo que se tuvo que demostrar judicialmente que las paresias/hipoestesias que padece en el brazo izquierdo, junto con el enlentecimiento mental o de comprensión impiden el desempeño como mecánico, al estar limitado para la búsqueda mental de soluciones a los problemas mecánicos y la ejecución de las tareas.
El cliente, está incapacitado para cumplir las exigencias como mecánico, pero puede realizar otras actividades sin tales exigencias.
El Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social nº5 de Santander declara a la parte demandante en situación de INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL para su profesión habitual de Mecánico, derivada de ENFERMEDAD COMÚN y condena a las demandadas a abonarle las cantidades estipuladas legal y reglamentariamente, teniendo en cuenta la base reguladora mensual, más las mejoras y revalorizaciones que correspondan.
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