Incapacidad Permanente por lumbalgia y artrosis

incapacidad permanente total por artrosis

Caso de éxito Incapacidad Laboral VELAZQUEZ&VILLA. El Juzgado de lo Social nº 6 de Oviedo estimó nuestra demanda de incapacidad permanente por lumbalgia y artrosis.

El problema

Nuestra cliente, auxiliar de clínica, solicitó nuestros servicios para solicitar una pensión por incapacidad laboral derivada de lumbalgia y artrosis. La cliente necesitó de nuestros servicios por la constante negativa del INSS a sus peticiones de declaración de incapacidad.

Con la adecuada orientación para reclamar la incapacidad permanente derivada de enfermedad común, se dictó sentencia estimatoria ante el Juzgado de lo Social. Esta sentencia ha sido confirmada por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias.

La cliente padece:

 Cervicobraquialgia bilateral  por cervicoartrosis 
Lumboartrosis con discopatía lumbar  L4-L5 y L5-S1

Nuestro cliente desempeña  labores de auxiliar de Clínica en un centro geriátrico.  Por tanto, es la persona encargada  de atender, auxiliar, y suplir las deficiencias de movilidad de los residentes en el Centro. Para desarrollar tareas propias del puesto se necesita emplear una elevada dosis de fuerza y movilidad con las extremidades superiores. Como se pueden imaginar,  dado  su cuadro clínico son incompatibles.

Sentencia favorable del Juzgado de lo Social por lumbalgia y artrosis

La preparación y orientación desde nuestros servicios jurídicos permitieron acreditar las limitaciones para sus actividades. En base a  los informes de los servicios médicos del SESPA y del informe del EVI se acredita  la necesidad de evitar esfuerzos, sobrecargas y porte de pesos con extremidades superiores, especialmente por encima del nivel de los hombros.  El motivo no es otro que evitar que se sobrecargue mecánicamente el raquis cervical y lumbo-sacro.

En la actualidad, nuestra cliente percibe anualmente catorce pagas de su pensión y mantiene una vida personal y familiar saludable, evitando las exigencias que tenía en su trabajo, con plena adaptación a su actual situación.

Aquí puedes ver la sentencia:

 

 

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