La semana pasada leímos una noticia preocupante. El 56% de las solicitudes de paro de los autónomos son rechazadas. A lo largo del año pasado la Seguridad Social recibió 134 millones de euros de autónomos que abonaron los autónomos para cotizar por cese de actividad. Esta cotización va aparte de la cuota de autónomos. De esta cantidad, sólo se devolvieron 16 millones. Esto quiere decir que el 56,52% de las peticiones de paro realizadas por autónomos durante 2016 se rechazaron.
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El acceso al paro de los autónomos: Requisitos
Los requisitos para que un autónomo pueda cotizar el paro son los siguientes:
- Debes (evidentemente) estar dado de alta como autónomo y afiliado al RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos).
- Debes tener cubierto el período mínimo de cotización por cese de actividad, efectuado en los 48 meses anteriores y al menos los 12 meses justamente anteriores al cese.
- Encontrarte en situación legal de cese, con disposición activa a encontrar trabajo.
- No puedes tener la edad legal de jubilación.
- Tienes que estar al corriente de pago con la Seguridad Social.
- Si has perdido la licencia a ejercer la actividad por una infracción penal, no tendrás derecho a la prestación.
Y si se cumplen los requisitos, ¿por qué se rechazan las peticiones de paro?
Se debe, principalmente, a la dificultad para demostrar el cese de actividad. Los requisitos que exigen las mutuas son muy rigurosos. El cierre de tu negocio debe estar muy justificado. Además, hay que tener en cuenta que la prestación por paro equivale al 70% de la base reguladora por la que se haya cotizado en el último año. Si cotizas por la base mínima (893,10 euros en 2017) te quedarían 625,17 euros al mes.
Duración de la prestación por desempleo
Compartimos con vosotros una tabla demostrativa, de El economista:
Período de cotización (meses) | Duración de la prestación |
De doce a diecisiete | Dos meses |
De dieciocho a veintitrés | Tres meses |
De veinticuatro a veintinueve | Cuatro meses |
De treinta a treinta y cinco | Cinco meses |
De Treinta y seis a cuarenta y dos | Seis meses |
De Cuarenta y tres a cuarenta y siete | Ocho meses |
De Cuarenta y ocho en adelante | Doce meses |