Hoy queremos volver sobre ello porque nos hemos encontrado con una noticia que nos gustaría comentar. Por primera vez en una sentencia de incapacidad computa el tiempo que un hombre ha cuidado de su esposa enferma. Por ello, os recordamos una en una entrada anterior en la que os contamos cómo optar a una incapacidad:
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Antecedentes de la incapacidad
El afectado era monitor deportivo. Tenía 47 años cuando dejó de trabajar para cuidar de su esposa, enferma de cáncer. Además, había fallecido su padre. Por este período de un año y medio sin trabajar, dejó de estar inscrito en el Servei d’Ocupació de Catalunya. Para culminar la situación, más tarde el INSS rechazó su petición para solicitar una incapacidad. Y eso, pese a que presentaba múltiples lesiones. Padecía, entre otras cosas, pluripatología osteoarticular, que afecta a huesos y articulaciones, y severas limitaciones funcionales por su patología lumbar. Además, sufría fibromialgia y fatiga crónica.
¿Por qué en una sentencia de incapacidad computa el tiempo de cuidado de un familiar?
Tras ser rechazada su petición, el tribunal médico alegó que el monitor deportivo no tuvo la voluntad de apartarse del sistema de la Seguridad Social, si no que se vio obligado por la enfermedad de su esposa y el fallecimiento de su padre. Ambos sucesos provocaron un empeoramiento de su enfermedad. Por lo tanto, el juez estimó que, en función del cuadro patológico, no está actualmente en condiciones de llevar a cabo de forma eficaz y continuada la realización de su actividad laboral como monitor de educación física. Por eso, se le ha concedido la incapacidad permanente total para su profesión y una pensión de 502 euros, con efectos retroactivos desde marzo del 2016.