Reconocimiento de Gran Invalidez por agravamiento

La declaración legal de una incapacidad laboral permite acceder a una pensión con carácter vitalicio, por parte de la Seguridad Social; y siempre es revisable, tanto por agravamiento como por una posible mejoría.

En este caso, debido a un agravamiento, acreditamos ante el juez (Juzgado de la social n. 6 de Oviedo) una limitación para realizar los actos más elementales de la vida cotidiana, lo que da derecho a una Gran Invalidez, con las ventajas que ello supone.

GRAN INVALIDEZ: Es el grado de incapacidad permanente más severo. Se reconoce a aquellas personas que sufren pérdidas anatómicas o funcionales por las que necesita la ayuda de una tercera persona. Por ejemplo, para actividades de su vida diaria como comer, vestirse, asearse, etcétera.

Nuestro cliente tenía reconocida una Incapacidad Permanente en grado de absoluta por “shock séptico secundario a neumococo. Necrosis digital acra en ambas manos y ambos pies. Necrosis antebrazo derecho. Amputación a nivel TMT (medio tarso) de ambos pies. Úlcera tarsal pie derecho, pendiente de ortesis. Amputación 2º dedo F2-F3 mano derecha. Amputación F2-F3 2º, 3º, 4º y 5º dedos mano izquierda. Epitrocleitis crónica de ambos codos secundaria a sobrelicitación mecánica por uso de muletas”.

Si no hubiera sido por nuestra ayuda se hubiera quedado con una pensión muy inferior a la que le correspondería, la gran invalidez, puesto que ha quedado acreditado que, debido a las limitaciones físicas derivadas de las amputaciones sufridas, presenta una limitación para realizar los actos más elementales de la vida cotidiana y para hacer frente a sus necesidades más primarias en unas mínimas y adecuadas condiciones.

 

Si tus dolencias no te permiten trabajar, contacta con nosotros
Somos especialistas en Incapacidades Laborales Permanentes.
Teléfono: 985 220 905

Deja un comentario

Scroll al inicio