Reconocimiento de Incapacidad Permanente Absoluta por Patología Mixta Física y Psíquica

Nuestra clienta se encontraba afectada de unas dolencias psíquicas y físicas que resultan incompatibles con una actividad laboral normalizada. Tiene el siguiente cuadro clínico: Histerectomía por endometriosis secundaria a Tamoxifeno. Trastorno depresivo reactivo. Hipotiroidismo. Lumbociatalgia izquierda. Bultoma mamario en estudio.

El trastorno depresivo mayor es la calificación que recibe el trastorno del estado de ánimo en el que los síntomas de tristeza, rabia e ira interfieren en el normal desarrollo de la vida cotidiana. A esta limitación debe sumársele la producida por las dolencias físicas, sobre todo la lumbociatalgia, que impide a la persona afectada la gran mayoría de movimientos en los que deba emplear la zona lumbar y las extremidades inferiores, y la situación derivada de la intervención de cáncer de mama izquierda.

Nuestra cliente trabajaba como gestor comercial de banca, una profesión con unos requerimientos mentales de sobra conocidos y que en todo caso implica unos niveles de concentración y atención muy elevados. Desde que comenzó el tratamiento pautado en Salud Mental, nuestra clienta tenía serias dificultades para alcanzar estos niveles debido tanto a los efectos secundarios de la medicación como al propio padecimiento. A mayores, las dolencias físicas mermaron aun más su capacidad laboral, con dificultades no solo para aquellas tareas más livianas sino para cualquier tipo de trabajo.

Angustiada por esta situación, y buscando una solución que le permitiese centrarse en lo verdaderamente importante, que era su salud física y mental, acudió a nuestro despacho en octubre de 2020. El INSS consideró que estas patologías no eran de una entidad suficiente como para ser declarada en situación de incapacidad permanente, ni siquiera para su profesión habitual de gestor comercial.

Estando completamente en desacuerdo, acudimos a defender sus derechos a la vía judicial, y tras el acto de la vista, celebrado el 5 de mayo de 2022, en el que probamos con contundente prueba documental las repercusiones funcionales de las dolencias que afectan a nuestra clienta, fue declarada beneficiaria del grado de incapacidad permanente absoluta, con derecho a percibir una pensión vitalicia correspondiente al 100% de su base reguladora.

 

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