La enfermedad de base, una esclerosis múltiple, es una afección del sistema nervioso central que afecta al cerebro, tronco del encéfalo y a la médula espinal. La mielina, la sustancia que recubre las fibras nerviosas, resulta dañada y entonces la habilidad de los nervios para conducir las órdenes del cerebro se ve interrumpida. Se trata de la enfermedad crónica que en sus fases más avanzadas puede incluso resultar acreedora de una gran invalidez. De etiología desconocida, la enfermedad se manifiesta generalmente con una serie de brotes seguidos de una remisión total o parcial, que posteriormente se repiten alternando con periodos de mejoría. Es lo que se conoce como esclerosis múltiple de recaída-remisión, la forma más común de la enfermedad que es la diagnosticada al recurrente. Estamos ante una enfermedad de carácter claramente evolutivo, en el que el modo de reacción ante la adversidad del cuadro que se padece y el temor a la evolución futura resulta de naturaleza extraordinariamente personal.
La situación patológica que sufre nuestro cliente, se concreta en una esclerosis múltiple remitente-recidivante, cuyos primeros síntomas debutaron en el año 2020 (trastorno sensitivo facial izquierdo), acreditándose brotes posteriores en los años 2021, 2022, documentados por RM múltiples lesiones sugestivas de enfermedad desmielinizante infra, supratentoriales y en médula cervicodorsal, en el contexto de una EM con afectación preferentemente medular. En el año 2022 se informa un brote medular con nivel C3 izdo. Presentaba temblor en mano izquierda con limitación para beber o girar la muñeca, persistiendo la clínica sensitiva en hemicuerpo izquierdo facio-braquio-crural.
Nuestro cliente trabajaba como Calderero soldador, realizando trabajos con distintos tipos de materiales, como el acero, aluminio, cobre, …., utilizando procesos de fabricación que incluyen corte, soldadura, plegado, ensamblado y conformado de metales empleando herramientas y maquinarias especializadas para manipular y dar forma los metales tales como equipos de soldadura, cotadoras, curvadoras entre otras, pero las dolencias que sufría y las repercusiones de las mismas, le impedían realizar de forma correcta las labores inherentes a su profesión.
Acudió a nuestras oficinas el 22 de Julio de 2022 y tras la orientación del caso, se iniciaron los trámites administrativos frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, que desestimó todas nuestras pretensiones al entender que nuestro cliente sufría unas dolencias que no eran susceptibles de una incapacidad permanente.
Por lo tanto, se acudió a la vía judicial y en la celebración del juicio del día 16 de febrero de 2023, basándonos en la prueba documental y pericial, y tras interponer recurso de suplicación contra la sentencia del Juzgado de lo Social que de nuevo desestimaba las pretensiones de la parte actora, a nuestro cliente se le ha reconocido en Sentencia del TSJ del Principado de Asturias la incapacidad permanente en el grado de total para su profesión habitual, con derecho a percibir el 55% de su base reguladora.