Existen distintos requisitos para poder solicitar la incapacidad permanente, si bien debe diferenciarse según cuál sea el origen de las limitaciones funcionales que se derivan de las lesiones y/o enfermedades que padece el trabajador solicitante.
En caso de que la incapacidad derive de enfermedad común o accidente no laboral:
- Estar de alta o en situación asimilada al alta.
- Cotización: Si el trabajador es menor de 31 años deberá haber cotizado una tercera parte entre su edad y la edad de 16 años. Por ejemplo: si el trabajador tiene 28 años deberemos restarle 16 (28-16 = 12) y dividirlo por tres (12/3 = 4), por lo que necesitará 4 años cotizados. En caso que el trabajador haya trabajado a tiempo parcial el requisito de cotización se reducirá a proporción por lo que es importante que un abogado especialista en solicitar la incapacidad permanente pueda efectuarle el cálculo. Si el trabajador tiene 31 años o más deberá haber cotizado una cuarta parte del tiempo transcurrido entre su edad y los 20 años. Por ejemplo: si el trabajador tiene 44 años deberemos restarle 20 (44-20 = 24) y dividirlo por 4 (6 años). En todo caso, deberá haber cotizado un mínimo de 5 años. Además se exige el llamado período de carencia específico, es decir, que dentro de los últimos 10 años debe haberse cotizado 2 años. Del mismo modo que en el caso anterior, el trabajador a tiempo parcial podrá ver reducido los requisitos de cotización. También puede solicitarse la incapacidad permanente absoluta o gran invalidez cuando se esté en situación de no alta, pero se requiere haber cotizado un mínimo de 15 años, de los que al menos 3 deben haberse cotizado en los últimos 10 años.