Asturias

Reunión Mesa de Sanitarios

El pasado 18 de octubre celebramos una nueva reunión. Los integrantes de la Mesa de Asuntos Sanitarios, que desde el año pasado se reúnen periódicamente para generar conocimiento en torno a la salud laboral de los asturianos, se dieron cita de nuevo para analizar los avances realizados desde la puesta en marcha del grupo y establecer nuevos pasos en sus hoja de ruta. El grupo está analizando cuál es la realidad de las limitaciones de la salud en el ámbito laboral y el grado de conocimiento que los afectados tienen para mejorar su calidad de vida. Los resultados obtenidos en la investigación permitirán desarrollar herramientas y documentación a disposición de los ciudadanos que requieran ayuda en este ámbito. La Mesa de Asuntos Sanitarios es una iniciativa de Velázquez y Villa y está abierta a la adhesión de nuevos miembros. Está siendo un proyecto del que nos sentimos realmente orgullosos y agradecemos a Coptopa y Aenfipa su colaboración. Empezamos ya a ver resultados muy interesantes y el proyecto crece.

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Incapacidad Laboral y COVID Persistente

Fuimos noticia en La Nueva España. En este caso hablamos del COVID persistente, una casuística que tarde o temprano, esperamos que más pronto que tarde, será causa de declaraciones de Incapacidades Laborales Permanente. La realidad va por delante de la legislación. Así son las cosas y así es lógico que ocurra. Y así nos lo estamos encontrando con una realidad nueva en el ámbito laboral derivada de la pandemia: todos aquellos trabajadores con COVID persistente que se sienten incapaces de continuar con normalidad su trayectoria profesional, a pesar de no contar aún con un reconocimiento oficial al respecto.  Tras más de un duro año de pandemia mundial, hay muchas personas que han sufrido el SARS-CoV-2 y aún tienen síntomas persistentes. Cuando los síntomas perduran más de 12 semanas después de la enfermedad aguda, es lo que se conoce como Síndrome Post Covid, Covid crónico o “Long Covid”, que compromete principalmente al sistema músculo- esquelético, pulmonar, digestivo y neuro- psiquiátrico.  Incapacidad laboral por Covid : síntomas Entre la lista de síntomas destacan la tos, fatiga, dolor de cabeza, pérdida de gusto y olfato, insomnio, mareos, dolor articular, depresión, bajo estado de ánimo, ansiedad, palpitaciones, parestesias, estrés, trastornos de atención, inmunológicos, neurológicos y cardiovasculares, e incluso afectación a la piel, caída del cabello y cambios en la córnea del ojo. Las secuelas pueden ser causadas por respuestas inflamatorias graves, microangiopatía trombótica, tromboembolia venenosa y falta de oxígeno. La duración de los síntomas debe sobrepasar las 12 semanas una vez superada la fase aguda del COVID-19 para que se considere síndrome.  El perfil de la mayoría de personas afectadas por COVID-19 persistente son mujeres de entre 36 y 50 años y estos síntomas afectan a la calidad de vida, salud mental y, como es natural, también al empleo. Es el caso de muchas personas que manifiestan no poder trabajar.  Ante esta situación la Seguridad Social incluyó como incapacidad temporal las situaciones de sospecha por contacto y la cobertura de los trabajadores especialmente sensibles (TES). Durante 2020, la Seguridad Social ha registrado 864.512 bajas por infección y 1.961.299 por aislamiento. A todo ello hay que sumarle las bajas de los TES, de modo que la cifra total de bajas como consecuencia directa e indirecta de COVID-19 ha ascendido a 2.889.377.  Pero son las bajas por infección prolongadas más allá del tiempo esperado para su curación, las que precisan de estudio, análisis y seguimiento para averiguar cuántas lo son por el denominado SPC.  Se trata sin duda de una patología emergente, sobre la cual aún no hay valoración de la posible incapacidad laboral. En toda incapacidad laboral, no se debe confundir la limitación funcional con el carácter impeditivo laboral de la misma, que es lo que condiciona su tramitación.  Aún es pronto para determinar si las secuelas generadas por el COVID pueden dar lugar al reconocimiento de un grado de incapacidad laboral permanente por parte de la Seguridad Social y que un trabajador tenga derecho a cobrar una pensión mensual vitalicia. Habrá que estar a la espera de cómo lo van resolviendo los tribunales. Algunas de las secuelas derivadas del SPC son ya en sí mismas posibles causas de incapacidad temporal a día de hoy, como, por ejemplo, el síndrome de fatiga crónica. El problema es que se trata de enfermedades de difícil diagnóstico y evaluación de las secuelas, que muy raramente son reconocidas por la Administración, debiendo litigar en tribunales por las mismas.  El resumen de la situación actual es, a la espera de jurisprudencia y sentencias al respecto, que sí pueden establecerse paralelismos con las secuelas de otras enfermedades y, en nuestra opinión y en la de muchos profesionales especializados en materias relativas a la Seguridad Social, es muy posible que nuestros tribunales fallen a favor del reconocimiento de un grado de incapacidad permanente para muchos trabajadores. El reconocimiento de la incapacidad laboral por COVID se resiste a llegar, pero llegará.    María Teresa M. Villa Directora General de Velázquez y Villa, despacho especializado en Derecho laboral y de la Seguridad Social  

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Velázquez y Villa protagoniza el APD Conecta de RRHH

El programa especializado de Recursos Humanos de APD Asturias cuenta este año con la colaboración exclusiva de Velázquez y Villa, que se ocupará de desgranar los principales motores de cambio y normativas que afectan a esta área estratégica en la actualidad. . La segunda sesión se celebró en el mes de octubre en Oviedo y permitió a María Teresa M. Villa y Manuel R. Velázquez, socios directores del despacho, informar a los responsables de RRHH de compañías líderes asturianas, sobre Engagement y política de retribuciones. . . .

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años se necesitan para tener una pension de capacidad permanente

¿Cuántos años tengo que cotizar para beneficiarme de una pensión de incapacidad permanente?

Requisitos de cotización para tener derecho a una pensión de incapacidad permanente Si el origen de la incapacidad permanente es un accidente de trabajo, enfermedad profesional o accidente no laboral En estos casos no se exige ninguna cotización para acceder a la pensión de incapacidad permanente. Sólo se exigen los siguientes requisitos: Estar afiliado y en alta o en situación asimilada al alta en el momento del dictamen del Equipo de Valoración de Incapacidades de la calificación de la incapacidad permanente. No tener la edad legal establecida para acceder a la jubilación, siempre y cuando se cumplan los requisitos para su acceso en el momento del hecho causante. Si no se cumplen, se disfrutará de la pensión de Incapacidad Permanente hasta que se puedan reunir. * *Este último requisito no es aplicable a los supuestos en los que la situación de incapacidad permanente sea riesgo profesional, solo para accidente no laboral. Si el origen de la incapacidad permanente es una enfermedad común En este caso, además de la afiliación y alta, se demanda un periodo mínimo de cotización, que depende directamente de la edad del futuro beneficiario. Introduce tu edad: Calcular {{CODEcodigoPersonalizadoPostCalculoCotizacion}} *Los datos generados tienen carácter orientativo, siendo calculados para el supuesto de incapacidad permanente por enfermedad común, con cotizaciones a jornada completa. Tenga en cuenta que su periodo de cotización concreto puede variar en función de distintas circunstancias. Para una valoración personalizada de su caso puede ponerse en contacto con nosotros

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covid persistente

El COVID persistente puede ser causa de una Incapacidad Permanente

Tras más de un duro año de pandemia mundial, hay muchas personas que han sufrido el SARS-CoV-2 y aún tienen síntomas persistentes. Cuando los síntomas perduran más de 12 semanas después de la enfermedad aguda, es lo que se conoce como Síndrome Post Covid, Covid crónico o “Long Covid”, que compromete principalmente al sistema músculo- esquelético, pulmonar, digestivo y neuro- psiquiátrico. Entre la lista de síntomas destacan la tos, fatiga, dolor de cabeza, pérdida de gusto y olfato, insomnio, mareos, dolor articular, depresión, bajo estado de ánimo, ansiedad, palpitaciones, parestesias, estrés, trastornos de atención, inmunológicos, neurológicos y cardiovasculares, e incluso afectación a la piel, caída del cabello y cambios en la córnea del ojo. Las secuelas pueden ser causadas por respuestas inflamatorias graves, microangiopatía trombótica, tromboembolia venenosa y falta de oxígeno. La duración de los síntomas debe sobrepasar las 12 semanas una vez superada la fase aguda del COVID-19 para que se considere síndrome. El perfil de la mayoría de personas afectadas por COVID-19 persistente son mujeres de entre 36 y 50 años. Estos síntomas afectan a la calidad de vida, salud mental y hasta al empleo. Es el caso de muchas personas que manifiestan no poder trabajar. Ante esta situación la Seguridad Social incluyó como incapacidad temporal las situaciones de sospecha por contacto y la cobertura de los trabajadores especialmente sensibles (TES). Durante 2020, la Seguridad Social ha registrado 864.512 bajas por infección y 1.961.299 por aislamiento. A todo ello hay que sumarle las bajas de los TES, de modo que la cifra total de bajas como consecuencia directa e indirecta de COVID-19 ha ascendido a 2.889.377. Pero son las bajas por infección prolongadas más allá del tiempo esperado para su curación, las que precisan de estudio, análisis y seguimiento para averiguar cuántas lo son por el denominado SPC. Por razones obvias, el sector sanitario ha sido el más afectado a pesar de las medidas de prevención implantadas, lo que se relaciona con el riesgo inherente a la profesión, a pesar de que el COVID-19 no esté recogido como enfermedad profesional a todos los efectos, sino solo con carácter prestacional y con contingencia de accidente de trabajo. Se tata sin duda de una patología emergente, sobre la cual aún no hay valoración de la posible incapacidad laboral. En toda incapacidad laboral, no se debe confundir la limitación funcional con el carácter impeditivo laboral de la misma, que es lo que condiciona su tramitación. Es importante no perder de vista la necesaria prevención para evitar los contagios en la empresa, informando sobre los riesgos y medidas de prevención. De esta manera, se evitaría la controversia entre el alta laboral tras la IT (incapacidad temporal) y la declaración de no apto por parte del servicio de prevención al retorno laboral. Uno de los momentos claves tras la IT por COVID es cuando se ha concedido el alta médica o no se considera la proposición de incapacidad permanente tras agotar el periodo máximo de IT. En este punto se deben valorar la aptitud, medidas de adaptación o cambio de puesto de trabajo, siendo imprescindible conocer los síntomas que presenta el trabajador con SPC y qué trabajo desempeña. Aún es pronto para determinar si las secuelas generadas por el COVID pueden dar lugar al reconocimiento de un grado de incapacidad laboral permanente por parte de la Seguridad Social y que un trabajador tenga derecho a cobrar una pensión mensual vitalicia. Habrá que estar a la espera de cómo lo van resolviendo los tribunales. Algunas de las secuelas derivadas del SPC son ya en sí mismas posibles causas de incapacidad temporal a día de hoy, como, por ejemplo, el síndrome de fatiga crónica. El problema es que se trata de enfermedades de difícil diagnóstico y evaluación de las secuelas, que muy raramente son reconocidas por la Administración, debiendo litigar en tribunales por las mismas. El resumen de la situación actual es, a la espera de jurisprudencia y sentencias al respecto, que si pueden establecerse paralelismos con las secuelas de otras enfermedades y, en nuestra opinión y en la de muchos profesionales especializados en materias relativas a la Seguridad Social, es muy posible que nuestros tribunales fallen a favor del reconocimiento de un grado de incapacidad permanente para muchos trabajadores. El reconocimiento de la incapacidad laboral por COVID se resiste a llegar, pero llegará.

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Aenfipa firma un convenio para unirse a la Mesa de Asuntos Sanitarios de Asturias

LA ASOCIACIÓN DE FIBROMIALGIA Y FATIGA CRÓNICA SUMA ESFUERZOS PARA EL DESARROLLO LABORAL PLENO DE LOS ASTURIANOS • Firma un convenio para unirse a la Mesa de Asuntos Sanitarios de Asturias y trabajar junto al Colegio de Terapeutas Ocupacionales y el despacho especialista Velázquez y Villa en la mejora de la calidad de vida de las personas con limitaciones de salud en su desarrollo profesional • Se trata de una iniciativa pionera a nivel nacional dirigida a generar conocimiento y formación sobre incapacidades y derecho laboral y de la Seguridad Social La presidenta de la Asociación de Enfermos de Fibromialgia y Fatiga Crónica del Principado de Asturias (AENFIPA), Alicia Suárez Taladrid, y la directora general de la firma de abogados ovetense Velázquez y Villa, María Teresa M. Villa, acaban de firmar un convenio de colaboración con el objetivo de sensibilizar, generar conocimiento y formación en torno a las limitaciones de salud en el desarrollo laboral pleno. Entre otras medidas, el convenio recoge la integración de AENFIPA en la Mesa de Asuntos Sanitarios que trabaja para identificar la realidad, inquietudes y necesidades de aquellas personas cuyas limitaciones de salud afectan a su desarrollo profesional pleno. Una cuestión de máxima relevancia sobre la que, en opinión de los especialistas Velázquez y Villa, es conveniente informar y sensibilizar. No en vano, “el desconocimiento sobre este asunto provoca ineficiencias y costes estimados a la Seguridad Social por encima de los 60 millones de euros al año”, según afirma María Teresa M. Villa. En la Mesa de trabajo está integrado también el Colegio de Terapeutas Profesionales de Asturias.                           La creación de la Mesa de Asuntos Sanitarios, en funcionamiento desde hace un año, conforma una iniciativa pionera a nivel nacional a través de la cual sus miembros aportan un valor tanto a las personas afectadas por problemas de salud ligados a incapacidades y bajas laborales de larga duración, como a los profesionales vinculados a esta realidad y a la sociedad en general. En la actualidad, fruto de su trabajo, se han lanzado varios webinars y documentación informativa-formativa y está en marcha un estudio para entender y conocer la realidad de estos “pacientes”. El trabajo de este Grupo se enmarca dentro del programa de Responsabilidad Social Empresarial de Velázquez y Villa, por lo que no conlleva costes económicos ni intercambio comercial alguno por parte de sus participantes.

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Velázquez y Villa protagoniza el APD Conecta de RRHH

El programa especializado de Recursos Humanos de APD Asturias cuenta este año con la colaboración exclusiva de Velázquez y Villa, que se ocupará de desgranar los principales motores de cambio y normativas que afectan a esta área estratégica en la actualidad. . La primera sesión se celebró en el mes de julio en Oviedo y permitió a María Teresa M. Villa y Manuel R. Velázquez, socios directores del despacho, informar a los responsables de RRHH de 20 compañías líderes asturianas, sobre las peculiaridades de las nuevas formas de relación laboral que se han derivado de la pandemia. La sesión contó con la colaboración del asesor jurídico Emilio Álvarez Mendoza. . . .

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HIPERPERSONALIZACIÓN para solucionar conflictos Sanitario-Laborales

LA NUEVA ESPAÑA. Mayo 2021 Nuevas fórmulas al alcance de sanitarios, empresas y juristas  La tendencia a la hiperpersonalización se impone en todos los sectores, también para la resolución de conflictos donde la salud limita el desarrollo laboral Velázquez y Villa se posiciona en una nueva forma de trabajar ad hoc cada caso Varias tendencias están arrollando la forma de trabajar de las empresas en todos los sectores: la economía circular, la movilidad sostenible, nuevas experiencias de compra, la digitalización… También la hiperpersonalización en los servicios que ofrecen es una nueva manera de hacer las cosas que se está imponiendo a todos los niveles, gracias en parte a las posibilidades que ofrecen las nuevas tecnologías aplicada a nuestro día a día. Los sectores sanitario y jurídico no son ajenos a estas circunstancias y así lo ha sabido ver el despacho jurídico radicado en Oviedo Velázquez y Villa, que siempre atento a la innovación y excelencia en su servicio, ha incorporado esta tendencia a su manera de abordar aquellos casos donde las limitaciones de salud impiden un desarrollo laboral pleno, con el consecuente conflicto que en muchas ocasiones se deriva de estas circunstancias entre empresa y trabajador. Con una metodología propia ampliamente probada y refrendada por sus exitosos resultados, hace tiempo que Velázquez y Villa aplica una fórmula ad hoc para trabajar cada caso. “No es lo mismo una depresión que otra, una fibromialgia que otra… por poner algunos ejemplos. Es imprescindible comprender cada situación de manera aislada y, sobre todo, su repercusión en el desarrollo laboral pleno de forma documentada”, según la directora general de la compañía, María Teresa M. Villa. Convencidos de la fiabilidad de su fórmula, Velázquez y Villa pone a disposición de sanitarios y empresas esta metodología para que ambas partes puedan ayudar con éxito a resolver aquellas circunstancias que puedan llegar a suponer un conflicto sanitario-laboral entre ambas partes, y, “lo que es más importante, contribuir a mejorar la calidad de vida de la persona afectada, que es el objetivo último y común que nos mueve a todos”, en palabras de María Teresa. Distimia y Fibromialgia, causas de incapacidad laboral Recientemente hemos visto una nueva prueba del éxito de esta fórmula aplicada a casos reales. Así, el Juzgado de lo Social nº 2 y el nº 6 de Oviedo reconocían el mes pasado sendas incapacidades permanentes totales a mujeres afectadas por fibromialgia y por distimia, respectivamente. Ambas dolencias son difíciles de diagnosticar y de acreditar su relación con la incapacidad para trabajar, si bien resultan enormemente limitantes cuando se padecen de manera crónica y grave, como eran estos casos. Las pacientes, auxiliar de enfermería una y coordinadora formadora la otra, cuentan ahora con la concesión de una renta vitalicia del 75% de su base reguladora, por no poder ejercer su profesión habitual. La directora general de Velázquez y Villa  valoraba positivamente la sensibilidad de las sentencias ante circunstancias que no hacían más que gravar las arcas de la Seguridad Social a través de sucesivas bajas temporales y subsidios sin visos de solución: “La incapacidad permanente es el recurso que tenemos como sociedad para garantizar nuestro estado de bienestar; es importante entender cuándo está justificada y aplicarla con buen criterio”. El Despacho jurídico Velázquez&Villa está ubicado en Oviedo y cuenta con 25 años de trayectoria profesional. Especializado en derecho laboral, civil y administrativo, ofrece un servicio jurídico de calidad y alta garantía de éxito, basado en su metodología propia y un amplio recorrido profesional.   Pincha aquí para conocer más casos de éxito Incapacidad Laboral VELÁZQUEZ&VILLA

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Dos juzgados de Oviedo reconocen sendas incapacidades totales por enfermedades raras

TVE. Panorama regional (minuto 8´14″) Prácticamente todos los medios de comunicación regionales se hicieron eco de dos de nuestros últimos casos de éxito.                           Dos reconocimientos de Incapacidades permanentes totales que por su naturaleza, son muy especiales. Y es que tanto la distimia -un tipo de depresión muy difícil de diferenciar de la depresión que todos conocemos. También se la conoce como depresión persistente. Se podría decir que la distimia es una depresión más leve, pero se muestra de forma crónica- como la fibromialgia -cuadro de dolor generalizado y fatiga-, son dolencias en las que es difícil conseguir su reconocimiento como causa de una Incapacidad Laboral, por la dificultad de relacionar la dolencia con las tareas del puesto de trabajo. Estamos muy orgullosos de estos dos casos de éxito, sobre todo por las personas que están detrás de ellos. Dos mujeres que ahora podrán disfrutar de lo que en justicia les pertenece. Una mayor tranquilidad y una mejor calidad de vida. Pincha aquí para conocer estos dos casos, y  más casos de éxito Incapacidad Laboral VELÁZQUEZ&VILLA

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¿Para qué Planificar una herencia?

  Porque quieres que el dinero que tanto te ha costado ganar, le proporcione el mayor beneficio a tu familia. Si planificas, podrás reducir la carga del impuesto de sucesiones y evitarás problemas en el futuro, a tu familia. Manuel Rodríguez, socio del despacho y abogado con más de 25 años de experiencia, y Profesor invitado en el Master de la Abogacía de la Universidad de Oviedo, en la materia de Impuesto de Sucesiones, Plusvalía y Sucesión testamentaria, dirige, directamente, nuestro de servicio de planificación de herencias.   “Mi experiencia me hace pensar que la muerte forma parte de la vida, pero, sobre todo, que los asuntos de la vida se deben resolver en el presente para que al llegar la muerte no existan temas pendientes. No hay cosa más sórdida que tener que afrontar esas cuestiones materiales en momentos delicados; normalmente es imposible ocuparse bien de ellas.”   En Velázquez & Villa coordinamos tu voluntad con la herramienta más poderosa para preservar tu patrimonio: nuestro ordenamiento jurídico. Utilizamos los recursos legales para tratar los asuntos familiares mediante un estudio personalizado, porque la voluntad de cada persona es única y las mejores soluciones, también son únicas.

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