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CONDUCTOR MERCANCIAS PELIGROSAS

Reconocimiento de Pensión de Incapacidad Permanente Total por sordera a un conductor de camión

El Juzgado de los Social nº 4 de Oviedo, reconoció una Incapacidad Permanente Total, a nuestro cliente, conductor de camión de mercancías peligrosas, por sordera; un trabajo que requiere dotes de atención reforzadas frente al peligro que supone su conducción, según reza la sentencia. Nuestro cliente era conductor de camión de mercancías peligrosas y padecía cervicoartrosis, cofosis OD, hipoacusia perceptiva en OI con umbral electrofisiológico en frecuencias agudas 80 db. Como reconoció la juez con posterioridad, un problema grave de sordera en especial para un trabajo como el suyo. Sin embargo en una primera instancia el INSS, sorprendentemente, se lo había denegado. Debido a estas dolencias y no sintiéndose capaz de seguir desempeñando su profesión habitual acudió a nuestro despacho y gracias a nuestra ayuda ha conseguido que le reconozcan una pensión de incapacidad permanente Total para el desempeño de su profesión habitual de conductor. Una prueba más de la necesidad de reclamar lo que cada uno, por justicia, merece, y la importancia de luchar por ello.   Si tus dolencias no te permiten trabajar, contacta con nosotros Somos especialistas en Incapacidades Laborales Permanentes. Teléfono: 985 220 905

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RETOS EN COMUNIDAD -APD-

RETOS EN COMUNIDAD ¿Cuál es el desafío más relevante para tu organización y cómo habéis pensado hacerle frente? Responden los líderes de la Comunidad Global de Directivos.   «Mantenerse al día frente a los constantes cambios normativos en materia laboral y de la seguridad social es un desafío crucial en este momento para todos los que nos dedicamos a buscar soluciones de vida a problemas derivados de la salud. En 25 años no habíamos asistido a un contexto tan cambiante y un parón administrativo como el actual derivado de la pandemia. Nuestro equipo de análisis y nuestra metodología consolidada están siendo clave para afrontar con éxito las dificultades que atravesamos. Gracias a ello podemos seguir ofreciendo respaldo a las compañías y particulares que buscan nuestro consejo.» Más info: Retos en comunidad APD  

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Los Terapeutas Ocupacionales de Asturias estrenan una Mesa de Sanitarios sobre Incapacidad Laboral

  • Se trata de una iniciativa pionera a nivel nacional dirigida a generar conocimiento y formación sobre incapacidades y derecho laboral y de la Seguridad Social • “El desconocimiento sobre este asunto provoca ineficiencias y costes estimados a la Seguridad Social por encima de los 60 millones de euros al año”, según los impulsores del proyecto Oviedo, 21 de octubre de 2020.- La presidenta del Colegio Profesional de Terapeutas Ocupacionales del Principado de Asturias, Pilar Agüera, y la directora general de la firma de abogados ovetense Velázquez y Villa, María Teresa M. Villa, acaban de firmar un convenio de colaboración con el objetivo de sensibilizar, generar conocimiento y formación en el ámbito de las incapacidades laborales y seguridad social en Asturias.Entre otras medidas, el convenio recoge la creación de una Mesa de Sanitarios que permitirá identificar la realidad, inquietudes y necesidades de los terapeutas ocupacionales y los pacientes a los que tratan en el ámbito de las incapacidades laborales. Una cuestión de máxima relevancia sobre la que, en opinión de los especialistas Velázquez y Villa, es conveniente informar y sensibilizar. No en vano, “el desconocimiento sobre este asunto provoca ineficiencias y costes estimados a la Seguridad Social por encima de los 60 millones de euros al año”, según afirma María Teresa M. Villa. Tanto la firma del Convenio como la creación de la Mesa de Sanitarios conforman una iniciativa pionera a nivel nacional a través de la cual sus firmantes esperan aportar un valor tanto a las personas afectadas por problemas de salud ligados a incapacidades y bajas laborales de larga duración, como a los profesionales vinculados a esta realidad y a la sociedad en general. Dentro de las acciones previstas está, además de la organización de la Mesa de Sanitarios – que promoverá reuniones periódicas para entender mejor la realidad y necesidades de particulares en este ámbito y la participación de otros colectivos-, asesoramiento mutuo, promoción de actividades formativas e informativas. Todo ello, sin costes económicos ni intercambio comercial alguno por parte de sus participantes. Esta acción se incluye dentro del programa de Compromiso Social promovido por el despacho Velázquez y Villa, dirigido a generar conocimiento y sensibilización en torno a estos asuntos. En el marco del programa se ha publicado recientemente la segunda edición del Informe de Incapacidad Laboral en Asturias. Entre otros datos y detalles informativos, el Informe recoge un decálogo en favor de la sensibilización frente a esta problemática.

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IPA cocinero trastorno bipolar

Reconocimiento de Pensión de Incapacidad Permanente Absoluta por trastorno bipolar

El Juzgado de los Social nº 6 de Oviedo, reconoció una Incapacidad Permanente Absoluta, a nuestro cliente, cocinero de profesión,  por trastorno bipolar. IQ de STC derecho. Nuestro cliente, junto con su familia, solicitó nuestros servicios para intentar una solución de vida, ya que le resultaba imposible mantener un empleo, e intentar que se le reconociera una incapacidad por enfermedad común. El cliente presenta: Trastorno bipolar. IQ de STC derecho. Gracias a nuestros servicios jurídicos, resultó acreditado que fue diagnosticado inicialmente de un trastorno psicótico de tipo esquizofrénico, y posteriormente de un trastorno bipolar. En la actualidad, presenta un trastorno mental grave, crónico y discapacitante, con mala respuesta terapéutica y que afecta de modo importante a su funcionalidad socio-familiar y laboral; también padece un deterioro defectual grave que condiciona una eventual recuperación o mejoría, teniendo reconocida una minusvalía del 47 %, por lo que se le reconoció la pensión por incapacidad permanente en su grado de absoluta con carácter vitalicio por enfermedad común en vía judicial, ante el Juzgado  de lo Social. En la actualidad nuestro cliente es beneficiario de la Incapacidad Permanente Absoluta y recibe una pensión de carácter vitalicio del 100% de su base reguladora, exenta de tributación en el IRPF.   Si tus dolencias no te permiten trabajar, contacta con nosotros Somos especialistas en Incapacidades Laborales Permanentes. Teléfono: 985 220 905

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IPT ganadero aterosclerosis 2

Reconocimiento de Incapacidad Permanente Total por arterioesclerosis

El Juzgado de los Social nº 6 de Oviedo, reconoció una Incapacidad Permanente Total, a nuestro cliente por arterioesclerosis de extremidades inferiores. Nuestro cliente, ganadero de profesión, fue propuesto para incapacidad por el mismo INSS, y tras la revisión en el EVI le denegó la incapacidad permanente, ya que el equipo de valoración de incapacidades consideró que podía permanecer constantemente en bipedestación y deambulación prolongada y con carga y porte de pesos sobrecargando las extremidades inferiores, y seguir desempeñando su profesión habitual de ganadero, a pesar de múltiples períodos de IT. Al mes del alta de IT padeció una ulcera vascular arterial. Las dolencias que realmente padece son: “…una obstrucción ileo-femoral bilateral estadio IIB de Child, con claudicación a la marcha a los 100 metros según hace constar el Médico Evaluador; cuando el actor fue Alta del proceso de IT en el mes de octubre, se consideró, tanto por la Mutua como por el SPS, que el cuadro estaba estabilizado sin indicación quirúrgica; sin embargo una vez reincorporado al trabajo, un mes después de la resolución desestimatoria fue nuevamente atendido por una úlcera vascular arterial, siendo finalmente intervenido quirúrgicamente el 16-01-20 mediante Bypass aorto-bifemoral por obstrucción ilio-femoral bilateral grado IV (el más grave posible), estando actualmente a revisiones periódicas; en consecuencia, la aterosclerosis de EEII que presenta el demandante (informe de la Mutua) que está en el origen de tal patología, condiciona de manera sustancial el desempeño de la actividad profesional de Ganadero que por definición está sujeto a las condiciones referidas anteriormente, ya que si bien los tratamientos pueden revertir la clínica y estabilizar su situación, el retorno a su actividad profesional conllevará nuevamente la aparición de nuevos episodios con las consecuencias ya referidas anteriormente ”. Con la orientación y justificación de las repercusiones, aún tras las intervenciones quirúrgicas, hemos conseguido justificar que las repercusiones y limitaciones que padece le limitan para las tareas fundamentales de su profesión de ganadero autónomo, pues éstas suponen bipedestación, deambulación prolongada, sobrecarga de columna lumbar, pesos, etc. Nuestro cliente contempló el fin de su calvario, puede vender la ganadería, despreocuparse del ganado, y tiene reconocido su derecho a una pensión vitalicia del 75% (55% incrementado en un 20%), y está centrado en mantener su salud.   Si tus dolencias no te permiten trabajar, contacta con nosotros Somos especialistas en Incapacidades Laborales Permanentes. Teléfono: 985 220 905

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pensiones exentas irpf

¿Qué pensiones se encuentran exentas en el IRPF?

Muchas personas que disfrutan de una pensión no conocen las exenciones de las que pueden disfrutar. Con independencia de las reformas que se puedan producir en las condiciones de las pensiones en el Pacto de Toledo, estas son, ahora mismo, las pensiones que se encuentran exentas de tributación en ele IRPF: Incapacidad permanente absoluta o gran invalidez Las pensiones de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez están exentas de tributación. Esto aplica tanto a las pensiones procedentes de la Seguridad Social como aquellas abonadas por entidades que la sustituyan. Orfandad Las pensiones de orfandad están exentas de tributación en IRPF. Terrorismo Las pensiones derivadas de actos de terrorismo. También las pensiones de viudedad que se deriven de actos de terrorismo. En favor de familiares La pensión en favor de familiares estará exenta si deriva de actos de terrorismo, si ha sido reconocida como consecuencia de una incapacidad permanente en los grados de absoluta o gran invalidez. En todo caso, quedarán exentas de tributación las prestaciones en favor de familiares que sean menores de 22 años.

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El tiempo es importante

Aumentan las solicitudes de incapacidad permanente como consecuencia de la pandemia Los expertos prevén un  aumento importante de solicitudes que podría colapsar tanto el sistema administrativo como la vía judicial, incrementándose el ya de por sí elevadísimo número de casos rechazados tras la pérdida de fondos públicos. Obtener una incapacidad laboral, en general, no es fácil. Lo es aún más para los pequeños empresarios, ya que en la Seguridad Social consideran que su trabajo es más sedentario, algo que sabemos que no es cierto ya que el pequeño empresario es el que más arrima el hombro. Todos los especialistas recomiendan comenzar los procesos y solicitudes para la obtención de la incapacidad permanente de la mano de profesionales cuanto antes.  Pincha aquí para saber más  Incapacidad Laboral VELÁZQUEZ&VILLA

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autonomos y ERTES

Autónomos y ERTES. Octubre 2020

Nuevas medidas a partir del 1 de octubre de 2020, hasta el 31 de enero de 2021. Los trabajadores autónomos que se vean obligados a suspender sus actividades debido a una resolución adoptada por la autoridad competente, como medida de contención en la propagación de la COVID-19, tendrán derecho a una prestación económica de cese de actividad de naturaleza extraordinaria. Para ello tendrán que cumplir una serie de requisitos: Estar afiliados y en alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, al menos 30 días naturales antes de la fecha de la resolución que acuerde el cese de actividad. Hallarse al corriente en el pago de las cuotas a la Seguridad Social. No obstante, si en la fecha de la suspensión de la actividad no se cumpliera este requisito, el órgano gestor invitará al pago al trabajador autónomo para que en el plazo improrrogable de treinta días naturales ingrese las cuotas debidas Cuantía de la ayuda económica: La cuantía de la prestación será del 50 por ciento de la base mínima de cotización que corresponda por la actividad desarrollada. Esta cantidad se incrementará en un 20 por ciento si el trabajador autónomo tiene reconocida la condición de miembro de una familia numerosa y los únicos ingresos de la unidad familiar o análoga durante ese periodo proceden de su actividad suspendida. Además, el trabajador autónomo: queda exonerado de la obligación de cotizar, percibir la prestación será incompatible con la percepción de una retribución por el desarrollo de un trabajo por cuenta ajena, salvo que los ingresos del trabajo por cuenta ajena sean inferiores a 1,25 veces el importe del salario mínimo interprofesional entre otras, y por último, se ha creado una prestación extraordinaria de cese de actividad para los trabajadores de temporada: se consideran trabajadores de temporada aquellos trabajadores autónomos cuyo único trabajo a lo largo de los últimos dos años se hubiera desarrollado en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos durante los meses de junio a diciembre.  

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