Incapacidad por trastorno psicológico

¿Sabes si tienes derecho a una incapacidad por trastorno psicológico? Son numerosas las sentencias en las que han concedido una incapacidad (parcial o permanente) por estrés, ansiedad o depresión. Los trastornos de este tipo están a la orden del día en esta sociedad acelerada y pueden llegar a ocasionar problemas graves de salud que impidan a una persona ejercer su puesto de trabajo.

La incapacidad por trastorno psicológico

En una entrada anterior os explicamos qué tipos de incapacidades existen. Sabemos que puede ser parcial para la profesión, total para la misma, o absoluta para todo trabajo. Cuando existe una enfermedad física es sencillo determinar cuándo una persona puede, o no, realizar su trabajo. Pero, ¿qué pasa cuando entran en juego ciertos trastornos psicológicos?

Luchar contra el acoso laboral, un despido improcedente o la sensación de que no nos sentimos realizados puede desembocar en estados de depresión, ansiedad, estrés o  burnout. Los primeros síntomas pasan por desmotivación, sobrecarga de trabajo y apatía. Estos transtornos, habitualmente, conllevan que la persona que los padece sufra un estado de bloqueo que le impide realizar su actividad profesional. Por ello, en primer lugar, es el médico de cabecera quien debe tramitar la baja inmediata. Tras unos meses, un tribunal médico se encargará de realizar una inspección. En ella, se valorará si el afectado debe continuar con una incapacidad temporal o si, por el contrario, debe volver a su puesto de trabajo.

Si crees que tienes derecho a una incapacidad por trastorno psicológico, ponte en contacto con nosotros. Te informaremos, te ayudaremos con los trámites y nos encargaremos de todo para ayudarte en esta difícil situación.

En Velázquez y Villa somos expertos y podemos ayudarte.

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