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En plena campaña de la Declaración de la Renta 2016, os traemos varios puntos clave a tener en cuenta. En primer lugar, queremos recordaros el vídeo que ya os presentamos el año pasado.
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Contenidos del artículo
- Fechas clave de la Declaración de la Renta 2016
- ¿Qué cosas podemos desgravar en la declaración de la renta 2016?
- «EVITAR LOS IMPUESTOS ES EL ÚNICO ESFUERZO INTELECTUAL QUE TIENE RECOMPENSA»
- Por eso, si tienes problemas con la Declaración de la Renta 2016 recuerda que en Velázquez y Villa podemos ayudarte.
Fechas clave de la Declaración de la Renta 2016
La renta de 2016 tiene varias fechas clave. Vamos una por una, para tener claro cuáles son nuestros plazos:
5 de abril:
El pasado 5 de abril arrancó la campaña. Desde ese día, podemos preparar nuestro borrador a través de la web de la Agencia tributaria. El programa padre ha sido sustituido por la Renta Web, que no requiere descarga de programas. Desde este día tenemos disponibles también los teléfonos de información 901 33 55 33 ó 91 554 87 70. El teléfono para confirmar si nuestro borrador está bien es el 901 12 12 24.
4 de mayo:
Desde este día quedará abierta la cita previa para realizar nuestra declaración en las oficinas de la Agencia Tributaria. Los teléfonos para ello son 901 22 33 44 ó el 91 553 00 71 (L-V, de 09:00 a 19:00).
11 de mayo:
Este día arranca el plazo de confirmación o modificación de borradores en las propias oficinas de la agencia tributaria. También puede comenzar a entregarse la documentación física.
26 de junio:
Fecha límite para presentar los borradores con domiciliación bancaria.
29 de junio:
El último día para pedir cita previa para la elaboración de la declaración de la renta 2016.
30 de junio:
Último día de la campaña.
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¿Qué cosas podemos desgravar en la declaración de la renta 2016?
- Relacionadas con la situación personal: Si has tenido hijos, o si te has casado, puedes obtener deducciones. Así mismo, los niños menores de tres años tienen deducciones extra.
- Relacionadas con el trabajo: ¿Te has visto obligado a desplazarte tras una temporada en paro? ¿Tienes una discapacidad? Son factores que afectan a la hora de hacer tu declaración de la renta 2016. Además, las indemnizaciones por despido hasta 180.000€ están exentas.
- Vivienda: Desgrava el alquiler, hasta un 10,05%. También la compra de la vivienda e incluso algunas reformas.
- Cláusula suelo: La gran novedad de este año contempla la excepción de considerarlas renta siempre que en su momento se considerara como gasto deducible.
- Ingresos por patrimonio: Incluye el plan PIVE, venta de residencias, etc.
En Velázquez y Villa creemos que:
«EVITAR LOS IMPUESTOS ES EL ÚNICO ESFUERZO INTELECTUAL QUE TIENE RECOMPENSA»
Por eso, si tienes problemas con la Declaración de la Renta 2016 recuerda que en Velázquez y Villa podemos ayudarte.
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