Entra en vigor Nueva Ley de Contratos de Alquiler para todos aquellos contratos firmados a partir del 19 de diciembre de 2018.
Principales Novedades en la Ley de Arrendamientos Urbanos
Duración de los contratos
El plazo mínimo legal que un arrendatario puede permanecer en su vivienda es de 5 años. En el caso de ser persona jurídica se amplía a 7 años.
Fianza limitada a 2 meses
Para disminuir carga económica inicial para el inquilino, la fianza se limita a un máximo de 2 mensualidades.
Los gastos derivados de la formalización del contrato de alquiler y de la gestión inmobiliaria correrán a cargo del arrendador.
Modificación en plazos de desahucio
Cuando se notifica un embargo, los servicios sociales emiten informe sobre las situación en las que quedarían las personas afectadas. En este momento, el desahucio se paraliza durante un periodo de 1 mes. En el caso de persona física y durante 2 en el caso de persona jurídica.
Se reducirán los Impuestos para arrendador
En el caso de ser vivienda habitual, estará exento del
Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados ITP y AJD.
Si se trata de alquiler social, se exime a la Administración de repercutir el Impuesto de Bienes Inmuebles IBI al inquilino.