Os invitamos a leer este artículo de opinión sobre la enfermedad que ha sufrido Rafael Nadal Parera y cómo lo asociamos a la Incapacidad Permanente Total.
El desarrollo se basa en la información que se ha publicado acerca de su lesión y de sus diferentes parones deportivos para recuperarse. A día de hoy, Rafa Nadal, sigue en activo, compitiendo y cosechando éxitos, algo que nos llena a todos de alegría y de orgullo.
Rafa Nadal es probablemente el mejor tenista de la historia y, sin lugar a dudas, el mejor deportista español de todos los tiempos a pesar de no haber podido competir en varias ocasiones debido a las lesiones.
Todos conocemos los problemas en cuanto a las lesiones, bien sea de rodilla, muñeca, etc. que ha sufrido a lo largo de la carrera, pero en los últimos tiempos cabe destacar la enfermedad de Müller-Weiss que le ha imposibilitado competir muchos meses del calendario tenístico.
Pero, ¿qué le ocurría exactamente a Rafa Nadal en su pie izquierdo? y, ¿cómo podemos asociarlo al Derecho Laboral?
La enfermedad o el síndrome de Müller-Weiss, también llamada osteocondritis del escafoides, es una displasia, es decir, una anomalía en el desarrollo de un tejido del organismo, concretamente en el escafoides tarsiano, que es un hueso situado en la parte media del pie y esencial para la movilidad del mismo.
El síntoma principal de la enfermedad es un dolor intenso en el dorso superior de ambos pies, en este caso en el izquierdo, que puede llegar a dificultar la marcha, tal y como le hemos visto tras conseguir su vigésimo segundo título de Grand Slam. Esta alteración en la marcha puede dar lugar a gonalgia y, con el tiempo, podría llegar a producir gonartrosis, es decir una artrosis de rodilla. De ahí que, probablemente, todos los problemas de rodilla que ha sufrido a lo largo de su carrera tenística, vengan generados de la enfermedad que sufre en su pie izquierdo, la enfermedad de Müller-Weiss
Las restricciones para el desempeño de una profesión como la de deportista de alto rendimiento son evidentes, ya que el dolor en el pie impide o dificulta los movimientos del mismo y, por tanto, la realización de cualquiera de las tareas básicas de esta profesión.
Además, si bien podrán seguirse tratamientos conservadores durante las primeras etapas, la intervención quirúrgica que debe practicarse en etapas más avanzadas es incompatible con los requerimientos de un deportista, ya que daría lugar a una serie de limitaciones que le impedirían seguir compitiendo al mismo nivel que tenía antes de practicarse la intervención.
El tratamiento que siguió Rafa Nadal es la radiofrecuencia pulsátil, el cual está pensando para reducir el dolor, ya que no regenera el hueso. Para poder competir durante las dos semanas de Roland Garros, tuvo que ponerse una serie de inyecciones en los nervios antes de cada partido, que le permitían jugar sin dolor, pero a la vez no tener sensibilidad en el pie al tenerlo completamente “dormido”.
Llevando la enfermedad de Rafa Nadal al Derecho Laboral y de la Seguridad Social, ¿estamos ante una enfermedad invalidante para el desempeño de su profesión habitual?
En primer lugar, es importante delimitar el tipo de trabajador que sería Rafa Nadal. En base a lo dispuesto en el art. 13.2 del Real Decreto 971/2007, de 13 de Junio sobre deportistas de alto nivel y alto nivel, “los deportistas de alto nivel, mayores de dieciocho años, que, en razón de su actividad deportiva o de cualquier otra actividad profesional que realicen, no estén ya incluidos en cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social, podrán solicitar su inclusión en el campo de aplicación del Régimen Especial de la Seguridad Social de trabajadores por cuenta propia o autónomos, quedando afiliados al sistema y asimilados a la situación de alta, mediante la suscripción de un convenio especial con la Tesorería General de la Seguridad Social”.
Desde nuestro punto de vista, sin saberlo fehacientemente, Rafa Nadal se encuentra dentro del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), ya que no tiene una relación laboral ni con la Real Federación Española de Tenis ni con ningún club de tenis del territorio nacional.
¿Podría tener una Incapacidad Permanente Total?
Una vez delimitado lo anterior, debe tenerse en cuenta que la incapacidad permanente total es aquella que inhabilita al trabajador para la realización de todas o de las fundamentales tareas de su profesión habitual, siempre que pueda dedicarse a otra distinta.
Sería posible declararlo en situación de incapacidad permanente total para el desempeño de su profesión habitual, siendo su dolencia crónica e irreversible, debido a que las posibilidades en cuanto al tratamiento de la enfermedad no suponen, en ningún caso, la curación, sino la disminución del dolor. Las opciones serían:
- Un tratamiento conservador, el cual puede que no le permita seguir compitiendo al más alto nivel.
- Tratamiento quirúrgico, consistiendo en una artrodesis que le causaría una limitación mayor de la que tiene y le imposibilitaría de una forma clara la continuidad en el circuito
Es decir, cumple los requisitos necesarios para ser declarado en situación de incapacidad permanente total.
¿Cuánto sería la cuantía de la pensión?
Damos por hecho que en base a lo que públicamente se conoce de sus ingresos, las bases de cotización de Nadal siempre irían a máximos, el importe aproximado de la pensión que le correspondería a Nadal en concepto de Incapacidad Permanente Total sería el 55% de la Base Reguladora de su prestación en 14 pagas, que se calcula teniendo en cuenta los últimos 8 años de cotización.
Escrito por María Teresa Menéndez Villa, CEO de Velázquez y Villa Abogados