¿Puedo solicitar una nueva baja tras denegación de la incapacidad permanente?

En este artículo te explicamos si es posible solicitar una nueva baja tras denegación incapacidad permanente, cuándo se puede solicitar, cuáles son los requisitos, los errores más comunes y cómo podemos ayudarte en este tipo de situación ante el INSS.

¿Puedo solicitar una nueva baja tras denegación incapacidad permanente?

Sí. Es posible solicitar una nueva baja médica tras la denegación de la incapacidad permanente, siempre que existan nuevos hechos médicos o un empeoramiento del estado de salud.
El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) no impide iniciar un nuevo proceso de incapacidad temporal si la persona sigue sin poder trabajar y los servicios médicos del sistema público lo consideran justificado.

La nueva baja tras denegación incapacidad permanente debe basarse en un diagnóstico distinto o en una evolución negativa de la enfermedad que motivó la incapacidad, y debe tramitarse por el médico de atención primaria o especialista.

Cuándo corresponde solicitar una nueva baja después de una denegación de incapacidad permanente

¿Cuándo corresponde solicitar una nueva baja después de una denegación?

Se puede solicitar una nueva baja médica en tres supuestos principales:

  1. Empeoramiento de la enfermedad o secuelas que motivaron la incapacidad permanente denegada.
  2. Aparición de nuevas patologías que impiden temporalmente el trabajo.
  3. Reaparición de síntomas tras un periodo de mejoría, lo que constituye una recaída médica justificada.

En todos los casos, la nueva baja debe estar avalada por informes médicos actualizados, ya que el INSS y la inspección médica revisan si existe una causa real que justifique el nuevo proceso de incapacidad temporal.

Descubre cuántas veces se puede solicitar la incapacidad permanente.

Diferencia entre recaída y nueva baja médica tras denegación de incapacidad

Es importante distinguir entre recaída y nueva baja médica tras denegación incapacidad permanente, ya que las consecuencias administrativas y económicas son distintas:

Tipo de baja Definición Efectos legales y económicos
Recaída Continuación del mismo proceso de incapacidad anterior, sin plena recuperación. Se considera mismo proceso; el INSS puede reabrir el expediente y no reinicia los plazos de cotización.
Nueva baja médica Se inicia un nuevo proceso por patología distinta o nueva agravación. Genera nuevo periodo de incapacidad temporal, con nueva prestación y control médico independiente.

Es decir, si el trabajador no llegó a recuperarse plenamente y los síntomas persisten, puede tratarse de una recaída. Pero si existe un nuevo diagnóstico o agravamiento clínico, se tramita como nueva baja tras denegación de incapacidad permanente.

¿Cuáles son los requisitos para que la nueva baja sea validada tras la denegación?

Para que el INSS y la inspección médica reconozcan una nueva baja médica tras denegación de una incapacidad permanente, deben cumplirse ciertas condiciones:

  • Aportar informes médicos recientes que acrediten el empeoramiento o nueva enfermedad.
  • Que la nueva baja no coincida exactamente con las mismas causas médicas del expediente denegado, salvo agravamiento claro.
  • Haber reanudado la actividad laboral tras la denegación, salvo en los casos de recaída inmediata justificada.
  • Que la nueva baja sea emitida por un médico del sistema público de salud y comunicada correctamente al INSS.

Si el alta médica se revoca rápidamente o no se cumplen los requisitos, el INSS puede rechazar la prestación o iniciar una revisión del caso.

Obligaciones del trabajador después de la denegación de la incapacidad permanente y antes de la nueva baja

Tras la denegación de la incapacidad permanente, el trabajador tiene la obligación de reincorporarse a su puesto de trabajo en el plazo indicado por la resolución (normalmente, 24 horas desde la notificación).
Si la persona no puede desempeñar su empleo por razones médicas, debe comunicarlo a su empresa y solicitar una nueva valoración médica.

Durante este periodo, es importante:

  • Presentar el parte de baja médica lo antes posible si se obtiene.
  • Conservar la documentación del INSS y de la mutua.
  • Evitar ausentarse del trabajo sin justificación médica, ya que podría considerarse abandono o falta grave.

Cumplir estas obligaciones evita conflictos laborales y garantiza que la nueva baja tras denegación de incapacidad permanente sea reconocida sin incidencias.

Riesgos y errores frecuentes al solicitar una nueva baja tras denegación

Los errores más comunes que pueden perjudicar al trabajador son:

  • Solicitar una nueva baja médica sin cambios clínicos acreditables respecto al expediente anterior.
  • No reincorporarse al trabajo tras la denegación antes de tramitar la nueva baja.
  • No avisar a la empresa o presentar el parte fuera de plazo.
  • No aportar informes médicos suficientes o actualizados.

Un error en este proceso puede derivar en la denegación del subsidio de incapacidad temporal, e incluso en sanciones disciplinarias por parte de la empresa.

Por eso, ante cualquier duda, es recomendable asesorarse con un abogado especializado en incapacidad laboral y Seguridad Social.

Cómo podemos ayudarte en el proceso de la nueva baja tras denegación de incapacidad permanente en Asturias

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Dudas frecuentes sobre la nueva baja médica tras una denegación de incapacidad permanente

 

¿Cuánto tiempo tengo para volver a coger una baja después de la denegación?

No hay un plazo legal establecido, pero se recomienda esperar al menos unos días o semanas y acreditar cambios médicos relevantes para evitar que el INSS la considere una continuidad del mismo proceso.

¿Quién paga la nueva baja tras una denegación de incapacidad permanente?

La prestación económica corre a cargo del INSS o la mutua colaboradora, dependiendo de la contingencia (enfermedad común o profesional). Si la baja se produce por una patología distinta, se considera nuevo proceso con derecho a subsidio.

¿Qué ocurre si la empresa no acepta la nueva baja médica?

La empresa no puede negarse si el parte ha sido emitido por un médico del sistema público y validado por inspección. En caso de conflicto, debe acudir al INSS o a la Inspección de Trabajo, y puede asesorarse con un abogado.

¿Puedo recurrir si me rechazan la nueva baja médica?

Sí. Si el INSS o la inspección médica invalidan la baja, puedes presentar reclamación previa y, si se mantiene la denegación, acudir a la vía judicial laboral con apoyo de un abogado especializado.

¿La nueva baja afecta a mi solicitud de incapacidad permanente futura?

No necesariamente. De hecho, una nueva baja bien documentada puede fortalecer un futuro expediente de incapacidad permanente si demuestra un empeoramiento persistente o nuevas limitaciones funcionales.

¿Qué pasa si no puedo reincorporarme al trabajo tras la denegación?

Si el trabajador no está en condiciones de volver a su puesto, debe comunicarlo por escrito a la empresa y acudir a su médico de cabecera para solicitar una nueva valoración. No hacerlo puede acarrear problemas laborales o sanciones.

Mira el plazo de reincorporación tras la denegación de una Incapacidad Permanente.

Artículo revisado jurídicamente por

María Teresa Menéndez Villa

En este artículo hemos visto cuándo se puede solicitar una nueva baja tras denegación incapacidad permanente en Asturias, esperamos que el contenido haya sido de utilidad.

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