¿Cómo se solicita una incapacidad permanente si eres autónomo?

incapacidad permanente si eres autonomo

Muchos de vosotros sois trabajadores por cuenta propia. Por eso, a veces os surgen dudas con respecto a vuestros derechos laborales. Por ejemplo, ¿sabes si tienes derecho a una incapacidad permanente si eres autónomo? Y si es así, ¿cómo se solicita? Hoy venimos a daros las claves de estas dudas tan frecuentes.

La incapacidad permanente si eres autónomo

En primer lugar, queremos aseguraros que un autónomo sí puede obtener una pensión por incapacidad. Así te lo contamos en uno de nuestros casos de éxito. Un transportista autónomo con problemas cervicales ha obtenido una incapacidad permanente total y cobra una pensión. Una vez dicho esto, te explicamos en qué casos puedes solicitarla.

En primer lugar, debes cotizar por accidente de trabajo y enfermedades profesionales. También debes acogerte a la cobertura de incapacidad temporal. Todas estas cotizaciones son voluntarias. Esto quiere decir que se debe sumar un extra a los 275€ de cotización mínima. Salvo en el caso de los TRADE, aquellos autónomos que cotizan un 75% a un único cliente.

En segundo lugar, hay que comprender lo que la Seguridad Social entiende por accidente laboral o enfermedad profesional. Según algunas definiciones, puede ser complicado demostrar si tu caso está incluido.

Por último, si el motivo de la incapacidad es la falta de prevención de riesgos laborales, también puede ser denegada.

Como veis, es complicado, pero no imposible.

¿Y una vez solicitada la incapacidad?

En un plazo de 135 días se resolverá si tienes derecho a una incapacidad o no. En caso negativo se puede recurrir. Si, por el contrario, es positiva, cobrarás una pensión vitalicia equivalente a tu base de cotización. Esta puede incrementarse si eres mayor de 55 años, no se ejerce ninguna otra actividad ni se sea titular de ninguna explotación agrícola o ganadera.

Si eres autónomo y necesitas ayuda con la gestión de tu pensión, recuerda que en Velázquez y Villa podemos ayudarte.

Más de 30 años dedicados a la incapacidad permanente

La información de este artículo es general y puede contener errores o haber quedado desactualizada por cambios normativos. Velázquez y Villa no se hace responsable de las decisiones tomadas a partir de ella. Para un asesoramiento actualizado sobre tu caso, consulta con uno de nuestros abogados especialistas.

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