Descubre cómo la incapacidad laboral y el derecho a una vida activa se entrelazan en una obra esencial que explora el impacto de esta situación desde múltiples perspectivas.
En esta entrevista exclusiva, María Teresa Menéndez Villa, CEO de Velázquez & Villa Abogados y coautora del libro, comparte los motivos que impulsaron la creación de esta obra y explica cómo puede servir de guía para aquellos que buscan comprender y gestionar mejor la incapacidad laboral, tanto a nivel personal como organizacional.
Te invitamos a ver estas entrevistas, una de ellas para RTVE, en la que María Teresa nos ofrece una visión cercana y personal sobre los temas más relevantes del libro. A través de su experiencia, explora cómo el enfoque de Incapacidad Laboral y Vida Activa puede ayudar a reducir el estigma, promoviendo un entorno inclusivo y de apoyo para todos.
Estructura del Libro
El contenido del libro se divide en dos secciones principales, cada una abordando aspectos fundamentales de la incapacidad laboral:
Primera Parte: «Aspectos Jurídicos y Económicos de la Incapacidad Laboral»
En esta primera sección, se explica el marco jurídico que rodea el reconocimiento de la incapacidad laboral y los derechos y obligaciones de trabajadores y empleadores. También aborda los aspectos económicos y las implicaciones de esta situación para los afectados, subrayando la importancia del apoyo organizacional para facilitar una adaptación efectiva.Segunda Parte: «Impacto Personal y Organizacional de la Incapacidad Laboral»
Esta sección profundiza en el impacto de la incapacidad en la vida de los individuos y en el contexto organizacional. Destaca la importancia de políticas inclusivas en el trabajo y analiza cómo la percepción de la capacidad para trabajar puede ser influida por factores de apoyo social y organizacional.
Conclusiones y Recomendaciones del Libro
Incapacidad Laboral y Vida Activa concluye con un llamado a la acción hacia una mayor inclusión y comprensión de la incapacidad laboral. Los autores recalcan la necesidad de un enfoque integral que abarque tanto los aspectos físicos como psicológicos de esta situación, fomentando la desestigmatización y la creación de entornos inclusivos. Además, se ofrece una guía práctica para que empleadores y empleados trabajen juntos en un ambiente que permita mantener una vida activa y productiva.
Recomendaciones: La obra sugiere acciones concretas para empleadores y empleados, subrayando la necesidad de cambios en la cultura organizacional y en los recursos disponibles para garantizar una vida activa y digna para quienes enfrentan la incapacidad.
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Incapacidad permanente parcial
¿Qué es una incapacidad permanente parcial ?
Se trata de aquella incapacidad que, aunque no sea total, ocasiona al trabajador una disminución no inferior al 33 % en el desempeño de su trabajo.
¿Qué supone tener una incapacidad parcial?
Conseguir una incapacidad parcial no significa cambiar de empleo ni tampoco recibir una mensualidad por no poder trabajar.
Este grado de incapacidad, a diferencia de los demás, no conlleva el cobro de una mensualidad, es una indemnización única. El trabajador tiene derecho a una cantidad equivalente a 24 mensualidades de la base reguladora.
Requisitos para solicitar la Incapacidad Permanente Parcial
Pueden solicitar la incapacidad parcial aquellas personas que:
- No cuentan con 15 años cotizados.
- No hayan cumplido la edad de jubilación.
- Su situación sea de jubilación anticipada.
- Estén en situación de alta y haber cotizado 1.800 días, (a no ser que el origen de la incapacidad sea un accidente -laboral o no- o una enfermedad profesional, en ese caso no se pide cotización previa).
- Si la incapacidad deriva de enfermedad profesional o accidente de trabajo, si el empresario no ha dado de alta al empleado, este adquiera el alta.
- Personas en situación de alta o asimilada al alta. Hay que tener en cuenta que, si la incapacidad proviene de enfermedad profesional o accidente de trabajo, si el empresario no hubiera dado de alta a su empleado, este automáticamente adquirirá el alta legal.
- Aquellos que hayan cotizado 1.800 días (y que estén comprendidos en los 10 años previos a la solicitud de incapacidad temporal de la que derivó la incapacidad).
Si la invalidez parcial deriva de un accidente -sea de trabajo o no- o una enfermedad profesional no se exige un mínimo de cotización.
Incapacidad permanente total
La Incapacidad Permanente Total inhabilita al trabajador para realizar correctamente todas las tareas o solo las fundamentales de la actividad laboral. La incapacidad total no invalida para llevar a cabo otra profesión distinta. Solo protege económicamente por no poder ejercer el trabajo habitual. Es importante tener en cuenta que la incapacidad permanente total es reversible mediante las revisiones que convoca el INSS. En estas revisiones se puede mantener, rebajar o quitar el grado de incapacidad.
Incapacidad permanente absoluta
¿Qué es la incapacidad permanente absoluta?
La Incapacidad Permanente Absoluta es el grado de incapacidad laboral que se les da a esas personas que tienen una enfermedad que no les permite realizar ningún tipo de trabajo. No significa que no pueda realizar ninguna actividad remunerada.
La pensión de incapacidad permanente absoluta supone una mensualidad del 100%.
Gran Invalidez
¿A quién conceden la incapacidad por gran invalidez?
Gran Invalidez es el grado máximo de incapacidad permanente que reconoce la Seguridad Social, y se concede a los trabajadores que padecen una enfermedad o lesión que les incapacita para realizar cualquier actividad laboral y que además necesitan la ayuda de una tercera persona para realizar los actos cotidianos de la vida diaria.
Concepto de gran invalidez
“Se entenderá por Gran Invalidez la situación del trabajador afectado de incapacidad permanente absoluta y que, por consecuencia de pérdidas anatómicas o funcionales, necesite la asistencia de otra persona para realizar los actos más esenciales de la vida, tales como vestirse, desplazarse, comer o análogos.”
Diferencia entre incapacidad permanente absoluta y gran invalidez
Por lo tanto, la diferencia fundamental entre la incapacidad permanente absoluta y la Gran Invalidez es que se necesita la ayuda de una tercera persona para realizar las actividades esenciales de la vida diaria.