covid persistente

El COVID persistente puede ser causa de una Incapacidad Permanente

Tras más de un duro año de pandemia mundial, hay muchas personas que han sufrido el SARS-CoV-2 y aún tienen síntomas persistentes. Cuando los síntomas perduran más de 12 semanas después de la enfermedad aguda, es lo que se conoce como Síndrome Post Covid, Covid crónico o “Long Covid”, que compromete principalmente al sistema músculo- esquelético, pulmonar, digestivo y neuro- psiquiátrico. Entre la lista de síntomas destacan la tos, fatiga, dolor de cabeza, pérdida de gusto y olfato, insomnio, mareos, dolor articular, depresión, bajo estado de ánimo, ansiedad, palpitaciones, parestesias, estrés, trastornos de atención, inmunológicos, neurológicos y cardiovasculares, e incluso afectación a la piel, caída del cabello y cambios en la córnea del ojo. Las secuelas pueden ser causadas por respuestas inflamatorias graves, microangiopatía trombótica, tromboembolia venenosa y falta de oxígeno. La duración de los síntomas debe sobrepasar las 12 semanas una vez superada la fase aguda del COVID-19 para que se considere síndrome. El perfil de la mayoría de personas afectadas por COVID-19 persistente son mujeres de entre 36 y 50 años. Estos síntomas afectan a la calidad de vida, salud mental y hasta al empleo. Es el caso de muchas personas que manifiestan no poder trabajar. Ante esta situación la Seguridad Social incluyó como incapacidad temporal las situaciones de sospecha por contacto y la cobertura de los trabajadores especialmente sensibles (TES). Durante 2020, la Seguridad Social ha registrado 864.512 bajas por infección y 1.961.299 por aislamiento. A todo ello hay que sumarle las bajas de los TES, de modo que la cifra total de bajas como consecuencia directa e indirecta de COVID-19 ha ascendido a 2.889.377. Pero son las bajas por infección prolongadas más allá del tiempo esperado para su curación, las que precisan de estudio, análisis y seguimiento para averiguar cuántas lo son por el denominado SPC. Por razones obvias, el sector sanitario ha sido el más afectado a pesar de las medidas de prevención implantadas, lo que se relaciona con el riesgo inherente a la profesión, a pesar de que el COVID-19 no esté recogido como enfermedad profesional a todos los efectos, sino solo con carácter prestacional y con contingencia de accidente de trabajo. Se tata sin duda de una patología emergente, sobre la cual aún no hay valoración de la posible incapacidad laboral. En toda incapacidad laboral, no se debe confundir la limitación funcional con el carácter impeditivo laboral de la misma, que es lo que condiciona su tramitación. Es importante no perder de vista la necesaria prevención para evitar los contagios en la empresa, informando sobre los riesgos y medidas de prevención. De esta manera, se evitaría la controversia entre el alta laboral tras la IT (incapacidad temporal) y la declaración de no apto por parte del servicio de prevención al retorno laboral. Uno de los momentos claves tras la IT por COVID es cuando se ha concedido el alta médica o no se considera la proposición de incapacidad permanente tras agotar el periodo máximo de IT. En este punto se deben valorar la aptitud, medidas de adaptación o cambio de puesto de trabajo, siendo imprescindible conocer los síntomas que presenta el trabajador con SPC y qué trabajo desempeña. Aún es pronto para determinar si las secuelas generadas por el COVID pueden dar lugar al reconocimiento de un grado de incapacidad laboral permanente por parte de la Seguridad Social y que un trabajador tenga derecho a cobrar una pensión mensual vitalicia. Habrá que estar a la espera de cómo lo van resolviendo los tribunales. Algunas de las secuelas derivadas del SPC son ya en sí mismas posibles causas de incapacidad temporal a día de hoy, como, por ejemplo, el síndrome de fatiga crónica. El problema es que se trata de enfermedades de difícil diagnóstico y evaluación de las secuelas, que muy raramente son reconocidas por la Administración, debiendo litigar en tribunales por las mismas. El resumen de la situación actual es, a la espera de jurisprudencia y sentencias al respecto, que si pueden establecerse paralelismos con las secuelas de otras enfermedades y, en nuestra opinión y en la de muchos profesionales especializados en materias relativas a la Seguridad Social, es muy posible que nuestros tribunales fallen a favor del reconocimiento de un grado de incapacidad permanente para muchos trabajadores. El reconocimiento de la incapacidad laboral por COVID se resiste a llegar, pero llegará.

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ipt mecánico

Reconocimiento de Incapacidad Permanente Total por lumbalgia

Con la orientación y preparación de nuestros servicios jurídicos, resultaron acreditadas las secuelas y las repercusiones sobre las tareas de un trabajo habitual y, aunque el INNS denegó su solicitud, el Juzgado de lo Social nº 1 de Oviedo reconoció su situación de Incapacidad Permanente Total. El mecánico inició situación de incapacidad temporal, derivada de enfermedad común, el día 17 de septiembre de 2.019, cuando prestaba servicios reparando vehículos, tractores y camiones. En noviembre de 2020 solicitó incapacidad permanente, que se resolvió por el INSS denegándole la prestación de incapacidad permanente. Acudió a nosotros ante la negativa evolución, y por las inciertas valoraciones y consecuencias físicas tras una operación quirúrgica, ya que caben limitaciones funcionales derivadas aún tras operarse. El cliente presenta: Lumbalgia secundaria a espondilolistesis grado I. En resonancia magnética realizada en enero de 2.020 se aprecia moderada degeneración discal L5- S1 con pequeña protusión con retrolistesis. Episodio depresivo moderado. Con la orientación y preparación de nuestros servicios jurídicos, resultaron acreditadas las secuelas y las repercusiones sobre las tareas de un trabajo habitual que implica altos requerimientos biomecánicos, puesto que resulta imposible que pueda ejecutar esos requerimientos de mecánico, ni en el momento actual ni una vez realizada la intervención quirúrgica, pues la artrodesis sólo se realiza para eliminar o mitigar el dolor pero no para recuperar la capacidad funcional, por lo que se le reconoció la pensión por incapacidad permanente en su grado de total con carácter vitalicio por enfermedad común en vía judicial, ante el Juzgado  de lo Social. En la actualidad nuestro cliente es beneficiario de la Incapacidad Permanente Total, recibe una pensión de carácter vitalicio, y su entorno familiar tiene una tranquilidad económica.   Si tus dolencias no te permiten trabajar, contacta con nosotros Somos especialistas en Incapacidades Laborales Permanentes. Teléfono: 985 220 905

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IPT ganadero

Reconocimiento de Incapacidad Permanente Total a Ganadero autónomo

Un caso más en el que el INSS denegó la solicitud de prestación de Incapacidad Permanente y gracias a nuestros servicios jurídicos y su lucha y convencimiento, justificado, por defender sus derechos, el Juzgado de lo Social nº 6 de Oviedo le reconoció una Incapacidad Permanente Total y el derecho a percibir una pensión de carácter vitalicio por ello. El ganadero inició situación de incapacidad temporal, derivada de enfermedad común, el día 29 de Enero de 2.020. Solicitó la incapacidad permanente, que se resolvió por el INSS en fecha de 04-03-21, denegándole la prestación de incapacidad permanente. Disconforme con la valoración y la resolución, solicitó nuestra opinión y valoración, considerando todo el equipo las posibilidades que planteaba, y las repercusiones que ya se evidenciaban (a nuestro entender). El cliente presenta: “Síndrome subacromial. Raquialgias. Sd. QT corto tratado con DAI. Migraña crónica. Hipotiroidismo”. Con la preparación inmediata y la dedicación de nuestros servicios jurídicos, en menos de cinco meses desde la resolución inicial del INSS, han resultado acreditadas las secuelas y las repercusiones sobre las tareas de un trabajo habitual que implica altos requerimientos biomecánicos, puesto que la actividad profesional de ganadero conlleva una carga física relevante, y el hecho de llevar implantado el DAI, conlleva el evitar fuentes de energía electromagnética, evitar actividades físicas intensas, y evitar situaciones de riesgo con vistas a evitar traumatismos, además que la implantación de un DAI supone la imposibilidad de obtener o prorrogar el permiso de conducir ordinario. Por las exigencias físicas, así como los riesgos, en relación con las repercusiones y afectaciones, es por lo que se le reconoció la pensión por incapacidad permanente en su grado de total con carácter vitalicio por enfermedad común en vía judicial, ante el Juzgado de lo Social. En la actualidad nuestro cliente es beneficiario de la Incapacidad Permanente Total, recibe una pensión de carácter vitalicio, y puede disfrutar de su familia (y ellos de él) sin preocupaciones laborales ni responsabilidades.   Si tus dolencias no te permiten trabajar, contacta con nosotros Somos especialistas en Incapacidades Laborales Permanentes. Teléfono: 985 220 905

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Aenfipa firma un convenio para unirse a la Mesa de Asuntos Sanitarios de Asturias

LA ASOCIACIÓN DE FIBROMIALGIA Y FATIGA CRÓNICA SUMA ESFUERZOS PARA EL DESARROLLO LABORAL PLENO DE LOS ASTURIANOS • Firma un convenio para unirse a la Mesa de Asuntos Sanitarios de Asturias y trabajar junto al Colegio de Terapeutas Ocupacionales y el despacho especialista Velázquez y Villa en la mejora de la calidad de vida de las personas con limitaciones de salud en su desarrollo profesional • Se trata de una iniciativa pionera a nivel nacional dirigida a generar conocimiento y formación sobre incapacidades y derecho laboral y de la Seguridad Social La presidenta de la Asociación de Enfermos de Fibromialgia y Fatiga Crónica del Principado de Asturias (AENFIPA), Alicia Suárez Taladrid, y la directora general de la firma de abogados ovetense Velázquez y Villa, María Teresa M. Villa, acaban de firmar un convenio de colaboración con el objetivo de sensibilizar, generar conocimiento y formación en torno a las limitaciones de salud en el desarrollo laboral pleno. Entre otras medidas, el convenio recoge la integración de AENFIPA en la Mesa de Asuntos Sanitarios que trabaja para identificar la realidad, inquietudes y necesidades de aquellas personas cuyas limitaciones de salud afectan a su desarrollo profesional pleno. Una cuestión de máxima relevancia sobre la que, en opinión de los especialistas Velázquez y Villa, es conveniente informar y sensibilizar. No en vano, “el desconocimiento sobre este asunto provoca ineficiencias y costes estimados a la Seguridad Social por encima de los 60 millones de euros al año”, según afirma María Teresa M. Villa. En la Mesa de trabajo está integrado también el Colegio de Terapeutas Profesionales de Asturias.                           La creación de la Mesa de Asuntos Sanitarios, en funcionamiento desde hace un año, conforma una iniciativa pionera a nivel nacional a través de la cual sus miembros aportan un valor tanto a las personas afectadas por problemas de salud ligados a incapacidades y bajas laborales de larga duración, como a los profesionales vinculados a esta realidad y a la sociedad en general. En la actualidad, fruto de su trabajo, se han lanzado varios webinars y documentación informativa-formativa y está en marcha un estudio para entender y conocer la realidad de estos “pacientes”. El trabajo de este Grupo se enmarca dentro del programa de Responsabilidad Social Empresarial de Velázquez y Villa, por lo que no conlleva costes económicos ni intercambio comercial alguno por parte de sus participantes.

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Velázquez y Villa protagoniza el APD Conecta de RRHH

El programa especializado de Recursos Humanos de APD Asturias cuenta este año con la colaboración exclusiva de Velázquez y Villa, que se ocupará de desgranar los principales motores de cambio y normativas que afectan a esta área estratégica en la actualidad. . La primera sesión se celebró en el mes de julio en Oviedo y permitió a María Teresa M. Villa y Manuel R. Velázquez, socios directores del despacho, informar a los responsables de RRHH de 20 compañías líderes asturianas, sobre las peculiaridades de las nuevas formas de relación laboral que se han derivado de la pandemia. La sesión contó con la colaboración del asesor jurídico Emilio Álvarez Mendoza. . . .

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incapacidad permanente total peon construccion

Reconocimiento de Incapacidad Permanente Total por Depresión

Conoce alguno de los casos de éxito más relevantes del despacho. Los problemas psíquicos pueden ser causa del reconocimiento de una Incapacidad Permanente Total. El Juzgado de los Social nº 6 de Oviedo, reconoció una Incapacidad Permanente Total, a nuestro cliente, peón de la construcción. Nuestro cliente padecía “Dx de episodio depresivo moderado en paciente con trastorno de la personalidad. Lumbalgia. Posible síndrome de apnea de sueño en estudio”. Acudió a nosotros tras agotar el plazo máximo de baja médica, tras agotar la baja médica y sin haber mejorado. Gracias a nuestra ayuda consiguió que le reconozcan que su enfermedad es crónica y que no le permite seguir ejerciendo su profesión habitual de peón de la construcción, profesión que conlleva desarrollar trabajos de fuerza, carga y porte de pesos, con un elevado grado de actividad física, en ambientes exteriores, y en obras, andamios y estructuras elevadas. Nuestro cliente ha conseguido una pensión de incapacidad permanente total para el ejercicio de su profesión habitual, con derecho a percibir una pensión vitalicia del 75% de su base reguladora.   Si tus dolencias no te permiten trabajar, contacta con nosotros Somos especialistas en Incapacidades Laborales Permanentes. Teléfono: 985 220 905

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IPA panadera Miriam

Reconocimiento de Incapacidad Permanente Absoluta a dependienta. Depresión.

Los problemas psíquicos pueden ser causa del reconocimiento de una Incapacidad Permanente Absoluta. El TSJ (Tribunal Superior de Justicia) de Asturias, reconoció una Incapacidad Permanente Absoluta, a nuestra clienta, dependienta de una panadería, por problemas psíquicos. Aunque en primera instancia el Juzgado de lo Social le reconoció la Incapacidad Permanente Total, el TSJ revocó dicha resolución declarando a nuestra clienta como afectada de un grado de incapacidad permanente absoluta. Nuestra clienta trabajaba como dependiente en una panadería y, debido a sus dolencias, quedó de baja. Tras ver que no mejoraba y que cada vez estaba peor, acudió a nosotros e iniciamos procedimiento de incapacidad permanente. Tenía diagnosticadas las siguientes enfermedades: trastorno depresivo recurrente, trastorno de pánico con agorafobia y trastorno mixto de la personalidad (rasgos esquizoides y dependientes). Gracias a nuestra ayuda ya había conseguido que le reconozcan una pensión de Incapacidad Permanente Total para el desempeño de su profesión habitual de dependienta, tras acreditar que su enfermedad interfiere en el desempeño de una profesión que conlleve capacidades de relación y empatía con terceras personas. Ahora hemos conseguido que le reconozcan una pensión de Incapacidad Permanente Absoluta, tras acreditar que su enfermedad interfiere en el desempeño cualquier profesión u oficio puesto que su cuadro clínico es difícilmente compaginable con la normal realización de actividad laboral reglada. En la actualidad nuestra clienta es beneficiaria de la Incapacidad Permanente Absoluta y recibe una pensión de carácter vitalicio del 100% de su base reguladora.   Si tus dolencias no te permiten trabajar, contacta con nosotros Somos especialistas en Incapacidades Laborales Permanentes. Teléfono: 985 220 905

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APD Conecta Recursos Humanos

APD Conecta! Recursos Humanos 2021-2022 vuelve un año más con tres encuentros dirigidos a los directores de recursos humanos, responsables de organización, cultura, personas y responsables jurídicos y de transformación de organizaciones en los que se abordarán a modo de refresh la actualidad en el ámbito laboral y las tendencias que están marcando el presente y redefiniendo el futuro en la gestión de personas. Temáticas que trataremos: -Teletrabajo y conciliación laboral. -Retención y atracción de talento en las organizaciones. -Engagement y políticas de retribución y recompensa. -Transfomación hacia un modelo de trabajo híbrido.   TODA  LA INFORMACIÓN AQUÍ

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HIPERPERSONALIZACIÓN para solucionar conflictos Sanitario-Laborales

LA NUEVA ESPAÑA. Mayo 2021 Nuevas fórmulas al alcance de sanitarios, empresas y juristas  La tendencia a la hiperpersonalización se impone en todos los sectores, también para la resolución de conflictos donde la salud limita el desarrollo laboral Velázquez y Villa se posiciona en una nueva forma de trabajar ad hoc cada caso Varias tendencias están arrollando la forma de trabajar de las empresas en todos los sectores: la economía circular, la movilidad sostenible, nuevas experiencias de compra, la digitalización… También la hiperpersonalización en los servicios que ofrecen es una nueva manera de hacer las cosas que se está imponiendo a todos los niveles, gracias en parte a las posibilidades que ofrecen las nuevas tecnologías aplicada a nuestro día a día. Los sectores sanitario y jurídico no son ajenos a estas circunstancias y así lo ha sabido ver el despacho jurídico radicado en Oviedo Velázquez y Villa, que siempre atento a la innovación y excelencia en su servicio, ha incorporado esta tendencia a su manera de abordar aquellos casos donde las limitaciones de salud impiden un desarrollo laboral pleno, con el consecuente conflicto que en muchas ocasiones se deriva de estas circunstancias entre empresa y trabajador. Con una metodología propia ampliamente probada y refrendada por sus exitosos resultados, hace tiempo que Velázquez y Villa aplica una fórmula ad hoc para trabajar cada caso. “No es lo mismo una depresión que otra, una fibromialgia que otra… por poner algunos ejemplos. Es imprescindible comprender cada situación de manera aislada y, sobre todo, su repercusión en el desarrollo laboral pleno de forma documentada”, según la directora general de la compañía, María Teresa M. Villa. Convencidos de la fiabilidad de su fórmula, Velázquez y Villa pone a disposición de sanitarios y empresas esta metodología para que ambas partes puedan ayudar con éxito a resolver aquellas circunstancias que puedan llegar a suponer un conflicto sanitario-laboral entre ambas partes, y, “lo que es más importante, contribuir a mejorar la calidad de vida de la persona afectada, que es el objetivo último y común que nos mueve a todos”, en palabras de María Teresa. Distimia y Fibromialgia, causas de incapacidad laboral Recientemente hemos visto una nueva prueba del éxito de esta fórmula aplicada a casos reales. Así, el Juzgado de lo Social nº 2 y el nº 6 de Oviedo reconocían el mes pasado sendas incapacidades permanentes totales a mujeres afectadas por fibromialgia y por distimia, respectivamente. Ambas dolencias son difíciles de diagnosticar y de acreditar su relación con la incapacidad para trabajar, si bien resultan enormemente limitantes cuando se padecen de manera crónica y grave, como eran estos casos. Las pacientes, auxiliar de enfermería una y coordinadora formadora la otra, cuentan ahora con la concesión de una renta vitalicia del 75% de su base reguladora, por no poder ejercer su profesión habitual. La directora general de Velázquez y Villa  valoraba positivamente la sensibilidad de las sentencias ante circunstancias que no hacían más que gravar las arcas de la Seguridad Social a través de sucesivas bajas temporales y subsidios sin visos de solución: “La incapacidad permanente es el recurso que tenemos como sociedad para garantizar nuestro estado de bienestar; es importante entender cuándo está justificada y aplicarla con buen criterio”. El Despacho jurídico Velázquez&Villa está ubicado en Oviedo y cuenta con 25 años de trayectoria profesional. Especializado en derecho laboral, civil y administrativo, ofrece un servicio jurídico de calidad y alta garantía de éxito, basado en su metodología propia y un amplio recorrido profesional.   Pincha aquí para conocer más casos de éxito Incapacidad Laboral VELÁZQUEZ&VILLA

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incapacidad permanente total lesiones accidente de trafico

Incapacidad Permanente Total incrementada, derivada de accidente de tráfico

Nuestro cliente sufrió un grave accidente de tráfico en el año 2017 por el cual atravesó un largo período de incapacidad temporal, y como consecuencia del cual sufrió múltiples fracturas a nivel de esternón, costillas, pelvis, fémur izquierdo, meseta tibial, peroné derecho, clavícula izquierda, y falanges de dedos 1º, 2º, 3º y 4º del pie derecho; además de un shock hemorrágico, insuficiencia renal aguda (resuelta), infartos renales, y rabodomiolisis (enfermedad producida por necrosis muscular). Se encontraba en situación de Convenio Especial. Actualmente presenta: “Politraumatismo (2017) con afectación en la marcha. Estenosis de canal S2. Discopatía degenerativa en L2-L3 y L4-L5 asociado a protusiones. EMG 06-20: Signos de denervación aguda y reinervación crónica leve con signos deficitarios en los territorios radiculares L5 y S1 derechos y reinervación crónica leve sin denervación aguda en el territorio radicular S1 izquierdo. Infarto renal con rabdomiolisis a estudio”. Se han conseguido acreditar las repercusiones para la actividad laboral, y que está limitado de manera sustancial para desempeñar las tareas esenciales inherentes a su actividad profesional en unas mínimas y suficientes condiciones de eficacia, permanencia y rendimiento, con exigencias de carga física, carga biomecánica a nivel de columna, hombro, codo, mano, caderas y rodillas media-alta; asimismo, la profesión requiere un elevado grado de exigencia para obtener un rendimiento mínimamente aceptable, por lo que ha sido declarada la pensión por incapacidad permanente en su grado de total (incrementada al 75%), con carácter vitalicio, en vía judicial. Actualmente nuestro cliente es beneficiario de la Incapacidad Permanente Total incrementada (75% de la Base Reguladora), y recibe una pensión de carácter vitalicio.   Si tus dolencias no te permiten trabajar, contacta con nosotros Somos especialistas en Incapacidades Laborales Permanentes. Teléfono: 985 220 905

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