Plazo de reincorporación tras la denegación de una Incapacidad Permanente: qué hacer y cuándo volver al trabajo

Si has recibido una resolución negativa del INSS, seguramente te preguntes cuál es el plazo reincorporación tras denegación incapacidad permanente y qué pasos debes seguir para evitar problemas con tu empresa. En este artículo te explicamos, de forma sencilla, todo lo que necesitas saber para gestionar correctamente esta situación.

Muchas personas desconocen cuál es el plazo de la reincorporación y que no hacerlo a tiempo puede acarrear graves consecuencias, por eso, esperamos que este artículo sea de utilidad.

¿Cuál es el plazo de reincorporación tras denegación de la incapacidad permanente?

Tras recibir una resolución negativa del INSS respecto a la solicitud de incapacidad permanente, el trabajador dispone de un plazo máximo de 24 horas desde la notificación para comunicar a la empresa su intención de reincorporarse y acudir al trabajo en el siguiente día laborable, salvo que ese día sea inhábil.

Este plazo reincorporación tras denegación incapacidad permanente no está fijado con exactitud en ninguna norma, pero el criterio jurisprudencial y la práctica empresarial entienden que la obligación de reincorporarse es inmediata tras el alta médica. Por ello, es fundamental que el trabajador comunique su situación a la empresa y se reincorpore cuanto antes para evitar que su ausencia sea interpretada como abandono del puesto.

Antes de seguir leyendo…

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¿Qué dice la ley sobre la reincorporación tras la denegación?

El marco legal que regula la reincorporación tras la denegación de la incapacidad se encuentra en el Estatuto de los Trabajadores y en la Ley General de la Seguridad Social.
La ley establece que, tras una denegación de la incapacidad, el alta médica emitida por el INSS obliga al trabajador a reincorporarse a su puesto en cuanto la resolución sea firme.

Además, el empresario está obligado a respetar su derecho a ocupar el mismo puesto de trabajo, no pudiendo cesarle únicamente por haber solicitado la incapacidad. La empresa, sin embargo, podrá iniciar procedimientos si la reincorporación no se produce en un plazo razonable, al considerar la ausencia como injustificada.

Plazo de reincorporación tras la denegación de una incapacidad permanente

¿Cuándo me tengo que incorporar al trabajo si me deniegan la incapacidad?

En la práctica, la incorporación debe realizarse el día siguiente a la notificación (si es laborable) o en el primer día laborable posterior.

No reincorporarse en plazo sin causa justificada puede traer consecuencias para el trabajador, incluso despido disciplinario por abandono de puesto.

Es importante subrayar que, aunque el trabajador siga considerando que no está en condiciones para trabajar, mientras no haya baja médica, debe reincorporarse o, en su defecto, acudir al médico para solicitar un nuevo parte de incapacidad temporal.

Consecuencias de no reincorporarse dentro del plazo establecido

El incumplimiento del plazo de reincorporación tras la denegación de incapacidad permanente puede acarrear importantes consecuencias:

  • Puede ser interpretado por la empresa como un abandono del puesto o falta injustificada.
  • Pérdida del puesto de trabajo por despido disciplinario por abandono del puesto.
  • Pérdida del derecho a percibir el salario durante la ausencia injustificada.
  • Posible reclamación de daños y perjuicios por parte de la empresa si genera perjuicios económicos u organizativos.

Por ello, es esencial no demorar la reincorporación, actuar con diligencia y mantener una buena comunicación con la empresa.

¿Qué hacer si no estoy en condiciones de reincorporarme al trabajo?

Hay una serie de acciones que puedes realizar:

  1. Solicitar las vacaciones acumuladas durante la Incapacidad Temporal.
  2. Solicitar a tu empleador una evaluación médica para evaluar si tu estado de salud es adecuado para volver al trabajo.
  3. Presentar una reclamación contra la resolución del INSS.

Aquí podrás ver qué hacer si no estás en condiciones de trabajar después de una denegación.

¿Quién comunica a la empresa la denegación de la incapacidad permanente?

El trabajador es responsable de notificar a la empresa la resolución del INSS. El INSS no informa directamente a la empresa de la denegación. La comunicación de la resolución negativa corresponde al trabajador, quien debe notificar a la empresa la resolución y presentarse en su puesto en el plazo adecuado.

Se recomienda entregar una copia de la resolución al departamento de recursos humanos o al responsable directo, dejando constancia por escrito de la fecha en la que se recibe la resolución y la fecha prevista de reincorporación.

¿Puedo pedir nueva baja tras denegación incapacidad permanente?

, es perfectamente posible solicitar una nueva baja médica por incapacidad temporal tras la denegación de la incapacidad, siempre y cuando exista un informe médico que lo justifique.

El hecho de que el INSS haya denegado la incapacidad permanente no significa que el trabajador esté plenamente recuperado o capacitado para trabajar. Si persisten las limitaciones para desempeñar el trabajo, el médico de cabecera o especialista puede emitir un nuevo parte de baja.

Resumen: plazo reincorporación tras denegación incapacidad permanente 2025

Aspecto Detalle
Plazo para reincorporarse Generalmente al día siguiente de recibir la notificación (o primer día laborable).
Base legal Estatuto de los Trabajadores y Ley General de la Seguridad Social.
Quién comunica a la empresa El trabajador debe informar y presentar copia de la resolución.
Consecuencias de no reincorporarse Posible despido disciplinario, pérdida de salario y de derechos.
Posibilidad de nueva baja médica Sí, si existe informe médico que lo justifique.
Cuando solicitar de nuevo la incapacidad Si hay agravamiento o nuevas patologías acreditadas, sin plazo mínimo obligatorio.

¿Cuándo puedo volver a solicitar incapacidad permanente en caso de denegación?

Tras una denegación, el trabajador puede iniciar un nuevo procedimiento para solicitar una nueva incapacidad permanente si:

  • Ha habido un empeoramiento relevante y acreditable de su estado de salud.
  • Ha aparecido una nueva patología o secuela incapacitante.
  • Se haya producido un cambio sustancial en tu estado de salud respecto al momento en que fue denegada.

No existe un plazo mínimo fijado para volver a solicitarla, pero es aconsejable que la nueva solicitud vaya acompañada de informes médicos actualizados y contundentes que demuestren las nuevas circunstancias, para aumentar las posibilidades de éxito.

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Artículo revisado jurídicamente por

María Teresa Menéndez Villa

En este artículo hemos visto el plazo reincorporación tras denegación incapacidad permanente en 2025, esperamos que el contenido haya sido de interés y utilidad.

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