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Incapacidad Permanente Absoluta por rotura de rodilla

El Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias estimó nuestra demanda de incapacidad permanente en grado de Absoluta por problemas de movilidad de rodilla de nuestro cliente. Nuestro cliente, peón forestal, sufrió un accidente en el trabajo que desencadenó en traumatismo en ambas piernas. Se le diagnosticó: Trombosis de la arteria, lesión del nervio peroneal, fractura de la tibia izquierda y del tercio distal de la tibia derecha. El INSS tan sólo le reconoció la Incapacidad Permanente Temporal IPT para su trabajo, al considerar que los problemas en las extremidades inferiores le permitían desempeñar otra actividad. Sin embargo, el trabajador no podía mantenerse en pie, necesitaba dos bastones para moverse, padece dolores neuropáticos. Todo esto provocaba que no pudiera trabajar. El INSS le negó la Incapacidad Permanente Absoluta (IPT), a pesar de dos intervenciones quirúrgicas, con limitaciones funcionales (incluso del tobillo), con engrosamiento de la rodilla de 4 cms y una atrofia en el cuádriceps de 4 cms. Acudió para la valoración jurídica de la posibilidad de intentar la incapacidad absoluta, y al considerarse viable tras la valoración del cuadro clínico, y la repercusión funcional, se formuló demanda ante los juzgados. El juzgado de lo Social mantuvo en su sentencia esa declaración en IPT, por lo que considerando las posibilidades, se recurrió en suplicación al Tribunal Superior de Justicia, que revocó la sentencia del juzgado y valoró que el cuadro que presentaba en las extremidades inferiores por su intensidad anula la capacidad laboral, al dejar tan mermada su deambulación, que es impensable un desempeño en términos normales de rendimiento y profesionalidad, declarándolo en situación de incapacidad permanente absoluta. Actualmente, por la confianza en la valoración inicial realizada, y las acciones emprendidas, el INSS ha sido obligado judicialmente a abonarle la pensión de incapacidad permanente absoluta. La cliente padece: Trombosis de la arteria poplítea izquierda, con lesión severa subaguda del nervio peroneal…, fractura de la tibia izquierda y del tercio distal de la tibia derecha… rotura completa de la rodilla izquierda… La orientación desde nuestros servicios jurídicos, sobre la base exclusiva de los informes asistenciales de los servicios médicos de la Sanidad Pública y de la Mutua de Accidentes de Trabajo, permitieron acreditar la incompatibilidad para cualquier tipo de trabajo. Nuestro cliente percibe su pensión, anualmente catorce pagas de su pensión de Incapacidad Permanente Absoluta.   Este es su testimonio: «Me ha mejorado la calidad de vida. Te cambia la vida al cien por cien». ¿Cómo conociste el Despacho? A través de un compañero, de un compañero del trabajo. Me habló de él y decidí venir. Concerté cita por teléfono. ¿Qué impresión recibiste en la primera visita al despacho? Bastante buena. Nada más entrar ya ves un ambiente que te da seguridad. Muy buen ambiente. ¿Se han interesado por tus necesidades? Sí, se ponían en contacto conmigo, para preguntar qué tal y saber cómo iba ¿Qué te decidió a contratar tras la primera visita? La forma de explicarte las cosas, te dicen las cosas claras, no andan con rodeos. Yo creo que fue eso. Te explican las cosas claras. ¿Qué características positivas destacarías? La franqueza, el decir las cosas muy claras. Que no tengas después malos entendidos. El trato es muy directo y te explican las cosas con claridad. ¿Cuál era tu situación personal al contratar los servicios? Acababa de salir de un ingreso de más de 6 meses, aparte de lo físico, también me encontraba mal a nivel mental, cansado. Físicamente con muchos dolores muchos inconvenientes para todo. Era todo nuevo, estaba acostumbrado a no depender de nadie para nada y de repente pasé a ser totalmente dependiente de terceras personas para muchas cosas. No podía hacer cosas sencillas como poner la mesa. Me sentía un poco inútil. ¿Qué miedos o inquietudes tenías? Muchísimas, me encontraba muy mal. No veías el futuro claro. Pensaba, «¿ahora qué pasa? ¿Ya no voy a poder trabajar otra vez?». No tenía ingresos. Es que son cosas que piensas muchas veces, les das muchas vueltas. ¿Qué tipo de problemas tenías? Tuve un accidente laboral, un accidente de trabajo. Tuve unas lesiones en las dos piernas por aplastamiento, un vuelco con un vehículo. Una de las piernas me quedo mal. A día de hoy tengo un montón de dolores impresionantes. Estoy tomando una media de cinco o seis calmantes al día. ¿Cómo cambió tu vida? Pues cambió mucho, ahora la tranquilidad que te da decir, esto lo tengo solucionado ¿En qué trabajabas? Peón forestal. Hacía talas de montes, reforestación, áreas recreativas. Todo lo que fuera relacionado con el monte. ¿Qué problemas y limitaciones tenías para desempeñar tu trabajo? Ya ninguno, para caminar necesito superficies igualadas, lisas. No puedo caminar en pendiente. Ni subir ni conducir un vehículo. Coger una motosierra o desbrozadora, que eran las tareas habituales, me son imposibles ahora. ¿Qué beneficios obtuviste con nuestra intervención profesional? Conseguí que me reconocieran el 100% de mi base de cotización que tenía. ¿Cómo te notificaron la sentencia? Manuel, me llamó por teléfono. Luego ya vine por la oficina y comentamos la sentencia. ¿Cuál fue tu reacción al conocer la sentencia? Al principio de incredulidad. Tenía confianza en que iba a salir bien, pero por otro lado intentaba no hacerme ilusiones, luego no se cumplen. Sorpresa: La respuesta fue un sí. ¿Qué beneficio obtuviste? Mejora la calidad de vida. Entras en una rueda que al principio lo ves todo negativo, y luego ya ves resultados y vuelves a verlo todo al revés. Te cambia la vida al cien por cien.   Si tus dolencias no te permiten trabajar, contacta con nosotros Somos especialistas en Incapacidades Laborales Permanentes. Teléfono: 985 220 905

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El usufructo en una herencia

El Código Civil define el usufructo como «el derecho a disfrutar los bienes ajenos con la obligación de conservar su forma y sustancia, a no ser que el título de su constitución o la ley autoricen otra cosa». Una de las casuísticas más comunes es el usufructo en una herencia. Es un derecho bastante flexible. Os lo contamos todo.

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Separación de bienes, ¿sí o no?

Tal vez por pereza, o quizás por romanticismo, o tal vez porque creemos que no nos vamos a divorciar. Todos ellos son motivos suficientes para que en España no sea tendencia la separación de bienes. No solemos acudir a preparar la capitulación de bienes. Sin embargo, según un estudio del INE, se produjeron durante el 2016 un total de 101.294 casos de nulidad, separación y divorcio, lo que supuso una tasa de 2,2 por cada 1.000 habitantes. Y Asturias está por encima de la media.

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Herencia: Planifica para que los tuyos no paguen de más

Caso de Velázquez & Villa. Hace escasamente un par de meses, uno de nuestros clientes, nos comentó que un familiar suyo se encontraba hospitalizado, en inminente peligro de muerte. Tras indicarnos que no había otorgado testamento y que sólo tenía un hijo, le aconsejamos un estudio personalizado. Rápidamente la familia se puso en contacto con nuestro despacho y nos facilitaron toda la información necesaria para realizarles el estudio ad hoc. Detectamos, un patrimonio con unos valores fiscales cercanos a los 320.000 Euros y, que el familiar no había otorgado testamento. Tras informar al interesado, se iniciaron urgentemente los trámites necesarios para otorgar testamento siguiendo nuestro asesoramiento. ¿CUÁL FUE EL RESULTADO? Hace unas semanas que liquidamos el impuesto siguiendo el encargo de la viuda y su hijo. La liquidación resultó negativa, sin importe alguno a ingresar por los herederos, y ello gracias a nuestro consejo y al testamento otorgado. QUÉ HUBIESE SUCEDIDO SI LOS HEREDEROS NO HUBIESEN PEDIDO NUESTRO CONSEJO LEGAL? Al carecer el finado de testamento, sus herederos estarían ante una sucesión abintestato (sin testamento), el hijo habría pagado nada más y nada menos que 38.440,80 Euros. Es noticia repetida hasta la saciedad en prensa que, entre las comunidades autónomas se ha abierto una especie de “pugna tributaria” que ha dado lugar a bonificaciones y reducciones que han terminado por establecer grandes diferencias entre lo que pagan por heredar o donar bienes en vida los ciudadanos de las distintas regiones. Precisamente Asturias quedó colocada en ese proceso a la cabeza de la presión fiscal sobre las herencias. Ante esta realidad, algunos asesores fiscales aconsejan medidas extravagantes y poco prácticas, como los empadronamientos de personas mayores en comunidades con un impuesto más bajo, como Madrid o Cantabria. Nosotros creemos en el MÉTODO Y LA PLANIFICACIÓN, mediante un estudio PERSONALIZADO del caso concreto, desde sus dos vertientes claves: la jurídica y la económica, con el fin de tratar con respeto tu voluntad, recogiéndola en el testamento de la forma legalmente idónea y con la menor repercusión fiscal posible, para salvaguardar tu patrimonio. En Velázquez & Villa tenemos dilatada experiencia en la gestión de este impuesto. Contamos con una amplia cartera de clientes, que confían en nuestros conocimientos a la hora de planificar el momento más delicado de nuestras vidas. Gracias a la confianza depositada en nuestro equipo de expertos, hemos gestionado con éxito, todo tipo de herencias, desde las más modestas integradas por fincas rústicas, hasta las más complejas, con patrimonios compuestos por activos financieros y fincas urbanas, pasando por los sofisticados entramados empresariales pertenecientes a grupos familiares. Nuestra experiencia nos dice que, si se analiza el hecho vital de la herencia desde el origen, hay soluciones legales sencillas y de fácil aplicación, encajando tu voluntad como testador en el marco legal a través de un testamento que, además de darte seguridad, permita a los tuyos ahorrar impuestos. ¡No dejes tu voluntad al libre albedrío! ¡Consúltanos! ¡Es el trabajo de tu vida lo que está en juego! Y recuerda que…. “Evitar los impuestos es el único esfuerzo intelectual que tiene recompensa”. John Maynard Keynes

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Nulidad y devolución de cláusula suelo y gastos hipotecarios

[spb_text_block pb_margin_bottom=»no» pb_border_bottom=»no» width=»2/3″ el_position=»first»] Solicitaron nuestros servicios para conseguir la nulidad y devolución de la cláusula suelo y  los gastos de su préstamo hipotecario, (gastos de Notaría, Gestoría, Registro e Impuesto) correspondientes por este tipo de operación y cobradas indebidamente por dichos conceptos.

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Crisis matrimonial y compensación económica

El papel de la mujer en el medio rural ha sido y es determinante para poder mantener actividades que van vinculadas a dicho medio y que han permitido mantener formas de vida que constituyen las señas de identidad de buena parte de España. Pese a ello, en muchos casos, las mujeres han visto cómo su vida laboral se desarrolla en la sombra, sin que reciban por su actividad laboral pago o contraprestación alguna. Entonces, ¿qué pasa cuando aparece una crisis matrimonial?

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