Nombre del autor:VyV Web

Separación y Divorcios Abogados Asturias

Separación de bienes, ¿sí o no?

Tal vez por pereza, o quizás por romanticismo, o tal vez porque creemos que no nos vamos a divorciar. Todos ellos son motivos suficientes para que en España no sea tendencia la separación de bienes. No solemos acudir a preparar la capitulación de bienes. Sin embargo, según un estudio del INE, se produjeron durante el 2016 un total de 101.294 casos de nulidad, separación y divorcio, lo que supuso una tasa de 2,2 por cada 1.000 habitantes. Y Asturias está por encima de la media.

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Herencia: Planifica para que los tuyos no paguen de más

Caso de Velázquez & Villa. Hace escasamente un par de meses, uno de nuestros clientes, nos comentó que un familiar suyo se encontraba hospitalizado, en inminente peligro de muerte. Tras indicarnos que no había otorgado testamento y que sólo tenía un hijo, le aconsejamos un estudio personalizado. Rápidamente la familia se puso en contacto con nuestro despacho y nos facilitaron toda la información necesaria para realizarles el estudio ad hoc. Detectamos, un patrimonio con unos valores fiscales cercanos a los 320.000 Euros y, que el familiar no había otorgado testamento. Tras informar al interesado, se iniciaron urgentemente los trámites necesarios para otorgar testamento siguiendo nuestro asesoramiento. ¿CUÁL FUE EL RESULTADO? Hace unas semanas que liquidamos el impuesto siguiendo el encargo de la viuda y su hijo. La liquidación resultó negativa, sin importe alguno a ingresar por los herederos, y ello gracias a nuestro consejo y al testamento otorgado. QUÉ HUBIESE SUCEDIDO SI LOS HEREDEROS NO HUBIESEN PEDIDO NUESTRO CONSEJO LEGAL? Al carecer el finado de testamento, sus herederos estarían ante una sucesión abintestato (sin testamento), el hijo habría pagado nada más y nada menos que 38.440,80 Euros. Es noticia repetida hasta la saciedad en prensa que, entre las comunidades autónomas se ha abierto una especie de “pugna tributaria” que ha dado lugar a bonificaciones y reducciones que han terminado por establecer grandes diferencias entre lo que pagan por heredar o donar bienes en vida los ciudadanos de las distintas regiones. Precisamente Asturias quedó colocada en ese proceso a la cabeza de la presión fiscal sobre las herencias. Ante esta realidad, algunos asesores fiscales aconsejan medidas extravagantes y poco prácticas, como los empadronamientos de personas mayores en comunidades con un impuesto más bajo, como Madrid o Cantabria. Nosotros creemos en el MÉTODO Y LA PLANIFICACIÓN, mediante un estudio PERSONALIZADO del caso concreto, desde sus dos vertientes claves: la jurídica y la económica, con el fin de tratar con respeto tu voluntad, recogiéndola en el testamento de la forma legalmente idónea y con la menor repercusión fiscal posible, para salvaguardar tu patrimonio. En Velázquez & Villa tenemos dilatada experiencia en la gestión de este impuesto. Contamos con una amplia cartera de clientes, que confían en nuestros conocimientos a la hora de planificar el momento más delicado de nuestras vidas. Gracias a la confianza depositada en nuestro equipo de expertos, hemos gestionado con éxito, todo tipo de herencias, desde las más modestas integradas por fincas rústicas, hasta las más complejas, con patrimonios compuestos por activos financieros y fincas urbanas, pasando por los sofisticados entramados empresariales pertenecientes a grupos familiares. Nuestra experiencia nos dice que, si se analiza el hecho vital de la herencia desde el origen, hay soluciones legales sencillas y de fácil aplicación, encajando tu voluntad como testador en el marco legal a través de un testamento que, además de darte seguridad, permita a los tuyos ahorrar impuestos. ¡No dejes tu voluntad al libre albedrío! ¡Consúltanos! ¡Es el trabajo de tu vida lo que está en juego! Y recuerda que…. “Evitar los impuestos es el único esfuerzo intelectual que tiene recompensa”. John Maynard Keynes

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Cláusula Suelo Abogados Asturias

Nulidad y devolución de cláusula suelo y gastos hipotecarios

[spb_text_block pb_margin_bottom=»no» pb_border_bottom=»no» width=»2/3″ el_position=»first»] Solicitaron nuestros servicios para conseguir la nulidad y devolución de la cláusula suelo y  los gastos de su préstamo hipotecario, (gastos de Notaría, Gestoría, Registro e Impuesto) correspondientes por este tipo de operación y cobradas indebidamente por dichos conceptos.

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Separaciones y Divorcios Abogados Asturias

Crisis matrimonial y compensación económica

El papel de la mujer en el medio rural ha sido y es determinante para poder mantener actividades que van vinculadas a dicho medio y que han permitido mantener formas de vida que constituyen las señas de identidad de buena parte de España. Pese a ello, en muchos casos, las mujeres han visto cómo su vida laboral se desarrolla en la sombra, sin que reciban por su actividad laboral pago o contraprestación alguna. Entonces, ¿qué pasa cuando aparece una crisis matrimonial?

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Incapacidad Laboral Auxiliar Sanitario Abogados Asturias

Agravación de una incapacidad permanente total a grado de absoluta

Nuestro cliente solicitó nuestros servicios puesto que, aunque tenía reconocida una IPT para su profesión habitual de auxiliar sanitario, debido a una agravación de sus dolencias estaba impedido para el desempeño de cualquier profesión u oficio y quería que así se lo reconocieran los tribunales para cobrar el 100% de su pensión. El cliente padece: Luxación recidivante de hombro derecho intervenida. Cervicalgia postrumática. Cardiopatía isquémica con enfermedad de un vaso” La preparación y orientación desde nuestros servicios jurídicos permitió el reconocimiento y declaración de la pensión por incapacidad permanente en su grado de ABSOLUTA para toda profesión u oficio con carácter vitalicio por enfermedad común en la vía judicial, con derecho al 100% de su Base Reguladora por medio de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias. En la actualidad nuestro cliente es beneficiario de Incapacidad Permanente en su grado de ABSOLUTA y recibe una pensión de carácter vitalicio por ello. Este es su testimonio: «Destaco, sobre todo, el buen trato hacia cada persona». ¿Cómo conociste el Despacho? A través de internet, lo vi en una publicación y decidí llamar para informarme. ¿Qué impresión recibiste al hablar con nosotros por teléfono? Buena, sí, buena. ¿En todo momento se interesaron por tus necesidades?   Sí. Tuviste una primera visita con nosotros, ¿qué fue lo que te decidió a contratar con Velázquez y Villa?  Porque viendo los informes me ofrecieron bastante garantía de que podía llegar a buen puerto el pleito. La información que se te fue dando fue clara, útil, detallada… ¿hubo una buena comunicación con el despacho?  Sí, la verdad es que sí. ¿Recomendarías nuestro despacho a tus amistades o conocidos?  Sí. ¿Qué características positivas destacarías?   El trato, el trato más que nada. El trato hacía la persona. Antes de contratarnos, ¿cuál era tu situación?  Tenía una incapacidad total, y por empeoramiento de la enfermedad y otras enfermedades que fueron llegando nuevas, pues decidí intentarlo. Por eso me puse en contacto con el despacho. ¿En qué trabajabas?  Desde que me dieron la incapacidad total tuve que buscarme la vida, de lo que saliera. Era auxiliar de enfermería, me dieron la incapacidad y luego después de eso de soldador, lo que me saliera… ¿Te sentiste bien asistido por el letrado? ¿Te transmitió tranquilidad?  Sí en principio sí. Las reuniones que tuve con el fueron muy bien, un trato muy cordial. La verdad es que muy bien. ¿Quién te notificó la sentencia?  Una de las letradas del despacho me lo comunicó. Me dijo que se había ganado… y muy bien. ¿Qué significa esto para tu vida?  Una alegría, fenomenal. Mucha alegría. Ya llevaba una temporada peleando y me dieron una alegría.   Si tus dolencias no te permiten trabajar, contacta con nosotros Somos especialistas en Incapacidades Laborales Permanentes. Teléfono: 985 220 905

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Declaración Renta Asturias

Novedades y fechas clave de la Declaración de la Renta 2017

El día 4 de abril arrancó la campaña de la Declaración de la Renta 2017. Se prolongará hasta el día 2 de julio. Esta es la fecha límite para presentar el borrador de aquellos contribuyentes obligados a hacerlo. Es decir, los que superen los 22.000€ de renta de un solo pagador. O los que, no haciéndolo, reciban rentas de más de 1.500€ de un segundo (o más) pagador.

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