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Qué es la Gran Invalidez, causas y ejemplos reales

¿Qué es la Gran Invalidez? La gran invalidez es una categoría dentro de las incapacidades laborales que se otorga a aquellas personas que, además de no poder realizar ningún tipo de actividad laboral, requieren de la asistencia constante de una tercera persona para realizar las actividades básicas de la vida diaria, como vestirse, alimentarse, desplazarse o asearse.

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qué es la Incapacidad Permanente Parcial

Qué es la Incapacidad Permanente Parcial: causas y beneficios

¿Qué es la Incapacidad Permanente Parcial? La Incapacidad Permanente Parcial es una situación en la que un trabajador, tras haber sufrido un accidente o enfermedad, presenta una reducción en su capacidad para desempeñar su trabajo habitual, pero sin que dicha limitación le impida completamente llevar a cabo las tareas fundamentales de su empleo.

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reforma estatuto trabajadores

El Gobierno aprueba eliminar el despido automático por Incapacidad Permanente

NOVEDAD JURÍDICA: Fin del Despido Automático en casos de Incapacidad Permanente En los últimos días está siendo noticia la aprobación por el Gobierno de una reforma del Estatuto de los Trabajadores que afecta a su artículo 49.1.E, que regula las causas de extinción del contrato de trabajo, previendo como una causa que permite extinguir la relación laboral, la muerte, gran invalidez o incapacidad permanente total o absoluta del trabajador, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 48.2”. La reforma del Estatuto de los Trabajadores eliminará este automatismo, de tal manera que la declaración de un trabajador en situación de Incapacidad Permanente no supondrá, per se, que el contrato de trabajo se extinga de manera inmediata y automática. ¿Cuál es la problemática que supone esto? Este es un cambio muy relevante y significativo, y que va a tener una afectación muy importante, especialmente para las empresas. Hasta ahora, el hecho de que un trabajador fuera reconocido en situación de incapacidad permanente, no supone un problema para el empleador, dado que el contrato queda extinguido y la relación laboral, por tanto, concluye. Sin embargo, lo que se pretende con este cambio es que el trabajador pueda continuar en la empresa, desarrollando otra actividad laboral compatible con sus limitaciones. Y, como empresa, la pregunta que surge es: ¿Cómo debo actuar? Las empresas tendrán que “hacer los ajustes razonables o el cambio de puesto de trabajo”. Sin embargo, estos conceptos resultan indeterminados y de difícil cuantificación. Lo que para la empresa resulte razonable puede no serlo para el trabajador. Situación que resulta problemática para empresas pequeñas o medianas, y para aquellas empresas que no tengan procedimientos adecuados para la valoración y descripción de puestos de trabajo. Pero también para las empresas más grandes, dado que tendrán que justificar el por qué no resulta posible adaptar el puesto del trabajador, o reubicarle en alguno de los puestos de trabajo disponibles en la empresa. Posibles problemáticas Son muchas las incógnitas que se plantean. Es previsible que aumente la litigiosidad derivada del desacuerdo entre empresa y trabajador, en lo relativo a los criterios que se adopten para valorar si es posible o no la adaptación del puesto de trabajo. Serán frecuentes los procedimientos de despido, que podrían terminar con la declaración de nulidad de despidos que se efectúen sin haber intentado la adaptación adecuada del puesto de trabajo. Parece que tendrán que ser los tribunales quienes vayan ajustando los límites y criterios respecto a la obligación de la empresa de realizar estas adecuaciones del puesto de trabajo. Lo más adecuado A falta aún de tener más concreción respecto al alcance de esta nueva exigencia para las empresas, la mejor alternativa es planificar adecuadamente cómo actuarán en este escenario, para evitar problemáticas en el futuro. Elaborar un plan específico para afrontar estas situaciones resulta muy beneficioso, y poder colaborar con los servicios de prevención de la empresa para conjuntamente dar una solución adecuada, proporcional y ajustada a derecho. ¿Tienes dudas? Te escuchamos: Mensaje Nombre Email Enviar

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peon especialista

Reconocimiento de Incapacidad Permanente Total por caídas recurrentes con facilidad, con episodios de frecuencia variable (con fracturas y lesiones)

Nuestro cliente trabajaba como peón especialista de demoliciones, padeciendo caídas frecuentes, continuadas, sin motivo aparente, siendo desconocida la patología que provoca las caídas -tanto en el trabajo como en la vida diaria-, a pesar de los estudios de los especialistas (del SESPA), pero constatando su existencia. Su situación conlleva un evidente riesgo propio y de terceros tanto si se producen mientras desempeña su profesión de peón especialista de demoliciones como en su vida diaria. Este riesgo se acentúa en el trabajo por el tratamiento anticoagulante que tiene pautado tras sufrir tromboembolismo pulmonar bilateral y trombosis venosa profunda en miembro inferior izquierdo, ya que los resultados de las caídas pueden resultar agravados por los efectos de dicho tratamiento. Acudió a nuestras oficinas el 14 de diciembre de 2022 y tras el examen y la valoración, se efectuó la orientación del caso, ante su extrema dificultad y la inexistencia de un diagnóstico pero con las repercusiones evidentes; se iniciaron los trámites administrativos frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, que rechazó cualquier declaración. Obligaron a acudir a la vía judicial y en sentencia de 28 de mayo de 2024 dictada por el Juzgado número 2 de lo Social de Oviedo, nuestro cliente fue declarado en situación de incapacidad permanente en el grado de total para su profesión habitual, con derecho a percibir el 75% de su base reguladora.      Si tus dolencias no te permiten trabajar, contacta con nosotros Somos especialistas en Incapacidades Laborales Permanentes. Teléfono: 985 220 905

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Incapacidad Permanente en grado de Absoluta

Reconocimiento de Incapacidad Permanente en grado de Absoluta por cuadro pluripatológico

El síndrome de fibromialgia (SFM) es una condición crónica y compleja que causa dolores generalizados y un agotamiento profundo, y también una variedad de otros síntomas acompañantes. La osteoartritis o artrosis es la enfermedad degenerativa articular más frecuente, caracterizada por la destrucción del cartílago hialino que recubre las superficies óseas. El cartílago es un tejido que hace de amortiguador al proteger los extremos de los huesos y que favorece el movimiento de la articulación. Los trastornos de la conducta alimentaria son un conjunto de alteraciones graves relacionadas con la ingesta de comida cuyo origen se encuentra en múltiples factores. Es un problema de salud mental que puede llegar a poner en peligro la vida de quien lo sufre.   Nuestra cliente trabajaba como dependienta de supermercado, pero las dolencias que sufría le impedían realizar de forma correcta las labores inherentes a su profesión. Nuestra clienta padece Trastorno de conducta alimentaria, Trastorno adaptativo con ánimo depresivo, Trastorno de personalidad, Artrosis cervical, Síndrome Femoropatelar bilateral. Fibromialgia y Omalgia. Acudió a nuestras oficinas el 19 de septiembre de 2022 y tras la orientación del caso, se iniciaron los trámites administrativos frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, el cual desestimó todas las pretensiones, alegando que las dolencias que padecía no eran susceptibles de una incapacidad permanente. Por lo tanto, se acudió a la vía judicial y en sentencia de 12 de abril de 2024 dictada por el Juzgado número 5 de lo Social de Oviedo, nuestra clienta fue declarada en situación de incapacidad permanente en el grado de absoluta para todo tipo de trabajo, con derecho a percibir el 100% de su base reguladora tras conseguir acreditar que las dolencias que padece son de entidad suficiente para impedirle desempeñar todo tipo de trabajo.   Si tus dolencias no te permiten trabajar, contacta con nosotros Somos especialistas en Incapacidades Laborales Permanentes. Teléfono: 985 220 905

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