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qué es la Incapacidad Permanente Parcial

Qué es la Incapacidad Permanente Parcial: causas y beneficios

¿Qué es la Incapacidad Permanente Parcial? La Incapacidad Permanente Parcial es una situación en la que un trabajador, tras haber sufrido un accidente o enfermedad, presenta una reducción en su capacidad para desempeñar su trabajo habitual, pero sin que dicha limitación le impida completamente llevar a cabo las tareas fundamentales de su empleo.

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reforma estatuto trabajadores

El Gobierno aprueba eliminar el despido automático por Incapacidad Permanente

NOVEDAD JURÍDICA: Fin del Despido Automático en casos de Incapacidad Permanente En los últimos días está siendo noticia la aprobación por el Gobierno de una reforma del Estatuto de los Trabajadores que afecta a su artículo 49.1.E, que regula las causas de extinción del contrato de trabajo, previendo como una causa que permite extinguir la relación laboral, la muerte, gran invalidez o incapacidad permanente total o absoluta del trabajador, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 48.2”. La reforma del Estatuto de los Trabajadores eliminará este automatismo, de tal manera que la declaración de un trabajador en situación de Incapacidad Permanente no supondrá, per se, que el contrato de trabajo se extinga de manera inmediata y automática. ¿Cuál es la problemática que supone esto? Este es un cambio muy relevante y significativo, y que va a tener una afectación muy importante, especialmente para las empresas. Hasta ahora, el hecho de que un trabajador fuera reconocido en situación de incapacidad permanente, no supone un problema para el empleador, dado que el contrato queda extinguido y la relación laboral, por tanto, concluye. Sin embargo, lo que se pretende con este cambio es que el trabajador pueda continuar en la empresa, desarrollando otra actividad laboral compatible con sus limitaciones. Y, como empresa, la pregunta que surge es: ¿Cómo debo actuar? Las empresas tendrán que “hacer los ajustes razonables o el cambio de puesto de trabajo”. Sin embargo, estos conceptos resultan indeterminados y de difícil cuantificación. Lo que para la empresa resulte razonable puede no serlo para el trabajador. Situación que resulta problemática para empresas pequeñas o medianas, y para aquellas empresas que no tengan procedimientos adecuados para la valoración y descripción de puestos de trabajo. Pero también para las empresas más grandes, dado que tendrán que justificar el por qué no resulta posible adaptar el puesto del trabajador, o reubicarle en alguno de los puestos de trabajo disponibles en la empresa. Posibles problemáticas Son muchas las incógnitas que se plantean. Es previsible que aumente la litigiosidad derivada del desacuerdo entre empresa y trabajador, en lo relativo a los criterios que se adopten para valorar si es posible o no la adaptación del puesto de trabajo. Serán frecuentes los procedimientos de despido, que podrían terminar con la declaración de nulidad de despidos que se efectúen sin haber intentado la adaptación adecuada del puesto de trabajo. Parece que tendrán que ser los tribunales quienes vayan ajustando los límites y criterios respecto a la obligación de la empresa de realizar estas adecuaciones del puesto de trabajo. Lo más adecuado A falta aún de tener más concreción respecto al alcance de esta nueva exigencia para las empresas, la mejor alternativa es planificar adecuadamente cómo actuarán en este escenario, para evitar problemáticas en el futuro. Elaborar un plan específico para afrontar estas situaciones resulta muy beneficioso, y poder colaborar con los servicios de prevención de la empresa para conjuntamente dar una solución adecuada, proporcional y ajustada a derecho. ¿Tienes dudas? Te escuchamos: Mensaje Nombre Email Enviar

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cefaleas

Reconocimiento de Incapacidad Permanente Absoluta por Cefaleas

Incapacidad Permanente Absoluta por Cefaleas CASOS DE ÉXITO Incapacidad junio 6, 2024 Profesión: Ingeniero Patología: Cefaleas Éxito: IPA El Caso: Nuestro cliente, un ingeniero de minas que llevaba años padeciendo un cuadro de cefaleas, por el que era tratado periódicamente, tras dejar de hacerle efecto la medicación y viéndose incapaz de seguir realizando su trabajo decidió acudir a nosotros. Se iniciaron los trámites frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social pero este desestimó el caso alegando que la patología no era susceptible de una incapacidad permanente. Por tanto, acudimos a la vía judicial. En sentencia del 12 de junio de 2024 nuestro cliente fue declarado en situación de incapacidad permanente en grado de absoluta para cualquier profesión u oficio, con derecho a percibir el 100% de su base reguladora. Tú también puedes tener derecho a una pensión. Cuéntanos tu situación: Otros casos de éxito:

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Covid

Declaración de Incapacidad Permanente Total a Autónomo con trabajadores por limitaciones neurológicas tras vacuna de Covid

Polineuropatía axonal motora aguda (AMAN) variante del síndrome de Guillain- Barré es una afección que causa una disminución en la capacidad para moverse y sentir (sensibilidad) debido a un daño neurológico.   Nuestro cliente trabajaba como autónomo, en la categoría de monitor de turismo activo, pero las dolencias que comenzó a padecer a nivel neurológico, tras administrársele la vacuna del COVID, entre las que destaca Polineuropatía axonal motora aguda (AMAN) variante del síndrome de Guillain- Barré, y las repercusiones de las mismas -pérdida de fuerza, equilibrio, movilidad y bipedestación, temblor de la mano izquierda, pérdida masa muscular, hormigueos, calambres, tropezones, caídas-, le impedían realizar las labores inherentes a su profesión. Acudió a nuestras oficinas el 1 de diciembre de 2022, y tras la valoración y orientación del caso, se iniciaron los trámites administrativos frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, que rechazó las pretensiones, al considerar que siendo autónomo podría contratar a quien hiciera su trabajo, además de que tenía trabajadores a su cargo, así como por considerar que las dolencias que padecía no eran susceptibles de una incapacidad permanente. Tuvo que demostrarse la profesión de monitor guía para actividades como paseos a caballo, canoas, Quad, así como las tareas desempeñadas como autónomo (más allá de la mera titularidad de una actividad), por lo que se acreditó a través de prueba documental objetiva. Tras acudir a la vía judicial, fue dictada sentencia de 11 de junio de 2024 por el Juzgado número 5 de lo Social de Oviedo, y declarado en situación de incapacidad permanente en el grado de total para su profesión habitual, con derecho a percibir el 55% de su base reguladora.      Si tus dolencias no te permiten trabajar, contacta con nosotros Somos especialistas en Incapacidades Laborales Permanentes. Teléfono: 985 220 905

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albañil autónomo

Reconocimiento de Incapacidad Permanente Total a Albañil Autónomo por Hipoacusia

La hipoacusia bilateral es la pérdida de la capacidad auditiva que se da en los dos oídos. Cuando tan solo afecta a un oído hablamos de hipoacusia unilateral. Entre los principales síntomas encontramos: Dificultad para entender o mantener una conversación con otra persona.   Nuestro cliente trabajaba como autónomo-albañil. La hipoacusia severa que presentaba le impedía realizar de forma correcta las labores inherentes a su profesión, pues le limitaba para tareas de riesgo, con exposición laboral a ruido, y le impedía la realización de las tareas propias de su profesión habitual de albañil, pues no puede: subirse a alturas, estar expuesto a ambientes ruidosos, comunicarse con sus compañeros, percibir los posibles riesgos que implican las máquinas que trabajan en la obra, etc. La dolencia dificulta enormemente la comunicación verbal con otros empleados, y entraña un indudable riesgo para él mismo y para terceros, además de padecer acúfenos, con las limitaciones que también le ocasionan a nivel psíquico, además de la necesidad de coordinarse para la ejecución de las obras y participar en reuniones con los restantes trabajadores y oficios. Acudió a nuestras oficinas a finales de 2022, y tras la orientación y valoración del caso, decidimos asumirlo, y se iniciaron los trámites administrativos frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, que rechazó las pretensiones, al considerar que se trataba de un autónomo que no necesitaba instrucciones y sin necesidad de relacionarse con terceros, además de no ser las dolencias que padecía susceptibles de una incapacidad permanente. Por lo tanto, se acudió a la vía judicial y en sentencia de 13 de marzo de 2024 dictada por el Juzgado número 1 de lo Social de Oviedo, nuestro cliente fue declarado en situación de incapacidad permanente en el grado de Total para su profesión habitual con derecho a percibir el 55% de su base reguladora.      Si tus dolencias no te permiten trabajar, contacta con nosotros Somos especialistas en Incapacidades Laborales Permanentes. Teléfono: 985 220 905

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peon especialista

Reconocimiento de Incapacidad Permanente Total por caídas recurrentes con facilidad, con episodios de frecuencia variable (con fracturas y lesiones)

Nuestro cliente trabajaba como peón especialista de demoliciones, padeciendo caídas frecuentes, continuadas, sin motivo aparente, siendo desconocida la patología que provoca las caídas -tanto en el trabajo como en la vida diaria-, a pesar de los estudios de los especialistas (del SESPA), pero constatando su existencia. Su situación conlleva un evidente riesgo propio y de terceros tanto si se producen mientras desempeña su profesión de peón especialista de demoliciones como en su vida diaria. Este riesgo se acentúa en el trabajo por el tratamiento anticoagulante que tiene pautado tras sufrir tromboembolismo pulmonar bilateral y trombosis venosa profunda en miembro inferior izquierdo, ya que los resultados de las caídas pueden resultar agravados por los efectos de dicho tratamiento. Acudió a nuestras oficinas el 14 de diciembre de 2022 y tras el examen y la valoración, se efectuó la orientación del caso, ante su extrema dificultad y la inexistencia de un diagnóstico pero con las repercusiones evidentes; se iniciaron los trámites administrativos frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, que rechazó cualquier declaración. Obligaron a acudir a la vía judicial y en sentencia de 28 de mayo de 2024 dictada por el Juzgado número 2 de lo Social de Oviedo, nuestro cliente fue declarado en situación de incapacidad permanente en el grado de total para su profesión habitual, con derecho a percibir el 75% de su base reguladora.      Si tus dolencias no te permiten trabajar, contacta con nosotros Somos especialistas en Incapacidades Laborales Permanentes. Teléfono: 985 220 905

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revisión de incapacidad

Mantenimiento de Incapacidad Permanente Total. Procedimiento de Revisión de incapacidad permanente.

El INSS revocó en 2023 la situación de IPT declarada en 2017 a una monitora deportiva tras comenzar a trabajar en 2021 como auxiliar administrativa. Se formuló demanda frente a la revocación, acreditando en el acto del juicio la inexistencia de mejora sustancial alguna, sin tratamiento sanador, por lo que debe mantenerse alejada de cualquier esfuerzo físico, pudiendo desempeñar tareas más livianas (como la de administrativo).  Destaca como repercusión la trombosis venosa profunda vena subclavia y axilar izquierda, portadora de heterogocito factor II, discopatía desde C2-C3 a C5-C6.          La trombosis venosa profunda (TVP) es una afección que ocurre cuando se forma un coágulo de sangre en una vena profunda. La discopatía es una patología de la columna vertebral que puede llegar a ocasionar un dolor tan intenso que nos incapacite para realizar actividades cotidianas, trabajar o disfrutar de una buena calidad de vida   Nuestra cliente trabajaba como Monitora deportiva, pero las dolencias que sufría, entre las que destaca trombosis venosa profunda vena subclavia y axilar izquierdas resuelta, portadora de heterogocito factor II 20210, discopatía desde C2-C3 a C5-C6., y las repercusiones de las mismas, le impedían realizar de forma correcta las labores inherentes a su profesión, por lo que fue declarada en situación de IPT tras sentencia del Juzgado de Ponferrada (en 17 de Octubre de 2017). Accedió al cabo de unos años a un nuevo puesto de trabajo como auxiliar administrativo, por lo que a continuación el INSS inició un procedimiento de revisión de incapacidad permanente, que concluyó con la revocación por una “mejoría de sus dolencias”. Acudió a nuestras oficinas en Julio de 2023 y tras la orientación del caso, se formularon acciones frente al INSS, que confirmó la revocación. Manteniendo nuestro criterio  de protegerla frente a cualquier exposición a elevados requerimientos físicos (y las pretensiones), se acudió a la vía judicial y en sentencia de 22 de abril de 2024 dictada por el Juzgado número 1 de lo Social de Ponferrada, nuestra cliente fue repuesta en situación de incapacidad permanente en el grado de total para su profesión habitual, con derecho a percibir el 55% de su base reguladora, desde la fecha de la revocación, con estimación de todos nuestros argumentos.      Si tus dolencias no te permiten trabajar, contacta con nosotros Somos especialistas en Incapacidades Laborales Permanentes. Teléfono: 985 220 905

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