CASOS DE ÉXITO Incapacidad

Incapacidad permanente problemas reumáticos

Incapacidad permanente absoluta por problemas reumáticos

El Juzgado de lo Social nº 3 de Oviedo estimó nuestra demanda de incapacidad permanente por enfermedades reumáticas.  El cliente, de 57 años y peón de profesión, necesitó de nuestros servicios. A pesar de tener reconocida hace años una incapacidad permanente total, se había agravado de tal manera que consideraba que en nada podía trabajar. Solicitó la revisión por agravación y se la denegaron, alegando que no era suficiente agravación y limitación. Su situación, sin poder trabajar y con prestaciones económicas muy limitadas, determinó que junto a su hermana acudiese a nuestro despacho para recibir ayuda profesional. Se les orientó y justificó para reclamar la incapacidad permanente absoluta (para todo trabajo), y con nuestro asesoramiento se consiguió sentencia estimatoria de la incapacidad permanente absoluta, ante el Juzgado de lo Social. El cliente padece: Escleromiositis (colagenosis tipo overlap) a tratamiento con terapia biológica y corticoides. Broquiectasias del lóbulo medio, Insufiencia respiratoria, Síndrome de Apnea Obstructiva del sueño, Esteatosis hepática, Litiasis renal, Osteonecrosis del semilunar de la mano derecha y del escafoide del pie izquierdo, Pseudoartrosis del escafoides de mano izquierda. La preparación y orientación desde nuestros servicios jurídicos, frente a la denegación de la agravación de la incapacidad, permitió acreditar tanto la agravación de las dolencias como la imposibilidad de desempeñar cualquier tipo de actividad, y con ello, el reconocimiento judicial de la pensión en grado de absoluta, al 100% de la base reguladora actualizada. Nuestro cliente percibe anualmente catorce pagas de su pensión de Incapacidad Permanente Absoluta, sin retención alguna ni obligación de declarar a la AEAT por esos importes: mantiene una vida personal y familiar limitada por sus dolencias y afecciones, sin ninguna preocupación económica, centrándose en su familia.   Este es su testimonio: «Mi impresión del despacho es maravillosa. Igual que el trato desde que entras por la puerta«. ¿Cómo conociste el Despacho? Fue por mediación de mi hermana, le solucionaron un problema a una amiga de ella y nos lo aconsejó. ¿Qué impresión recibiste en la primera visita al despacho? Maravillosa, no hay palabras. La amabilidad desde la puerta hasta el despacho fue total. ¿Se han interesado por tus necesidades? Sí, en el momento que vio que la cosa podía ir para adelante. ¿Qué te decidió a contratar tras la primera visita?  Mi hermana, que me convenció. Me dijo que si Manuel lo veía, era que se podía conseguir. Entonces dije: «pues adelante». Una vez contratado ¿consideras que obtuviste una información clara, detallada y útil por parte del responsable del expediente? Si, en todo momento. Tanto a mi hermana como a mí nos tuvieron al tanto. ¿Te informaron correctamente de la marcha de tu expediente? Cuando salía una cosa llamaban e informaban. Cuando necesitaban algo nos llamaban, mi hermana se ocupaba, porque vive más cerca. ¿Recomendarías a terceros nuestro despacho? Sí, por supuesto. Por seriedad y cercanía. No tengo palabras para calificarlo, todo fue bueno. ¿Qué características positivas destacarías? El trato humano. Desde que entraba uno por la puerta, hasta el despacho. Del despacho a la puerta de salida, no hay palabras para describirlo. Muy bueno, muy bueno todo. ¿Cuál era tu situación personal al contratar los servicios? Yo intentaba ver si conseguía lo que conseguí. Físicamente no estoy para trabajar, casi no estoy para hacer una vida normal, menos para trabajar. Fui a dos tribunales y todos decían que estaba bien para trabajar. ¿Qué tipo de problemas tenías? De todo un poco, tengo una enfermedad rara. Una multipatología. ¿En qué trabajabas? Estuve muchos años en la marina mercante. Pero llevo unos 10 años con una incapacidad total. Ya no podía más. ¿Crees que desde que contrataste los servicios hasta que recibiste la sentencia transcurrió un tiempo razonable? Fueron los plazos que marcaron, sí. Esta todo medido según me explico Manuel. Estuvo todo medido. Yo pensaba que iba a ser más tiempo. ¿Qué beneficios obtuviste con nuestra intervención profesional? Conseguí lo que buscaba, la absoluta. ¿Quién te la notifico? Me llamó Manuel por teléfono y luego me envió la sentencia por correo. Yo no me puedo desplazar con facilidad. Estuvo mi hermana también. ¿Cuál fue tu reacción al conocer la sentencia? Una alegría, la leí sesenta mil veces, contento. De haberlo sabido lo hubiese hecho antes. ¿Qué beneficio obtuviste? Fue el dinero mejor invertido. Estoy ganando el doble de lo que ganaba antes. Eso ya da un poco de aire.     Si tus dolencias no te permiten trabajar, contacta con nosotros Somos especialistas en Incapacidades Laborales Permanentes. Teléfono: 985 220 905

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Incapacidad absoluta rotura rodilla

Incapacidad Permanente Absoluta por rotura de rodilla

El Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias estimó nuestra demanda de incapacidad permanente en grado de Absoluta por problemas de movilidad de rodilla de nuestro cliente. Nuestro cliente, peón forestal, sufrió un accidente en el trabajo que desencadenó en traumatismo en ambas piernas. Se le diagnosticó: Trombosis de la arteria, lesión del nervio peroneal, fractura de la tibia izquierda y del tercio distal de la tibia derecha. El INSS tan sólo le reconoció la Incapacidad Permanente Temporal IPT para su trabajo, al considerar que los problemas en las extremidades inferiores le permitían desempeñar otra actividad. Sin embargo, el trabajador no podía mantenerse en pie, necesitaba dos bastones para moverse, padece dolores neuropáticos. Todo esto provocaba que no pudiera trabajar. El INSS le negó la Incapacidad Permanente Absoluta (IPT), a pesar de dos intervenciones quirúrgicas, con limitaciones funcionales (incluso del tobillo), con engrosamiento de la rodilla de 4 cms y una atrofia en el cuádriceps de 4 cms. Acudió para la valoración jurídica de la posibilidad de intentar la incapacidad absoluta, y al considerarse viable tras la valoración del cuadro clínico, y la repercusión funcional, se formuló demanda ante los juzgados. El juzgado de lo Social mantuvo en su sentencia esa declaración en IPT, por lo que considerando las posibilidades, se recurrió en suplicación al Tribunal Superior de Justicia, que revocó la sentencia del juzgado y valoró que el cuadro que presentaba en las extremidades inferiores por su intensidad anula la capacidad laboral, al dejar tan mermada su deambulación, que es impensable un desempeño en términos normales de rendimiento y profesionalidad, declarándolo en situación de incapacidad permanente absoluta. Actualmente, por la confianza en la valoración inicial realizada, y las acciones emprendidas, el INSS ha sido obligado judicialmente a abonarle la pensión de incapacidad permanente absoluta. La cliente padece: Trombosis de la arteria poplítea izquierda, con lesión severa subaguda del nervio peroneal…, fractura de la tibia izquierda y del tercio distal de la tibia derecha… rotura completa de la rodilla izquierda… La orientación desde nuestros servicios jurídicos, sobre la base exclusiva de los informes asistenciales de los servicios médicos de la Sanidad Pública y de la Mutua de Accidentes de Trabajo, permitieron acreditar la incompatibilidad para cualquier tipo de trabajo. Nuestro cliente percibe su pensión, anualmente catorce pagas de su pensión de Incapacidad Permanente Absoluta.   Este es su testimonio: «Me ha mejorado la calidad de vida. Te cambia la vida al cien por cien». ¿Cómo conociste el Despacho? A través de un compañero, de un compañero del trabajo. Me habló de él y decidí venir. Concerté cita por teléfono. ¿Qué impresión recibiste en la primera visita al despacho? Bastante buena. Nada más entrar ya ves un ambiente que te da seguridad. Muy buen ambiente. ¿Se han interesado por tus necesidades? Sí, se ponían en contacto conmigo, para preguntar qué tal y saber cómo iba ¿Qué te decidió a contratar tras la primera visita? La forma de explicarte las cosas, te dicen las cosas claras, no andan con rodeos. Yo creo que fue eso. Te explican las cosas claras. ¿Qué características positivas destacarías? La franqueza, el decir las cosas muy claras. Que no tengas después malos entendidos. El trato es muy directo y te explican las cosas con claridad. ¿Cuál era tu situación personal al contratar los servicios? Acababa de salir de un ingreso de más de 6 meses, aparte de lo físico, también me encontraba mal a nivel mental, cansado. Físicamente con muchos dolores muchos inconvenientes para todo. Era todo nuevo, estaba acostumbrado a no depender de nadie para nada y de repente pasé a ser totalmente dependiente de terceras personas para muchas cosas. No podía hacer cosas sencillas como poner la mesa. Me sentía un poco inútil. ¿Qué miedos o inquietudes tenías? Muchísimas, me encontraba muy mal. No veías el futuro claro. Pensaba, «¿ahora qué pasa? ¿Ya no voy a poder trabajar otra vez?». No tenía ingresos. Es que son cosas que piensas muchas veces, les das muchas vueltas. ¿Qué tipo de problemas tenías? Tuve un accidente laboral, un accidente de trabajo. Tuve unas lesiones en las dos piernas por aplastamiento, un vuelco con un vehículo. Una de las piernas me quedo mal. A día de hoy tengo un montón de dolores impresionantes. Estoy tomando una media de cinco o seis calmantes al día. ¿Cómo cambió tu vida? Pues cambió mucho, ahora la tranquilidad que te da decir, esto lo tengo solucionado ¿En qué trabajabas? Peón forestal. Hacía talas de montes, reforestación, áreas recreativas. Todo lo que fuera relacionado con el monte. ¿Qué problemas y limitaciones tenías para desempeñar tu trabajo? Ya ninguno, para caminar necesito superficies igualadas, lisas. No puedo caminar en pendiente. Ni subir ni conducir un vehículo. Coger una motosierra o desbrozadora, que eran las tareas habituales, me son imposibles ahora. ¿Qué beneficios obtuviste con nuestra intervención profesional? Conseguí que me reconocieran el 100% de mi base de cotización que tenía. ¿Cómo te notificaron la sentencia? Manuel, me llamó por teléfono. Luego ya vine por la oficina y comentamos la sentencia. ¿Cuál fue tu reacción al conocer la sentencia? Al principio de incredulidad. Tenía confianza en que iba a salir bien, pero por otro lado intentaba no hacerme ilusiones, luego no se cumplen. Sorpresa: La respuesta fue un sí. ¿Qué beneficio obtuviste? Mejora la calidad de vida. Entras en una rueda que al principio lo ves todo negativo, y luego ya ves resultados y vuelves a verlo todo al revés. Te cambia la vida al cien por cien.   Si tus dolencias no te permiten trabajar, contacta con nosotros Somos especialistas en Incapacidades Laborales Permanentes. Teléfono: 985 220 905

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Incapacidad permanente trastorno obsesivo compulsivo TOC

Incapacidad permanente por Trastorno Obsesivo Compulsivo

El Juzgado de lo Social nº 5 de Oviedo estimó nuestra demanda de incapacidad permanente en grado de absoluta por Trastorno Obsesivo Compulsivo TOC. Un mecánico ajustador, de 52 años, excelente profesional, comenzó a padecer obsesiones como la necesidad de comprobar múltiples veces su trabajo, creyendo que un fallo suyo en una reparación puede traer graves consecuencias, con desasosiego y ocupación de mucho tiempo. Su problema era la necesidad de comprobar múltiples veces la corrección de lo que hacía, y se obsesionaba con ello, con la preocupación de que no hubiese ejecutado correctamente el trabajo, y las consecuencias perjudiciales derivadas que podían provocar a terceros. Se obsesionaba y padecía ansiedad. Dentro del trastorno obsesivo compulsivo se pueden decir que sufre un TOC del tipo repetidores, en el que aquellas personas que lo padecen se empeñan en ejecutar acciones de manera repetitiva. El término neurosis obsesiva fue acuñado por Sigmund Freud y desde entonces aparece en todas las clasificaciones de enfermedades mentales, si bien, podemos diferenciar dentro de ellas dos tipos: Trastorno obsesivo compulsivo, un trastorno clínico. Trastorno obsesivo compulsivo de la personalidad, un trastorno de personalidad. Existen diferentes tipos de TOC, podemos encontrar  compulsiones externas o internas (obsesiones puras) aunque podemos concluir que aun se desconoce la causa. Le trataron, sin reconocerle la incapacidad y manteniendo que podía trabajar en cualquier empleo. Ante esa situación, su familia (padre y madre), acudieron para intentar buscar una solución a su problema. Se valoraron las circunstancias, las dolencias, las repercusiones y obsesiones, los tratamientos y se reclamó la incapacidad permanente absoluta. Actualmente, y tras la orientación y las acciones emprendidas, el INSS ha sido obligado judicialmente a abonarle la pensión de incapacidad permanente absoluta. El cliente padece: Diagnosticado de trastorno Obsesivo Compulsivo y trastorno anancastico de personalidad. La preparación y orientación desde nuestros servicios jurídicos, con el inicial examen y valoración de los informes asistenciales de los servicios médicos de la Sanidad Pública, permitieron acreditar la imposibilidad e incompatibilidad para el cumplimiento de todo tipo de tareas. Las personas con TOC  presentan graves dificultades de adaptación y afrontamiento a situaciones nuevas, con rituales de comprobación compulsivos y conductas de evitación que afectan a la esfera personal, social y laboral. Nuestro cliente percibe su pensión íntegramente, sin retenciones. de Incapacidad Permanente por Trastorno Obsesivo Compulsivo TOC en grado absoluto.  Anualmente son catorce pagas. Los padres de edad avanzada, tienen un descanso vital y una tranquilidad familiar, pues el problema económico de su único hijo ha sido resuelto. Este es su testimonio: «Me cambio mucho la vida, ahora tengo una cosa que no tenía antes: tranquilidad». ¿Cómo conociste el Despacho? Por otro tema familiar que ya nos había llevado Manuel, quedamos muy a gusto y repetimos ¿Qué impresión recibiste en la primera visita al despacho? Bastante agradable, me trato muy bien. Me explicó las cosas como son, muy sencillamente, para que las entendiera y las entendí perfectamente y mis padres que iban conmigo también. ¿Cómo calificarías el trato personal recibido por el personal del despacho? Con Melania encantadísimo, con ella muy bien, muy bien. Y con Manuel no se puede pedir más. ¿Se han interesado por tus necesidades? No se interesaron por mis necesidades, se desvivieron por mis necesidades que es distinto. Muy atentos y exquisitamente. ¿Qué te decidió a contratar tras la primera visita? Me pareció gente muy formal y ya teníamos experiencia con él, y vamos muy bien. Una vez contratado ¿consideras que obtuviste una  información clara, detallada y útil por parte del responsable del expediente?  Sí. en todo momento. Con Melania y Manuel muy pendientes de todo. ¿Te informaron correctamente de la marcha de tu expediente? Si, sí. Fueron diciéndome lo que había, como estaba y si tenía que hacer algún papel. ¿Recomendarías a terceros nuestro despacho? Ya lo he hecho, sí. ¿Qué características positivas destacarías? Sobre todo, sobre todo el trato. ¿Cuál era tu situación personal al contratar los servicios? Tuve un problema con mi jefe, en el trabajo. Fue un problema laboral. Lo consultaron mis padres con Manuel, yo no fui. Fue Manuel el que nos aconsejó la solicitud de la incapacidad. Nos preguntó que cómo estaba trabajando con la situación que tenía. ¿Qué miedos o inquietudes tenías? Empezamos a ver la situación que yo tenía.  Nos aconsejó y fue diciéndonos lo que teníamos que hacer. Fuimos haciendo tal cual nos dijo Manuel. ¿Qué tipo de problemas tenías? Problemas con la empresa. ¿En qué trabajabas? Mecánico ajustador ¿Crees que desde que contrataste los servicios hasta que recibiste la sentencia transcurrió un tiempo razonable? La verdad, Manuel me dijo los plazos y se cumplieron como me dijo. Me lo dijo cuando hablamos la primera vez y se cumplieron. ¿Qué beneficios obtuviste con nuestra intervención profesional? Todos, una tranquilidad, sigo estando mal, no estoy bien ni estaré, estoy crónico. Pero dentro de esto, el poder llevar la vida. ¿Te sentiste bien asistido en todo momento? Si, si no tengo queja de ningún tipo. ¿Te transmitieron los letrados tranquilidad? Muchísima. ¿Cómo te notificaron la sentencia? Me la notificó Manuel, me llamo por teléfono y me la comunicó. Me dijo que había que esperar uno días por si recurrían. Cuando pasó el tiempo me volvió a llamar y me dijo: «la sentencia es definitiva». ¿Cuál fue tu reacción al conocer la sentencia? Una tranquilidad inmensa. No lo esperábamos, no lo íbamos buscando. ¿Qué beneficio obtuviste? La incapacidad total. ¿Cómo te cambió la vida? Me cambio mucho la vida, ahora tengo una cosa que no tenía antes: tranquilidad. Yo hacía las cosas y tenía la necesidad de que la cosa fuera perfecta de comprobarla mil y una vez, por nimia que fuera. Entonces, al desaparecer esa angustia, me cambió la vida, claro.   Si tus dolencias no te permiten trabajar, contacta con nosotros Somos especialistas en Incapacidades Laborales Permanentes. Teléfono: 985 220 905

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Incapacidad Laboral Auxiliar Sanitario Abogados Asturias

Agravación de una incapacidad permanente total a grado de absoluta

Nuestro cliente solicitó nuestros servicios puesto que, aunque tenía reconocida una IPT para su profesión habitual de auxiliar sanitario, debido a una agravación de sus dolencias estaba impedido para el desempeño de cualquier profesión u oficio y quería que así se lo reconocieran los tribunales para cobrar el 100% de su pensión. El cliente padece: Luxación recidivante de hombro derecho intervenida. Cervicalgia postrumática. Cardiopatía isquémica con enfermedad de un vaso” La preparación y orientación desde nuestros servicios jurídicos permitió el reconocimiento y declaración de la pensión por incapacidad permanente en su grado de ABSOLUTA para toda profesión u oficio con carácter vitalicio por enfermedad común en la vía judicial, con derecho al 100% de su Base Reguladora por medio de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias. En la actualidad nuestro cliente es beneficiario de Incapacidad Permanente en su grado de ABSOLUTA y recibe una pensión de carácter vitalicio por ello. Este es su testimonio: «Destaco, sobre todo, el buen trato hacia cada persona». ¿Cómo conociste el Despacho? A través de internet, lo vi en una publicación y decidí llamar para informarme. ¿Qué impresión recibiste al hablar con nosotros por teléfono? Buena, sí, buena. ¿En todo momento se interesaron por tus necesidades?   Sí. Tuviste una primera visita con nosotros, ¿qué fue lo que te decidió a contratar con Velázquez y Villa?  Porque viendo los informes me ofrecieron bastante garantía de que podía llegar a buen puerto el pleito. La información que se te fue dando fue clara, útil, detallada… ¿hubo una buena comunicación con el despacho?  Sí, la verdad es que sí. ¿Recomendarías nuestro despacho a tus amistades o conocidos?  Sí. ¿Qué características positivas destacarías?   El trato, el trato más que nada. El trato hacía la persona. Antes de contratarnos, ¿cuál era tu situación?  Tenía una incapacidad total, y por empeoramiento de la enfermedad y otras enfermedades que fueron llegando nuevas, pues decidí intentarlo. Por eso me puse en contacto con el despacho. ¿En qué trabajabas?  Desde que me dieron la incapacidad total tuve que buscarme la vida, de lo que saliera. Era auxiliar de enfermería, me dieron la incapacidad y luego después de eso de soldador, lo que me saliera… ¿Te sentiste bien asistido por el letrado? ¿Te transmitió tranquilidad?  Sí en principio sí. Las reuniones que tuve con el fueron muy bien, un trato muy cordial. La verdad es que muy bien. ¿Quién te notificó la sentencia?  Una de las letradas del despacho me lo comunicó. Me dijo que se había ganado… y muy bien. ¿Qué significa esto para tu vida?  Una alegría, fenomenal. Mucha alegría. Ya llevaba una temporada peleando y me dieron una alegría.   Si tus dolencias no te permiten trabajar, contacta con nosotros Somos especialistas en Incapacidades Laborales Permanentes. Teléfono: 985 220 905

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Incapacidad permanente Abogados Asturias

Incapacidad permanente por accidente de trabajo

Nuestro cliente, ganadero de profesión, sufrió un accidente con fractura de tobillo (tras un anterior esguince en el mismo tobillo, tratado por la Mutua), por lo que siguió las indicaciones de la doctora de la Mutua y se sometió a todos los tratamientos. La recuperación y mejora fue escasa, y con secuelas, ya que las posibilidades terapéuticas estaban agotadas y las secuelas afectaban a la movilidad, con una articulación estable. Sin embargo, la Mutua de AT y EP mantuvo que el ganadero podía deambular, y seguir con la actividad; aún cuando sufría una limitación de un 50%, IBERMUTUAMUR mantenía que podría continuar con vacas y la actividad (en un territorio como Cangas del Narcea-segundo concejo más extenso de España, territorio agreste y de caracterizadas pendientes). Sin embargo, valoramos y consideramos que las secuelas deben ponerse en relación con los requerimientos de su profesión habitual y las tareas que resultan exigibles, de forma diaria, y así, nuestro criterio fue estimado, como acoge la sentencia: “ En cualquier sistema de explotación es cierto que debe caminar por terrenos irregulares, resbaladizos, mover el ganado y en definitiva se requiere una buena funcionalidad de las extremidades, de la que el actor carece por la reducción de su movilidad en un tobillo”. La realidad es que la limitación permanente es un dato objetivo, junto con la dificultad para una deambulación segura en el ambiente laboral de la ganadería (que es un hecho notorio), por lo que ha sido declarada la incapacidad en grado de total, frente al criterio de IBERMUTUAMUR y del INSS. Nuestro cliente percibe ahora su pensión de incapacidad permanente total, en virtud de resolución judicial; anualmente percibe doce pagas de su pensión de incapacidad permanente total (55%), derivada de accidente laboral, con sus necesidades económicas cubiertas. Ya no debe correr riesgos por el monte, tras los animales, ni por los prados, sino reorientar sus capacidades sin correr riesgos innecesarios.   Si tus dolencias no te permiten trabajar, contacta con nosotros Somos especialistas en Incapacidades Laborales Permanentes. Teléfono: 985 220 905

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Gran invalidez Esquizofrenia Abogados Asturias

Gran Invalidez por esquizofrenia

GRAN INVALIDEZ por necesidad de control permanente para evitar situaciones de peligro o riesgo de seguridad propia o ajena. La esposa de nuestro cliente, peón de la construcción, acudió a nosotros porque tenía que estar siempre pendiente y atendiendo al esposo, ya que padece graves alteraciones mentales. Hace más de quince años le habíamos conseguido la IPA (2002), pero su situación se había agravado y evolucionado a peor. Valoramos que el enfermo requería la asistencia y el control tanto de la esposa como de personal de enfermería, con seguimiento programado por psiquiatría, ingresos múltiples en el HUCA, y se apreció la viabilidad de la reclamación. El cliente padece: ESQUIZOFRENIA PARANOIDE. DEPENDENCIA DE ALCOHOL. HERNIA DE HIATO. La preparación y orientación desde nuestros servicios jurídicos con los únicos informes de la sanidad pública permitió la estimación y declaración de la pensión de GRAN INVALIDEZ. Conseguimos que valoren que los casos graves de alteraciones mentales, cuando es necesaria la asistencia continuada de otra persona para evitar conductas de agresividad que pongan en peligro la seguridad propia o ajena, se incluyan en la situación de gran invalidez; En la actualidad nuestro cliente cobra una pensión de GRAN INVALIDEZ, que prácticamente dobla el importe de la pensión que tenía previamente reconocida por el INSS, y se le reconoce la necesidad de una continuada asistencia, y los efectos económicos; el problema económico se ha reducido.   Si tus dolencias no te permiten trabajar, contacta con nosotros Somos especialistas en Incapacidades Laborales Permanentes. Teléfono: 985 220 905

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Incapacidad permanente gonalgia y rizartrosis

Incapacidad permanente total por gonalgia y rizartrosis

El Juzgado de lo Social nº 1 de Oviedo estimó nuestra demanda de incapacidad permanente absoluta por pluripatología. Nuestra cliente comenzó a tener problemas para aguantar y resistir diariamente en el trabajo. No podía mantenerse en pie de forma prolongada, realizando sobreesfuerzos, o bien caminando durante la jornada. Todo esto provocaba que ya no pudiera trabajar. Su profesión, limpiadora,  la obligaba a permanecer de pie y caminando durante toda la jornada laboral. En la Sanidad Pública  fue tratada de gonalgia y rizartrosis y recibió tratamiento rehabilitador. Según informes médicos que nos presentó, la cliente padece: “Gonalgia. Según resonancia magnética realizada en abril de 2.016. Cambios degenerativos compartimento interno, edema óseo en faceta medial de meseta tibial, extrusión menisco interno, posible rotura parcial del ligamento cruzado anterior. En posterior resonancia de agosto del mismo año se aprecia importante mejoría del edema óseo. En gammagrafía ósea se aprecia rizartrosis con componente inflamatorio activo y artropatía degenerativa en la muñeca derecha, pequeñas articulaciones de ambas manos, columna, sacroiliacas y rodillas.” El problema se agravó por la imposibilidad de aguantar el día a día. Acudió a nuestro despacho para solucionar su problema. Valoramos su historial clínico, las dolencias, las afectaciones y las exigencias físicas de la profesión. Sin embargo, no se le reconoce incapacidad alguna y le dieron el alta médica. ¿Qué es la gonalgia? La gonalgia aunque se trata de un término muy amplio,  se refiere a un dolor en la rodilla mientras que la rizartrosis s o artrosis del pulgar es una alteración degenerativa de la articulación que une el dedo pulgar a la muñeca. La Artrosis de Rodilla o Gonartrosis es la patología más prevalente a partir de los 50 años, junto con la lumbalgia y el hombro doloroso. Puede estar provocado por diferentes causas siendo el tratamiento  distinto en cada caso pero la causa más frecuente de ellas es la debida a sobrecarga, o actividad física incorrecta. Se recomienda reposo, fisioterapia y rehabilitación ya que de no tratarse el dolor patelofemoral provocará un desgaste progresivo y  conlleva a una artrosis irreversible y crónica. Estas patologías físicas puede ser causante de una incapacidad laboral permanente ya que limita a quien la padece  para requerimientos biomecánicos altos sobre miembros inferiores, así como para deambulaciones y bipedestaciones prolongadas sin pausa. Por este motivo, se procedió a  reclamar la Incapacidad Permanente Total, incrementada al 75% al ser mayor de 55 años. Este informe se preparó en base a informes asistenciales de los servicios médicos de la Sanidad Pública, sin peritos médicos adicionales. Actualmente, el INSS ha sido obligado judicialmente a abonarle la pensión de incapacidad permanente total incrementada. Nuestra cliente percibe  su pensión de Incapacidad Permanente Total. Una pensión anual con catorce pagas  incrementada (75% de su base reguladora).   Si tus dolencias no te permiten trabajar, contacta con nosotros Somos especialistas en Incapacidades Laborales Permanentes. Teléfono: 985 220 905

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Incapacidad permanente total por fibromialgia

Incapacidad permanente total por fibromialgia

El Juzgado de lo Social nº 2 de Oviedo estimó nuestra demanda de incapacidad permanente total por Fibromialgia. La cliente, moza de almacén, solicitó nuestros servicios para poder cobrar una pensión por incapacidad laboral derivada de fibromialgia. La cliente padece: Fibromialgia con puntos dolorosos musculares generalizados, hipertensión arterial controlada con dieta y síndrome del colon irritable controlado. Con tratamiento en la Unidad del dolor del HUCA con morfina que produce como efecto secundario cierta inestabilidad. Presenta ligera ansiedad y es tratada en el centro de Salud Mental. Estas dolencias que padece le provocaban graves problemas para llevar a cabo las actividades propias de su actividad laboral, así como cargar pesos o realizar esfuerzos que supongan un mínimo esfuerzo. La preparación y orientación desde nuestros servicios jurídicos permitió el reconocimiento y declaración de la pensión por incapacidad permanente en su grado de total para su profesión con carácter vitalicio por enfermedad común en la vía judicial, por medio de sentencia dictada en primera instancia por el Juzgado de lo Social Nº 2 de Oviedo. En la actualidad nuestra cliente es beneficiaria de la Incapacidad Permanente Total por fibromialgia y recibe una pensión de carácter vitalicio por ello.   Si tus dolencias no te permiten trabajar, contacta con nosotros Somos especialistas en Incapacidades Laborales Permanentes. Teléfono: 985 220 905

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Incapacidad Permanente Abogados Asturias

Incapacidad Permanente Total por trastorno ansioso-depresivo

La cliente, auxiliar de educación en un centro público, necesitó de nuestros servicios. Su situación psíquica se había agravado de tal manera que consideraba que ya no podía trabajar. Sus funciones eran las de acompañar a los alumnos con necesidades educativas especiales, tanto en las entradas como en las salidas del centro, en los cambios de aula, en tareas de aseo y comedor y en todas las actividades tanto escolares como extraescolares, fomentando la autonomía, las relaciones sociales, el control de la agresividad y el desarrollo de actividades relacionadas con la transición a la vida adulta. Solicitó la incapacidad y se la denegaron, alegando que no era suficiente  limitación (cuando presenta absoluta carencia de estabilidad emocional, entre otros diagnósticos). Su situación, sin poder trabajar y en situación de incapacidad temporal desde hace más de un año, sin alternativa alguna desde el INSS, le provocaba una completa zozobra e impotencia vital. Fue valorada y orientada para reclamar la incapacidad permanente, y con nuestro asesoramiento se consiguió sentencia estimatoria de la incapacidad permanente Total, ante el Juzgado de lo Social. La cliente padece: «Presenta trastorno mixto ansioso-depresivo, a tratamiento en el centro de salud mental desde el año 2004; el último ajuste de la medicación data de agosto de 2016. Cuida de un nieto de 12 años desde que nació. La exploración mostró un estado de eutimia, aspecto correcto, sin elaboraciones estáticas, fetor alcohólico, cognición normal, discurso correcto, en forma y en contenido, sentimiento incapacitante, tendencia clinofilia.» La preparación y orientación desde nuestro equipo, frente a la denegación de la incapacidad, permitió acreditar tanto las dolencias como la repercusión para el trabajo – pues era un trabajo con personas que requieren una atención especial-, y con ello, el reconocimiento judicial de la pensión en grado de total, al 75% de la base reguladora. Nuestra clienta percibe anualmente catorce pagas de su pensión de IP Total, con sus necesidades económicas cubiertas. Mantiene una vida personal y familiar muy limitada por sus dolencias y afecciones, preocupándose tan sólo de sus tratamientos, médicos y farmacológicos.   Si tus dolencias no te permiten trabajar, contacta con nosotros Somos especialistas en Incapacidades Laborales Permanentes. Teléfono: 985 220 905

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Incapacidad Diabétes Abogados Asturias

Incapacidad permanente total por diabetes

Ya os hemos presentado hace una semana nuestra iniciativa «Ya no puedo trabajar«. Con ella, compartimos testimonios reales. Nos gusta dar voz a gente real, con problemas como los tuyos. Por eso, hoy compartimos con vosotros esta noticia: Un juez concede una incapacidad por diabetes.  En julio de 2015 empezó el calvario del afectado, que trabajaba como operario de alimentos en un matadero. Comenzó con una incapacidad temporal y, antes de agotarla, solicitó una permanente. Meses después, le llegó denegada, alegando que la enfermedad no le provocaba limitaciones funcionales, a pesar de estar agravada con una depresión. Finalmente, decidió llevar el caso ante la ley. El Tribunal Superior le concedió una incapacidad permanente total, ya que padecía una insuficiencia renal grave -y crónica-. Además, tenía dificultades para realizar esfuerzos e incluso para mantenerse de pie. Sufría también otras dolencias derivadas de la enfermedad: daños oculares, hipertensión, y ansiedad. En esas circunstancias, entiende el Tribunal que no puede ejercer su profesión, por lo que ha obtenido una pensión por incapacidad. Dicha pensión consistirá en el 55% de su base reguladora de 1.893,52€, percibida mes a mes dado que ya no puede trabajar en su profesión habitual. Al cumplir los 55 años, el afectado recibirá un 20% más, debido a la dificultad de reinserción laboral, por tener excluidos empleos que representen esfuerzos físicos similares a los ejercidos como operario de alimentación.   Si tus dolencias no te permiten trabajar, contacta con nosotros Somos especialistas en Incapacidades Laborales Permanentes. Teléfono: 985 220 905

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