Gran invalidez Esquizofrenia Abogados Asturias

Gran Invalidez por esquizofrenia

GRAN INVALIDEZ por necesidad de control permanente para evitar situaciones de peligro o riesgo de seguridad propia o ajena. La esposa de nuestro cliente, peón de la construcción, acudió a nosotros porque tenía que estar siempre pendiente y atendiendo al esposo, ya que padece graves alteraciones mentales. Hace más de quince años le habíamos conseguido la IPA (2002), pero su situación se había agravado y evolucionado a peor. Valoramos que el enfermo requería la asistencia y el control tanto de la esposa como de personal de enfermería, con seguimiento programado por psiquiatría, ingresos múltiples en el HUCA, y se apreció la viabilidad de la reclamación. El cliente padece: ESQUIZOFRENIA PARANOIDE. DEPENDENCIA DE ALCOHOL. HERNIA DE HIATO. La preparación y orientación desde nuestros servicios jurídicos con los únicos informes de la sanidad pública permitió la estimación y declaración de la pensión de GRAN INVALIDEZ. Conseguimos que valoren que los casos graves de alteraciones mentales, cuando es necesaria la asistencia continuada de otra persona para evitar conductas de agresividad que pongan en peligro la seguridad propia o ajena, se incluyan en la situación de gran invalidez; En la actualidad nuestro cliente cobra una pensión de GRAN INVALIDEZ, que prácticamente dobla el importe de la pensión que tenía previamente reconocida por el INSS, y se le reconoce la necesidad de una continuada asistencia, y los efectos económicos; el problema económico se ha reducido.   Si tus dolencias no te permiten trabajar, contacta con nosotros Somos especialistas en Incapacidades Laborales Permanentes. Teléfono: 985 220 905

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Incapacidad Laboral Abogados Asturias

Entró en el centro de salud a hacerse una analítica… y salió con una incapacidad

Volvemos con un caso curioso de una incapacidad. Según esta noticia, una mujer de 29 años entró en un centro de salud a hacerse una analítica y salió con una incapacidad. ¿Cómo es posible? Una mala praxis provocó secuelas físicas y psíquicas. ¿Una incapacidad tras una analítica? La demandante es una mujer de 29 años. Trabajaba como administrativa cuando acudió al centro de salud. En principio, tan sólo tenía que hacerse un análisis de sangre. Sin embargo, no salió bien. Cuando la enfermera comenzó con el procedimiento, no pudo sacar suficiente sangre. Fue entonces cuando comenzó con lo que el juez denomina «técnicas defectuosas». Una hora después del procedimiento, se le hinchó el brazo, que también comenzó a mostrar signos de hipersensibilidad y un intenso dolor que impedía que pudiera moverlo. Con el paso de los días fue a peor y, finalmente, su médica le administró una serie de inyecciones y le concedió una incapacidad temporal. Todo esto provocó que tuviera que someterse a dos cirugías. A pesar de todo, sufrió daños permanentes en el brazo, hombro y codo derecho. Todo esto le afecta a la movilidad y además ha provocado que desarrollara un trastorno ansioso-depresivo. Tras un tiempo, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha condenado a la Xunta al pago de 110.000€ por daños y secuelas. La demandante ha obtenido, además, una incapacidad permanente total por accidente no laboral. Es una IPT para su profesión habitual, pero también para realizar tareas domésticas u ocio. ¿Crees que puedes tener derecho a una incapacidad? ¡Consúltanos! En Velázquez y Villa somos expertos y podemos ayudarte.

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Esta casa es una ruina

Si descubres que la casa que te han vendido tiene vicios ocultos, actúa rápido. Nuestros clientes, una pareja joven, compran la que va a ser su primera vivienda, una coqueta casa unifamiliar en un pequeño núcleo en las afueras de Gijón. Como casi todos nosotros, visitaron muchas casas, descartaron muchas de ellas y finalmente se decidieron por la que va a ser su hogar, construida poco tiempo antes por la persona que se la vende. Por un azar, al poco tiempo de comprarla, nuestros clientes descubren que la estructura de la casa es de madera y que por debajo de la fachada de piedra, hay mucha humedad y la madera está podrida. Ellos no sabían que la casa estaba afectada por un problema de humedad, ni son capaces de valorar su origen, su alcance y trascendencia. Estamos ante un caso de “vicios ocultos”  esto es,  defectos en la cosa que es objeto del contrato de compraventa que son anteriores a ésta;  que son ocultos porque no han podido trascender y ser conocidos o percibidos por el comprador y, además, que se trate de un vicio o imperfección grave o de cierta importancia, de manera que haga la cosa vendida inapropiada para el uso que le es propio o que disminuya la utilidad establecida en el contrato como causa de su celebración. Bien ¿y qué hacemos si hemos comprado la casa, otorgado la escritura, pagado gastos e impuestos…? Incluso, como la mayoría de la gente, hemos tenido que pedir una hipoteca que nos vincula por muchos años con la casa y con el banco ¿Resignarnos? No, nunca. Tomar decisiones acertadas y rápido, porque el tiempo discurre en contra nuestra. Eso hicieron nuestros clientes. Y acaban de recibir su sentencia: se resuelve el contrato de compraventa (la casa vuelve a quien nos la vendió) e impone al vendedor la obligación de devolver a nuestros clientes el precio que pagaron por la casa y todos los gastos e impuestos derivados de ese contrato (notaría, registro, impuestos…).

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