Autónomos

Autónomos y ERTES. Octubre 2020

Nuevas medidas a partir del 1 de octubre de 2020, hasta el 31 de enero de 2021. Los trabajadores autónomos que se vean obligados a suspender sus actividades debido a una resolución adoptada por la autoridad competente, como medida de contención en la propagación de la COVID-19, tendrán derecho a una prestación económica de cese de actividad de naturaleza extraordinaria. Para ello tendrán que cumplir una serie de requisitos: Estar afiliados y en alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, al menos 30 días naturales antes de la fecha de la resolución que acuerde el cese de actividad. Hallarse al corriente en el pago de las cuotas a la Seguridad Social. No obstante, si en la fecha de la suspensión de la actividad no se cumpliera este requisito, el órgano gestor invitará al pago al trabajador autónomo para que en el plazo improrrogable de treinta días naturales ingrese las cuotas debidas Cuantía de la ayuda económica: La cuantía de la prestación será del 50 por ciento de la base mínima de cotización que corresponda por la actividad desarrollada. Esta cantidad se incrementará en un 20 por ciento si el trabajador autónomo tiene reconocida la condición de miembro de una familia numerosa y los únicos ingresos de la unidad familiar o análoga durante ese periodo proceden de su actividad suspendida. Además, el trabajador autónomo: queda exonerado de la obligación de cotizar, percibir la prestación será incompatible con la percepción de una retribución por el desarrollo de un trabajo por cuenta ajena, salvo que los ingresos del trabajo por cuenta ajena sean inferiores a 1,25 veces el importe del salario mínimo interprofesional entre otras, y por último, se ha creado una prestación extraordinaria de cese de actividad para los trabajadores de temporada: se consideran trabajadores de temporada aquellos trabajadores autónomos cuyo único trabajo a lo largo de los últimos dos años se hubiera desarrollado en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos durante los meses de junio a diciembre.  

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Tarifa plana autónomos Municipios Pequeños

La tarifa plana de autónomos

La tarifa plana para autónomos es una medida para impulsar el autoempleo. Para ello, se  pagará una cuota mensual reducida en calidad de autónomo a la Seguridad Social. La tarifa plana entró en vigor en el año 2.013 con una duración de seis meses pero con la reciente aprobación de la Ley de Presupuestos Generales del Estado 2018, se garantiza la continuidad y se amplía a 1 año.

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Ley de Autónomos Asturias

Nueva ley de autónomos: Podrán cobrar el 100% de la pensión y seguir trabajando

El BOE publicó la semana pasada una nueva ley de autónomos. Es una reforma urgente que permite, entre otras cosas, cobrar el 100% de la pensión y seguir trabajando. Aunque sólo podrán hacerlo si tienen al menos un empleado a cargo. Ya os contamos que, además, contemplan los accidentes in itinere. Pero, ¿qué otras reformas acarrea esta ley?

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