Requisitos para obtener el subsidio por desempleo para autónomos con incapacidad permanente parcial

¿Puedo recibir un subsidio por desempleo para autónomos con incapacidad permanente parcial? En este artículo verás los requisitos para recibir ayuda económica para autónomos con incapacidad parcial.

En marzo de 2019, entró en vigor una nueva ley por la que las personas que estén dadas de alta en el Régimen de autónomos con una incapacidad permanente parcial, tendrán derecho al subsidio de 430 euros al mes.

Vamos a ver sus beneficios, cambios y requisitos necesarios para obtener el subsidio.

Principales ventajas y cambios del subsidio de desempleo para autónomos con incapacidad parcial

Este Real Decreto presentó los siguientes cambios:

  • Se reduce la edad de 55 a 52 años
  • Aumenta en un 25% el porcentaje de la base base mínima de cotización frente al 100% anterior al 125%.
  • El cobro de la prestación hasta que se alcance la edad «ordinaria» de jubilación
  • El cómputo sólo de las rentas del individuo y no las de toda la unidad familiar,

Por otro lado, “se suprime el requisito de tener cumplida la edad de 52 años en el momento del hecho causante del subsidio”.

Es muy relevante este hecho, debido a que el autónomo puede tener en un momento dado reconocida una incapacidad parcial y posteriormente, se revise y declare apto para trabajar.

En este caso tendrán derecho a esta ayuda si los ingresos individuales no se encuentran por encima del 75% del salario mínimo interprofesional, hayan cotizado por desempleo durante un periodo de 6 años y estén inscritos como demandante de empleo.

Cambios Detalles
Edad mínima Se reduce de 55 a 52 años.
Base de cotización Aumenta al 125% de la base mínima (antes era el 100%).
Duración de la prestación Se cobra hasta alcanzar la edad ordinaria de jubilación.
Cálculo de rentas Se consideran solo las rentas individuales, no las de la unidad familiar.
Requisito de edad en el momento del hecho Se elimina el requisito de tener 52 años al momento del hecho causante.

En seguida, veremos los requisitos para conseguir el subsidio por desempleo autónomos.

Requisitos para obtener un subsidio por desempleo para autónomos

Los requisitos que debe cumplir son los siguientes:

  • Ser mayor de 52 años.
  • Tener reconocida una incapacidad permanente parcial en el que puede seguir realizando su trabajo, pero con una disminución del rendimiento.
  • Estar inscrito como demandante de empleo.
  • Los autónomos en situación de pluriactividad.
  • Y los autónomos que hayan estado cotizando por desempleo durante un mínimo de seis años a lo largo de su vida laboral también podrán beneficiarse de esta ayuda que correrá a cargo del SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal).

Si los autónomos cumplen estos requisitos podrán acceder al subsidio de 430,27 euros para desempleados de larga duración.

Resumen de los requisitos para conseguir el subsidio para autónomos

Requisito Detalles
Edad mínima Ser mayor de 52 años.
Incapacidad reconocida Tener una incapacidad permanente parcial con disminución de rendimiento.
Inscripción laboral Estar inscrito como demandante de empleo.
Pluriactividad Los autónomos en situación de pluriactividad pueden acceder.
Cotización por desempleo Haber cotizado por desempleo durante al menos seis años a lo largo de la vida laboral.

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Otros requisitos que debes tener en cuenta para solicitar este subsidio

  • Si en un momento dado has interrumpido el cobro de pensión contributiva para incorporarte de nuevo al trabajo, deberás solicitar la reanudación de dicha prestación.
  • Si has recibido un subsidio por desempleo para trabajar menos de 12 meses, deberás reanudarlo.
  • Si no es la primera vez que lo suspendes, tienes varios periodos trabajados y entre todos suman 360 días o más, debes solicitar una nueva prestación contributiva por desempleo.

Sube 18.5% las pensiones por incapacidad

El Real Decreto incorpora en incremento de las pensiones por incapacidad permanente total en si eres menor de 60 años.

hombre con derecho al subsidio por desempleo para autónomos con incapacidad permanente parcial

Así, los beneficiarios de esta prestación con cónyuge a cargo o aquellos solteros, divorciados o separados sin ningún otro ingreso percibirán 1.092 euros más al año, es decir, que su pensión se elevará 78 euros hasta alcanzar los 499,40 euros cada mes en 14 pagas.

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Preguntas frecuentes sobre el derecho al subsidio para autónomos con Incapacidad Parcial

Os dejamos, algunas preguntas frecuentes que nos suelen hacer sobre el subsidio para autónomos con incapacidad parcial:

¿Qué es el subsidio de desempleo para autónomos con incapacidad permanente parcial?

El subsidio de desempleo para autónomos con incapacidad permanente parcial es una ayuda económica destinada a aquellos trabajadores autónomos que, debido a una incapacidad permanente parcial, no pueden seguir desempeñando su actividad profesional de la misma manera que antes.

¿Cómo se solicita el subsidio de desempleo por incapacidad?

Presentando la documentación requerida (informes médicos, acreditación de cotizaciones, etc.) ante la Seguridad Social.

¿Es compatible con otras ayudas?

Depende de las prestaciones, algunos subsidios pueden ser incompatibles, por lo que se debe consultar la normativa vigente.

¿Cuánto cobra un autónomo por incapacidad permanente parcial?

La cuantía que se cobra por incapacidad parcial, a modo de pago único, es de 24 mensualidades de la base reguladora, previamente calculada en cada caso para este tipo de pensión.

¿Cuánto tiempo dura el subsidio?

La duración varía según la situación específica del autónomo y las condiciones de la incapacidad.

Antes de terminar el artículo, te recomendamos este vídeo dónde hablamos de la presentación del libro «Incapacidad Laboral y Vida Activa» de María Teresa, por si te interesa asistir.

 

¿Necesitas ayuda para solicitar el subsidio por desempleo para autónomos con incapacidad permanente parcial?

Si eres autónomo, te enfrentas a una incapacidad permanente parcial y tienes dudas con el proceso para solicitar el subsidio, no te preocupes.

En Velázquez & Villa te ofrecemos asesoramiento especializado para que obtengas la ayuda que necesitas.

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📝 Artículo revisado jurídicamente por

María Teresa Menéndez Villa


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