Reconocimiento de Incapacidad Permanente Total a Albañil Autónomo por Hipoacusia (sordera)

¿Sabías que la sordera podría derivar en una incapacidad laboral? En este artículo explicamos cuándo se reconoce la incapacidad por sordera (hipoacusia), qué grados de incapacidad se puede obtener y verás el caso de un cliente que ha logrado la incapacidad permanente total por Hipoacusia (sordera).

 ¿Qué es una incapacidad por sordera?

La incapacidad por sordera es el reconocimiento legal que realiza la Seguridad Social cuando una persona sufre una pérdida auditiva parcial o total que le impide desarrollar su trabajo con normalidad.

Esta situación se valora dentro del marco de la Incapacidad Permanente, y puede derivar de causas laborales (exposición prolongada a ruido, traumatismos, infecciones crónicas) o de enfermedades degenerativas que afectan al oído interno o al nervio auditivo.

Cuando la pérdida auditiva limita de forma significativa la comunicación, la percepción de señales sonoras o la seguridad en el trabajo, la persona puede ser declarada en situación de Incapacidad Permanente.

Reconocimiento de Incapacidad Permanente Total a Albañil Autónomo por Hipoacusia (sordera)

¿Cuándo se reconoce una incapacidad por sordera (hipoacusia)?

El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) puede reconocer una incapacidad por sordera o hipoacusia cuando la pérdida auditiva provoca limitaciones que impiden al trabajador desempeñar su profesión habitual con eficacia o seguridad.

Los supuestos más comunes en los que procede el reconocimiento son:

  • Hipoacusia severa o profunda bilateral, cuando la pérdida auditiva supera los 70-90 decibelios y afecta de forma global a la comunicación.
  • Sordera unilateral en profesiones donde se requiere percepción sonora precisa o comunicación constante (conductores, electricistas, docentes, operarios de maquinaria, etc.).
  • Pérdida auditiva progresiva que impide la adaptación laboral incluso con prótesis auditivas.
  • Trastornos vestibulares asociados (mareos, vértigos o desequilibrios) que dificultan el desarrollo normal de la actividad.

En estos casos, la persona puede ser declarada en situación de:

Y esta es la dolencia de nuestro cliente del caso de hoy. Sufre de hipoacusia severa y explicamos cómo logramos el reconocimiento de Incapacidad Permanente Total por hipoacusia para el cliente y el derecho a percibir una pensión vitalicia del 55% de su base reguladora.

Reconocimiento de Incapacidad Permanente Total a Albañil Autónomo por Hipoacusia (sordera) en Asturias

Nuestro cliente trabajaba como autónomo-albañil. La hipoacusia severa que presentaba le impedía realizar de forma correcta las labores inherentes a su profesión, pues le limitaba para tareas de riesgo, con exposición laboral a ruido, y le impedía la realización de las tareas propias de su profesión habitual de albañil, pues no puede: subirse a alturas, estar expuesto a ambientes ruidosos, comunicarse con sus compañeros, percibir los posibles riesgos que implican las máquinas que trabajan en la obra, etc.

La dolencia dificulta enormemente la comunicación verbal con otros empleados, y entraña un indudable riesgo para él mismo y para terceros, además de padecer acúfenos, con las limitaciones que también le ocasionan a nivel psíquico, además de la necesidad de coordinarse para la ejecución de las obras y participar en reuniones con los restantes trabajadores y oficios.

Acudió a nuestras oficinas a finales de 2022, y tras la orientación y valoración del caso, decidimos asumirlo, y se iniciaron los trámites administrativos frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, que rechazó las pretensiones, al considerar que se trataba de un autónomo que no necesitaba instrucciones y sin necesidad de relacionarse con terceros, además de no ser las dolencias que padecía susceptibles de una incapacidad permanente.

Por lo tanto, se acudió a la vía judicial y en sentencia de 13 de marzo de 2024 dictada por el Juzgado número 1 de lo Social de Oviedo, nuestro cliente fue declarado en situación de incapacidad permanente en el grado de Total para su profesión habitual con derecho a percibir el 55% de su base reguladora. 

Otros casos de reconocimiento de incapacidad total por enfermedades:

Preguntas frecuentes sobre incapacidad por sordera

¿Es posible conseguir una incapacidad por dolor de oído?

El dolor de oído por sí solo no suele justificar una incapacidad permanente, salvo que sea consecuencia de una patología crónica o degenerativa (como otitis media persistente o colesteatoma) que cause pérdida auditiva o vértigos incapacitantes.
En esos casos, el INSS puede valorar la incapacidad por las secuelas derivadas, no por el dolor aislado.

¿Se puede obtener una incapacidad por sordera de un solo oído?

Sí. Aunque la sordera unilateral no siempre implica incapacidad, puede ser reconocida cuando la pérdida auditiva en un oído afecta el rendimiento o la seguridad en trabajos donde se requiere orientación espacial, percepción sonora o comunicación constante.

¿La sordera se considera una invalidez o discapacidad?

Depende del contexto:

  • A nivel laboral, se habla de incapacidad permanente cuando la sordera impide trabajar con normalidad.
  • A nivel social, se reconoce una discapacidad auditiva cuando la pérdida supera ciertos umbrales (normalmente a partir de un 33 % de minusvalía).

Ambas figuras pueden coexistir: una persona puede tener reconocida discapacidad e incapacidad laboral al mismo tiempo.

¿Qué grado de discapacidad se reconoce por hipoacusia severa?

En casos de hipoacusia severa o profunda, el grado de discapacidad suele oscilar entre el 33 % y el 65 %, según la afectación auditiva medida en decibelios y la repercusión funcional.
Una pérdida bilateral superior a 70 dB en ambos oídos puede alcanzar los grados más altos de discapacidad reconocida.

¿Cuál es el porcentaje de incapacidad por hipoacusia?

El porcentaje de incapacidad por hipoacusia depende de la pérdida auditiva medida mediante audiometría:

  • Pérdida entre 40 y 55 dB: hipoacusia moderada (no suele generar incapacidad).
  • Pérdida entre 56 y 70 dB: hipoacusia severa (posible incapacidad parcial o total según el trabajo).
  • Pérdida superior a 70 dB: hipoacusia profunda o sordera (habitualmente incapacidad total o absoluta).

¿Qué grado de incapacidad se reconoce por hipoacusia bilateral?

Cuando la hipoacusia es bilateral y afecta gravemente la comunicación o el equilibrio, el trabajador puede ser declarado en situación de Incapacidad Permanente Total o Absoluta, dependiendo de la intensidad de la pérdida y su impacto en la profesión.

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En Velázquez & Villa Abogados somos especialistas en incapacidad laboral y en la defensa de trabajadores afectados por hipoacusia severa o sordera bilateral.
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📝 Artículo revisado jurídicamente por

María Teresa Menéndez Villa

Esperamos que este caso sobre el reconocimiento de incapacidad por sordera te haya sido de interés.

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