cefaleas

Reconocimiento de Incapacidad Permanente Absoluta por Cefaleas

Incapacidad Permanente Absoluta por Cefaleas CASOS DE ÉXITO Incapacidad junio 6, 2024 Profesión: Ingeniero Patología: Cefaleas Éxito: IPA El Caso: Nuestro cliente, un ingeniero de minas que llevaba años padeciendo un cuadro de cefaleas, por el que era tratado periódicamente, tras dejar de hacerle efecto la medicación y viéndose incapaz de seguir realizando su trabajo decidió acudir a nosotros. Se iniciaron los trámites frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social pero este desestimó el caso alegando que la patología no era susceptible de una incapacidad permanente. Por tanto, acudimos a la vía judicial. En sentencia del 12 de junio de 2024 nuestro cliente fue declarado en situación de incapacidad permanente en grado de absoluta para cualquier profesión u oficio, con derecho a percibir el 100% de su base reguladora. Tú también puedes tener derecho a una pensión. Cuéntanos tu situación: Otros casos de éxito:

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Covid

Declaración de Incapacidad Permanente Total a Autónomo con trabajadores por limitaciones neurológicas tras vacuna de Covid

Polineuropatía axonal motora aguda (AMAN) variante del síndrome de Guillain- Barré es una afección que causa una disminución en la capacidad para moverse y sentir (sensibilidad) debido a un daño neurológico.   Nuestro cliente trabajaba como autónomo, en la categoría de monitor de turismo activo, pero las dolencias que comenzó a padecer a nivel neurológico, tras administrársele la vacuna del COVID, entre las que destaca Polineuropatía axonal motora aguda (AMAN) variante del síndrome de Guillain- Barré, y las repercusiones de las mismas -pérdida de fuerza, equilibrio, movilidad y bipedestación, temblor de la mano izquierda, pérdida masa muscular, hormigueos, calambres, tropezones, caídas-, le impedían realizar las labores inherentes a su profesión. Acudió a nuestras oficinas el 1 de diciembre de 2022, y tras la valoración y orientación del caso, se iniciaron los trámites administrativos frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, que rechazó las pretensiones, al considerar que siendo autónomo podría contratar a quien hiciera su trabajo, además de que tenía trabajadores a su cargo, así como por considerar que las dolencias que padecía no eran susceptibles de una incapacidad permanente. Tuvo que demostrarse la profesión de monitor guía para actividades como paseos a caballo, canoas, Quad, así como las tareas desempeñadas como autónomo (más allá de la mera titularidad de una actividad), por lo que se acreditó a través de prueba documental objetiva. Tras acudir a la vía judicial, fue dictada sentencia de 11 de junio de 2024 por el Juzgado número 5 de lo Social de Oviedo, y declarado en situación de incapacidad permanente en el grado de total para su profesión habitual, con derecho a percibir el 55% de su base reguladora.      Si tus dolencias no te permiten trabajar, contacta con nosotros Somos especialistas en Incapacidades Laborales Permanentes. Teléfono: 985 220 905

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albañil autónomo

Reconocimiento de Incapacidad Permanente Total a Albañil Autónomo por Hipoacusia

La hipoacusia bilateral es la pérdida de la capacidad auditiva que se da en los dos oídos. Cuando tan solo afecta a un oído hablamos de hipoacusia unilateral. Entre los principales síntomas encontramos: Dificultad para entender o mantener una conversación con otra persona.   Nuestro cliente trabajaba como autónomo-albañil. La hipoacusia severa que presentaba le impedía realizar de forma correcta las labores inherentes a su profesión, pues le limitaba para tareas de riesgo, con exposición laboral a ruido, y le impedía la realización de las tareas propias de su profesión habitual de albañil, pues no puede: subirse a alturas, estar expuesto a ambientes ruidosos, comunicarse con sus compañeros, percibir los posibles riesgos que implican las máquinas que trabajan en la obra, etc. La dolencia dificulta enormemente la comunicación verbal con otros empleados, y entraña un indudable riesgo para él mismo y para terceros, además de padecer acúfenos, con las limitaciones que también le ocasionan a nivel psíquico, además de la necesidad de coordinarse para la ejecución de las obras y participar en reuniones con los restantes trabajadores y oficios. Acudió a nuestras oficinas a finales de 2022, y tras la orientación y valoración del caso, decidimos asumirlo, y se iniciaron los trámites administrativos frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, que rechazó las pretensiones, al considerar que se trataba de un autónomo que no necesitaba instrucciones y sin necesidad de relacionarse con terceros, además de no ser las dolencias que padecía susceptibles de una incapacidad permanente. Por lo tanto, se acudió a la vía judicial y en sentencia de 13 de marzo de 2024 dictada por el Juzgado número 1 de lo Social de Oviedo, nuestro cliente fue declarado en situación de incapacidad permanente en el grado de Total para su profesión habitual con derecho a percibir el 55% de su base reguladora.      Si tus dolencias no te permiten trabajar, contacta con nosotros Somos especialistas en Incapacidades Laborales Permanentes. Teléfono: 985 220 905

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peon especialista

Reconocimiento de Incapacidad Permanente Total por caídas recurrentes con facilidad, con episodios de frecuencia variable (con fracturas y lesiones)

Nuestro cliente trabajaba como peón especialista de demoliciones, padeciendo caídas frecuentes, continuadas, sin motivo aparente, siendo desconocida la patología que provoca las caídas -tanto en el trabajo como en la vida diaria-, a pesar de los estudios de los especialistas (del SESPA), pero constatando su existencia. Su situación conlleva un evidente riesgo propio y de terceros tanto si se producen mientras desempeña su profesión de peón especialista de demoliciones como en su vida diaria. Este riesgo se acentúa en el trabajo por el tratamiento anticoagulante que tiene pautado tras sufrir tromboembolismo pulmonar bilateral y trombosis venosa profunda en miembro inferior izquierdo, ya que los resultados de las caídas pueden resultar agravados por los efectos de dicho tratamiento. Acudió a nuestras oficinas el 14 de diciembre de 2022 y tras el examen y la valoración, se efectuó la orientación del caso, ante su extrema dificultad y la inexistencia de un diagnóstico pero con las repercusiones evidentes; se iniciaron los trámites administrativos frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, que rechazó cualquier declaración. Obligaron a acudir a la vía judicial y en sentencia de 28 de mayo de 2024 dictada por el Juzgado número 2 de lo Social de Oviedo, nuestro cliente fue declarado en situación de incapacidad permanente en el grado de total para su profesión habitual, con derecho a percibir el 75% de su base reguladora.      Si tus dolencias no te permiten trabajar, contacta con nosotros Somos especialistas en Incapacidades Laborales Permanentes. Teléfono: 985 220 905

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revisión de incapacidad

Mantenimiento de Incapacidad Permanente Total. Procedimiento de Revisión de incapacidad permanente.

El INSS revocó en 2023 la situación de IPT declarada en 2017 a una monitora deportiva tras comenzar a trabajar en 2021 como auxiliar administrativa. Se formuló demanda frente a la revocación, acreditando en el acto del juicio la inexistencia de mejora sustancial alguna, sin tratamiento sanador, por lo que debe mantenerse alejada de cualquier esfuerzo físico, pudiendo desempeñar tareas más livianas (como la de administrativo).  Destaca como repercusión la trombosis venosa profunda vena subclavia y axilar izquierda, portadora de heterogocito factor II, discopatía desde C2-C3 a C5-C6.          La trombosis venosa profunda (TVP) es una afección que ocurre cuando se forma un coágulo de sangre en una vena profunda. La discopatía es una patología de la columna vertebral que puede llegar a ocasionar un dolor tan intenso que nos incapacite para realizar actividades cotidianas, trabajar o disfrutar de una buena calidad de vida   Nuestra cliente trabajaba como Monitora deportiva, pero las dolencias que sufría, entre las que destaca trombosis venosa profunda vena subclavia y axilar izquierdas resuelta, portadora de heterogocito factor II 20210, discopatía desde C2-C3 a C5-C6., y las repercusiones de las mismas, le impedían realizar de forma correcta las labores inherentes a su profesión, por lo que fue declarada en situación de IPT tras sentencia del Juzgado de Ponferrada (en 17 de Octubre de 2017). Accedió al cabo de unos años a un nuevo puesto de trabajo como auxiliar administrativo, por lo que a continuación el INSS inició un procedimiento de revisión de incapacidad permanente, que concluyó con la revocación por una “mejoría de sus dolencias”. Acudió a nuestras oficinas en Julio de 2023 y tras la orientación del caso, se formularon acciones frente al INSS, que confirmó la revocación. Manteniendo nuestro criterio  de protegerla frente a cualquier exposición a elevados requerimientos físicos (y las pretensiones), se acudió a la vía judicial y en sentencia de 22 de abril de 2024 dictada por el Juzgado número 1 de lo Social de Ponferrada, nuestra cliente fue repuesta en situación de incapacidad permanente en el grado de total para su profesión habitual, con derecho a percibir el 55% de su base reguladora, desde la fecha de la revocación, con estimación de todos nuestros argumentos.      Si tus dolencias no te permiten trabajar, contacta con nosotros Somos especialistas en Incapacidades Laborales Permanentes. Teléfono: 985 220 905

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Esclerosis múltiple

Reconocimiento de Incapacidad Permanente Absoluta por Esclerosis Múltiple Remitente Recurrente (RR)

La esclerosis múltiple (EM) es una enfermedad neurológica de tipo autoinmunitario que afecta al sistema nervioso central, es decir, al cerebro y a la médula espinal. El sistema inmunitario, por error, ataca la vaina protectora de los nervios (mielina), concretamente los axones de las neuronas, que son los encargados de transmitir la información desde y hacia el cerebro, lo que dificulta la comunicación y la correcta transmisión de los impulsos nerviosos, que es la función principal de la mielina.  Las zonas en las que se ha producido una desmielinización se endurecen formando cicatrices, pudiendo causar a largo plazo un daño permanente a los nervios.   Nuestro cliente trabajaba como vendedor ambulante. Fue diagnosticado de esclerosis múltiple RR, sufriendo una serie de secuelas y limitaciones incompatibles con el desempeño profesional. Acudió a nuestras oficinas el 14 de noviembre 2022 y tras la orientación del caso, se iniciaron los trámites administrativos frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social. Inicialmente se denegó el reconocimiento en situación de incapacidad permanente, formulándose la oportuna reclamación, puesto que la Seguridad Social entendía que las dolencias que padecía eran insuficientes para reconocer la prestación solicitada. Por lo tanto, se acudió a la vía judicial, dictándose finalmente una sentencia por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias, declarando a nuestro cliente en situación de incapacidad permanente en el grado de absoluta para cualquier profesión u oficio, con derecho a percibir el 100% de su base reguladora.       Si tus dolencias no te permiten trabajar, contacta con nosotros Somos especialistas en Incapacidades Laborales Permanentes. Teléfono: 985 220 905

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cancer de mama

Reconocimiento de Incapacidad Permanente Total por secuelas tras padecer un cáncer de mama

Tipo de cáncer de mama (seno) invasivo que empieza en los lobulillos (glándulas lácteas) y se disemina al tejido normal cercano. Estadio IIIA: el cáncer se ha propagado a los ganglios linfáticos que se encuentran alrededor de la carina (el punto donde la tráquea se divide en los bronquios izquierdo y derecho), o en el espacio entre los pulmones (mediastino).   Nuestra cliente trabajaba como empleada de hogar, hasta que en 2020 fue diagnosticada de cáncer de mama. Pese a la erradicación del tumor padecido, el proceso quirúrgico y el tratamiento pautado para no tener recidiva le provoca múltiples secuelas, entre las que se encuentra el cansancio y dolor generalizado. La realidad es que las dolencias que sufría, le impedían realizar de forma correcta las labores inherentes a su profesión (muy manual y con exigencias físicas). Acudió a nuestras oficinas el 26 de junio de 2022 y tras la orientación del caso, se iniciaron los trámites administrativos frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, el cual desestimó todas las pretensiones, al no considerar las dolencias que padecía como susceptibles de una incapacidad permanente. Por lo tanto, se acudió a la vía judicial y en sentencia de 8 de mayo de 2024 dictada por el Juzgado número 6 de lo Social, nuestra cliente fue declarada en situación de incapacidad permanente en el grado de total para su profesión habitual, con derecho a percibir el 55% de su base reguladora.      Si tus dolencias no te permiten trabajar, contacta con nosotros Somos especialistas en Incapacidades Laborales Permanentes. Teléfono: 985 220 905

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trastorno ansioso

Reconocimiento de Incapacidad Permanente Total para su profesión por trastorno ansioso depresivo y hernia discal L4-L5

El trastorno ansioso depresivo se caracteriza por la presencia combinada de síntomas propios tanto de la depresión como de la ansiedad. Ambos se presentan a partes iguales y generan un gran dolor emocional.  La hernia discal lumbar, en concreto de L4-L5 es una patología en la que el disco intervertebral se rompe y parte de su contenido sale del disco y disminuye el canal por el que sale los nervios en la columna vertebral, provocando dolor en la zona lumbar e incluso ciática, dolor que baja por la pierna.   Nuestro cliente trabajaba como camarero asalariado, pero las dolencias que sufría, entre las que destaca trastorno ansioso depresivo y hernia discal L4-L5, y las repercusiones de las mismas, le impedían realizar de forma correcta las labores inherentes a su profesión. La profesión de camarero asalariado exige, entre otras labores, el manejo de útiles de hostelería como bandejas, vasos, tazas, cubiertos, abridores, sacacorchos, etc.; la realización de tareas de limpieza, ya de forma manual, ya mediante el uso de máquinas; la reposición de productos en cámaras frigoríficas y la atención al público. Acudió a nuestras oficinas el 2 de junio de 2023 y tras la orientación del caso, se iniciaron los trámites administrativos frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, el cual desestimó todas las pretensiones, al no considerar las dolencias que padecía susceptibles de una incapacidad permanente. Por lo tanto, se acudió a la vía judicial y en sentencia de 22 de abril de 2024 dictada por el Juzgado número 1 de lo Social de Ponferrada, nuestro cliente fue declarado en situación de incapacidad permanente en el grado de total para su profesión habitual con derecho a percibir el 55% de su base reguladora.       Si tus dolencias no te permiten trabajar, contacta con nosotros Somos especialistas en Incapacidades Laborales Permanentes. Teléfono: 985 220 905

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Incapacidad Permanente en grado de Absoluta

Reconocimiento de Incapacidad Permanente en grado de Absoluta por cuadro pluripatológico

El síndrome de fibromialgia (SFM) es una condición crónica y compleja que causa dolores generalizados y un agotamiento profundo, y también una variedad de otros síntomas acompañantes. La osteoartritis o artrosis es la enfermedad degenerativa articular más frecuente, caracterizada por la destrucción del cartílago hialino que recubre las superficies óseas. El cartílago es un tejido que hace de amortiguador al proteger los extremos de los huesos y que favorece el movimiento de la articulación. Los trastornos de la conducta alimentaria son un conjunto de alteraciones graves relacionadas con la ingesta de comida cuyo origen se encuentra en múltiples factores. Es un problema de salud mental que puede llegar a poner en peligro la vida de quien lo sufre.   Nuestra cliente trabajaba como dependienta de supermercado, pero las dolencias que sufría le impedían realizar de forma correcta las labores inherentes a su profesión. Nuestra clienta padece Trastorno de conducta alimentaria, Trastorno adaptativo con ánimo depresivo, Trastorno de personalidad, Artrosis cervical, Síndrome Femoropatelar bilateral. Fibromialgia y Omalgia. Acudió a nuestras oficinas el 19 de septiembre de 2022 y tras la orientación del caso, se iniciaron los trámites administrativos frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, el cual desestimó todas las pretensiones, alegando que las dolencias que padecía no eran susceptibles de una incapacidad permanente. Por lo tanto, se acudió a la vía judicial y en sentencia de 12 de abril de 2024 dictada por el Juzgado número 5 de lo Social de Oviedo, nuestra clienta fue declarada en situación de incapacidad permanente en el grado de absoluta para todo tipo de trabajo, con derecho a percibir el 100% de su base reguladora tras conseguir acreditar que las dolencias que padece son de entidad suficiente para impedirle desempeñar todo tipo de trabajo.   Si tus dolencias no te permiten trabajar, contacta con nosotros Somos especialistas en Incapacidades Laborales Permanentes. Teléfono: 985 220 905

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Pedro Sánchez

¿Y si Pedro Sánchez coge la baja?, 6 preguntas y 6 respuestas.

La carta emitida por Pedro Sánchez ha abierto muchos debates en nuestro país. Nosotros, Velázquez y Villa Abogados, nos hemos sumado, pero desde nuestro terreno, y os compartimos las 6 repuestas a las 6 preguntas:   1.- ¿Podría Pedro Sánchez coger una baja médica temporal, por ejemplo, por estrés laboral? El estrés es un sentimiento de tensión física o emocional, que puede provenir de cualquier situación o pensamiento que lo haga sentir a uno frustrado, furioso o nervioso. Se trata de la reacción del cuerpo ante un desafío o demanda. En pequeños episodios, puede ser positivo, como cuando le ayuda a evitar el peligro o cumplir con una fecha límite, pero cuando el estrés dura mucho tiempo, puede dañar su salud, convirtiéndose en crónico, el cual podría causar problemas de salud que se mantendrían en el largo plazo, además de manifestarse a través de diversos síntomas físicos y emocionales. Pensamos que, Pedro Sánchez podría estar pasando por una situación de estrés laboral (más bien, estrés político…), la respuesta a la pregunta es SI, creemos que es posible, pero no es nuestro campo de trabajo, no somos médicos, somos abogados laboralistas especialistas en seguridad social, así que pasamos a la siguiente pregunta.   2.- ¿Cómo contempla la Ley estas situaciones? Según el artículo 13.1 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, en los casos de vacante, ausencia o enfermedad del presidente del Gobierno, sus funciones serán asumidas por los Vicepresidentes, de acuerdo con el correspondiente orden de prelación, y, en defecto de ellos, por los Ministros, según el orden de precedencia de los Departamentos. Así, en el caso de que Pedro Sánchez, cayese en situación de incapacidad temporal por enfermedad, la actual vicepresidenta primera, María Jesús Montero, pasaría a ser la presidenta en funciones mientras durase la situación de ausencia por enfermedad del presidente.   3.- Y, en un horizonte más a largo plazo, ¿podría llegar a percibir una Pensión por Incapacidad Permanente Laboral? Por otro lado, Pedro Sánchez, está sujeto a obligaciones de cotización como cualquier otro trabajador, pero para tener derecho a prestaciones -como cualquier cotizante-, debe cumplir con los requisitos establecidos en la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), por ejemplo, acreditar períodos genéricos de cotización y padecer repercusiones funcionales crónicas, permanentes y definitivas que le impidan desempeñar sus funciones habituales. En el caso de que ya no fuese presidente del Gobierno, el Estatuto de los expresidentes se encuentra regulado en el Real Decreto 405/92 del 24 de abril y tienen una asignación durante cuatro años, que más bien se trata de sueldo vitalicio de unos 80.000 €, además tienen de por vida al menos dos funcionarios, una asistente personal y un secretario y también dotación para gastos de oficina, etc. etc. y etc. (viajan gratis por donde quieran, ya que tienen pase libre en transporte aéreo marítimo y terrestre), por lo que no está expresamente contemplada la situación de incapacidad permanente, además de considerar que ésta siempre se refiere a la profesión según la LGSS y no al desempeño de un cargo por elección- bien directa bien por el Congreso-.   4.- ¿Qué se debe cumplir para que Pedro Sánchez sea declarado en Incapacidad Permanente? Antes de que tal hecho ocurriese (por la necesidad de transcurso del tiempo), perdería su condición de presidente del gobierno, por lo que sería un expresidente, con aplicación del Estatuto ya citado. Además, para que sea declarado en incapacidad permanente, tiene que cumplir varios requisitos: 1.- No haber llegado a la edad legal de jubilación. 2.- Estar de alta en la Seguridad Social, o asimilada (por ejemplo, desempleo). 3.- Acreditar el cumplimiento de los períodos mínimos de cotización previa (que varían según la edad). Cuestión distinta sería que tras la pérdida de la condición de presidente del Gobierno se valoraran médicamente unas limitaciones permanentes, crónicas e irreversibles que afectaran al desempeño esencial de sus funciones tanto para cualquier actividad, como para su profesión habitual. Si declara y se acredita que se encuentra impedido para seguir efectuando las funciones propias de su profesión habitual, o de cualquier otro trabajo, debido a que sus dolencias físicas y/o psíquicas le limitan para el ejercicio de las tareas fundamentales del puesto (además de las restantes condiciones), cumpliría en principio la condición mínima para acceder a esta prestación.   5.- ¿Cuánto cobraría Pedro Sánchez de pensión de Incapacidad Permanente? En principio, le correspondería el importe de la asignación prevista en el Real decreto 405/92 del 24 de abril por su condición de expresidente del Gobierno. No está prevista prestación de incapacidad permanente en el citado Estatuto, sino esa asignación por su condición de expresidente, con independencia de la situación vital. Si finalmente se declarara una situación de incapacidad permanente dentro de la Seguridad Social, el importe vendría determinado por la base reguladora, según la normativa contenida en la LGSS y normas de desarrollo. Pese a que el salario para el año 2023 del presidente del gobierno asciende, según la ley de presupuestos, a 90.010,20 euros, la base máxima de cotización actual es de 4.495,50 euros mensuales. Para saber cuánto cobraría Pedro Sánchez de prestación de incapacidad permanente, habría que calcular su base reguladora, en función de las bases de cotización de los últimos años. Al tener el presidente 52 años, y derivar la incapacidad permanente de enfermedad común, la base reguladora para la incapacidad permanente sería el resultado de sumar el importe de las bases de cotización de los últimos 96 meses, y dividir el resultado entre 112. Al resultado obtenido, se le aplica un porcentaje dependiendo de los años cotizados, siendo el mínimo un 50%. Finalmente, al resultado obtenido se le aplicaría el porcentaje de la incapacidad permanente que tuviera reconocida, bien el 55% en caso de tratarse de una incapacidad permanente total para su profesión habitual, o del 100% si se le hubiera reconocido una incapacidad permanente absoluta para toda profesión u oficio. El importe a percibir se incrementaría cada año en función del IPC, teniendo en cuenta que el importe a

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