En esta ocasión queremos compartir con vosotros una entrevista que María Teresa Menéndez Villa, socia – directora de nuestro despacho, ha hecho en Onda Cero, donde habla sobre varios casos de éxito nuestros, relacionados con incapacidades. Esta es la transcripción de nuestra entrevista: Azucena, entrevistadora: ¿Quiénes son vuestros clientes? ¿Personas mayores, de mediana edad? María Teresa, directora de Velázquez y Villa: Nuestros clientes son personas con problemas, personas “dolientes” que nunca creyeron que podían llegar a encontrarse en esa situación y que les afecta tanto a nivel personal, como a su pareja, a nivel familiar y también social. Cuando estás limitado, cuando has perdido capacidades, todo es difícil, es complicado, y es en ese momento cuando más ayuda necesitas, ya que parece que no puedes salir de ese “agujero”. AZ: ¿Qué es lo que valoráis cuando tenéis ante vosotros un posible cliente? ¿Qué es lo importante o sustancial cuando examináis las posibilidades de una persona? MT: Lo que valoramos son las dolencias, las circunstancias y los problemas que tiene cada uno de nuestros clientes, y cómo le afecta en el desempeño de los requerimientos fundamentales de lo que es su trabajo. Son distintas las exigencias en el trabajo de un pintor, las de una encargada de una tienda de telefonía, o las de un comercial. No sólo importan las repercusiones de las dolencias o secuelas, sino también otras circunstancias. AZ: ¿QUÉ CIRCUNSTANCIAS? ¿LAS ENFERMEDADES QUE PADECE, LAS DOLENCIAS, LAS SECUELAS? MT: Por ejemplo, la profesión que el INSS reconoce que desempeña el trabajador. AZ: ¿POR QUÉ? SI UNA PERSONA TIENE UNA ENFERMEDAD QUE LE LIMITA, LA ENFERMEDAD AFECTA POR IGUAL A TODAS LAS PERSONAS, ¿NO ES ASÍ? ¿HAY TRATOS DIFERENTES PARA PERSONAS QUE SUFREN LAS MISMAS ENFERMEDADES? ¿EL RESULTADO ES DISTINTO? MT: De cada persona se valoran las limitaciones en sus capacidades en relación con las exigencias de su puesto de trabajo. Una enfermedad puede justificar una incapacidad para un puesto de trabajo, pero para otro no. Por ejemplo: La apnea del sueño puede justificar la incapacidad para un conductor, y no para una peluquera. No es lo mismo que el INSS piense que un trabajador es técnico de ventas o que sea un mecánico ajustador. Recientemente hemos tenido un caso en el que el INSS denegó la incapacidad a un trabajador por cuenta ajena que había sufrido un ingreso por urgencia y fue intervenido quirúrgicamente. Se ahogaba y tenía un problema cardíaco. Le operaron de urgencia y le colocaron tres by-pass. Su trabajo real le exigía estar en un ambiente de muy elevadas temperaturas, con manejo, reparación y sustitución de piezas de mucho peso, con esfuerzos físicos continuados, con mucha responsabilidad y disponibilidad las 24 horas. Su capacidad física tras la intervención quirúrgica quedó sustancialmente reducida, y veía que no podía cumplir en el trabajo. El INSS denegó pensión alguna y consideró que podía trabajar, por lo que demandamos ante los juzgados. Demostramos todos los trabajos que realmente efectuaba, las exigencias del trabajo, las limitaciones y cómo no podía cumplirlas. El INSS le denegó la pensión porque en las cotizaciones de la empresa figuraba como técnico de ventas, y para ellos, ese trabajo no tiene exigencias o requerimientos físicos, y podía desempeñarlo perfectamente. No les interesaba conocer el trabajo efectivamente realizado. Ahora tiene una pensión que es ligeramente superior al neto que cobraba cuando estaba trabajando. Este caso se puede consultar en nuestra web, en la sección de casos de éxito. AZ: Resulta un caso sorprendente porque realmente es algo que nos puede suceder a cualquier de nosotros, y es fundamental contar con un apoyo legar adecuado para poder reclamar lo que en realidad es tuyo según nuestro sistema legal. Entonces, ¿las exigencias del puesto de trabajo son fundamentales en vuestra valoración para decidir si tiene posibilidades? MT: Pues claro que sí. Son DECISIVAS. Por ejemplo, tú sabes que actualmente un problema muy grave es la APNEA DEL SUEÑO o SAHS (las interrupciones en la respiración durante el sueño), y mucha gente la padece. Incluso necesitan una máquina a la que se conectan mientras duermen. La apnea del sueño provoca microsueños que te pueden dar casi en cualquier momento. Como comprenderás, es muy distinto que tu profesión sea la de conductor de un camión o de un autobús, a que seas conserje o portero de un edificio de viviendas. Esa valoración de la incompatibilidad con el trabajo es la que determina el éxito. Valoramos el riesgo, tanto para sí como para terceros, que podía tener el conductor de un autobús que se dedicaba al trasporte escolar y a viajes nacionales si se mantenía en la conducción de esos vehículos. El INSS se lo denegó y tuvimos que acudir a los tribunales, con éxito. Pero éste es un problema que también afecta a los taxistas y, en definitiva, a los transportistas. Lo hemos solucionado en múltiples ocasiones. Este caso de éxito también puede consultarse en nuestra web. AZ: Pero, ¿Cómo puede mantenerse en activo una persona que se duerme al volante? MT: El INSS hace sus valoraciones, y hay que discutirlas y combatirlas. Eso es lo que hacemos para nuestros clientes. Tu derecho es el de reclamar, recurrir, y nosotros damos los argumentos, las bases, la justificación para intentar alcanzar el éxito. Somos proactivos, en este mundo nada es gratuito ni regalado. Por ejemplo, recuerdo a otro autónomo – conductor, que pasaba diariamente muchas horas al volante, con problemas cervicales. Tenía vértigos, incluso los médicos de la Seguridad Social le desaconsejaban las sobrecargas. El INSS le denegó la pensión le enviaron de nuevo a trabajar, pero él no podía, por lo que estaba sin ingresos. Tampoco podía pagar los recibos de autónomos, por lo que acudimos a los juzgados, pero no nos dieron la razón. Nosotros seguimos creyendo en nuestra valoración, por lo que recurrimos la sentencia. Finalmente, nos dieron la razón en la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia, el mes pasado, y ahora está cobrando su pensión. Este caso de éxito también puede consultarse en nuestra web. AZ: Este caso es un ejemplo muy bueno del tipo de actuaciones en las que