CASOS DE ÉXITO Incapacidad

peon especialista

Reconocimiento de Incapacidad Permanente Total por caídas recurrentes con facilidad, con episodios de frecuencia variable (con fracturas y lesiones)

Nuestro cliente trabajaba como peón especialista de demoliciones, padeciendo caídas frecuentes, continuadas, sin motivo aparente, siendo desconocida la patología que provoca las caídas -tanto en el trabajo como en la vida diaria-, a pesar de los estudios de los especialistas (del SESPA), pero constatando su existencia. Su situación conlleva un evidente riesgo propio y de terceros tanto si se producen mientras desempeña su profesión de peón especialista de demoliciones como en su vida diaria. Este riesgo se acentúa en el trabajo por el tratamiento anticoagulante que tiene pautado tras sufrir tromboembolismo pulmonar bilateral y trombosis venosa profunda en miembro inferior izquierdo, ya que los resultados de las caídas pueden resultar agravados por los efectos de dicho tratamiento. Acudió a nuestras oficinas el 14 de diciembre de 2022 y tras el examen y la valoración, se efectuó la orientación del caso, ante su extrema dificultad y la inexistencia de un diagnóstico pero con las repercusiones evidentes; se iniciaron los trámites administrativos frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, que rechazó cualquier declaración. Obligaron a acudir a la vía judicial y en sentencia de 28 de mayo de 2024 dictada por el Juzgado número 2 de lo Social de Oviedo, nuestro cliente fue declarado en situación de incapacidad permanente en el grado de total para su profesión habitual, con derecho a percibir el 75% de su base reguladora.      Si tus dolencias no te permiten trabajar, contacta con nosotros Somos especialistas en Incapacidades Laborales Permanentes. Teléfono: 985 220 905

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Reconocimiento Incapacidad Permanente por Cardiopatía Isquémica 2026

La cardiopatía isquémica crónica y la incapacidad permanente es una realidad cada vez más frecuente en los procedimientos ante el INSS. Cuando la enfermedad coronaria provoca limitaciones físicas, fatiga persistente o incapacidad para mantener el ritmo y la responsabilidad que exige cualquier profesión, puede dar lugar al reconocimiento de una incapacidad permanente. En Velázquez & Villa Abogados analizamos cada caso desde una perspectiva médica y jurídica para demostrar cuándo realmente existe una pérdida efectiva de capacidad laboral y cómo lograr su reconocimiento, incluso en vía judicial. ¿Qué es una cardiopatía isquémica crónica y cómo afecta a la capacidad laboral? La cardiopatía isquémica crónica es una enfermedad coronaria producida por el estrechamiento u obstrucción de las arterias que suministran sangre al corazón. Esta reducción del flujo sanguíneo provoca un desequilibrio en el aporte de oxígeno al miocardio, generando síntomas como dolor torácico (angina), fatiga intensa, disnea ante esfuerzos mínimos, mareos o episodios de inestabilidad clínica. Desde el punto de vista jurídico, lo verdaderamente relevante no es solo el diagnóstico, sino cómo esas limitaciones impactan en la capacidad real para trabajar. En muchos casos, la persona afectada no puede mantener ritmos de productividad normales, tolerar situaciones de estrés o cumplir jornadas completas con regularidad y eficacia. Además, el tratamiento farmacológico, anticoagulantes, betabloqueantes, nitratos u otros, pueden producir efectos secundarios que agravan la merma funcional. Cuando estas limitaciones son persistentes y objetivables médicamente, puede plantearse la cardiopatía isquémica crónica como causa del reconocimiento de una incapacidad permanente, siempre que se acredite que la reducción funcional es grave y previsiblemente definitiva. En Velázquez & Villa Abogados insistimos en un aspecto clave: no se valora solo la enfermedad, sino la pérdida efectiva de capacidad laboral en relación con la profesión habitual o cualquier actividad reglada. ¿Cuándo se puede solicitar una incapacidad permanente por cardiopatía isquémica? La incapacidad permanente por cardiopatía isquémica puede solicitarse cuando las secuelas derivadas de la enfermedad provocan una reducción anatómica o funcional grave, objetivable y previsiblemente definitiva, que disminuya o anule la capacidad laboral del trabajador. No basta con tener diagnosticada una cardiopatía. El INSS analiza si las limitaciones impiden desarrollar la profesión habitual con un mínimo de rendimiento, continuidad y eficacia. En este sentido, se valoran factores como: La tolerancia al esfuerzo físico. La estabilidad clínica. El riesgo de nuevos eventos cardíacos. La necesidad de reposos frecuentes. La compatibilidad del tratamiento farmacológico con el trabajo. El nivel de estrés inherente al puesto desempeñado. Además, es fundamental que las dolencias estén correctamente documentadas mediante informes médicos actualizados, pruebas diagnósticas (ecocardiogramas, pruebas de esfuerzo, cateterismos) y seguimiento por cardiología. En nuestra experiencia profesional, muchos procedimientos fracasan porque se centran exclusivamente en el diagnóstico y no en demostrar cómo afecta realmente la enfermedad al desempeño laboral concreto del afectado. La clave jurídica en los casos de incapacidad permanente por cardiopatía isquémica crónica, está en acreditar la pérdida funcional en relación directa con el trabajo habitual o, en su caso, con cualquier profesión u oficio. Grados de incapacidad permanente en casos de cardiopatía isquémica Cuando analizamos un procedimiento de incapacidad permanente por cardiopatía isquémica crónica, es esencial determinar qué grado puede corresponder en función de las limitaciones funcionales acreditadas. No todos los casos implican el mismo nivel de afectación, y el encuadre jurídico es determinante. Incapacidad permanente total Se reconoce cuando la persona no puede desempeñar su profesión habitual, pero sí podría dedicarse a otra distinta. En casos de cardiopatía isquémica, puede encajar en trabajadores cuya actividad implique esfuerzo físico, responsabilidad elevada o estrés constante, siempre que médicamente se desaconseje ese tipo de exigencia. El beneficiario percibe el 55% de su base reguladora (con posibles incrementos a partir de los 55 años). Incapacidad permanente absoluta Se declara cuando las limitaciones derivadas impiden realizar cualquier profesión u oficio con un mínimo de profesionalidad, rendimiento y continuidad. Es frecuente en casos de cardiopatía avanzada con baja fracción de eyección, episodios recurrentes, intolerancia al esfuerzo mínimo o coexistencia con otras patologías (como trastornos depresivos graves). En estos supuestos, se reconoce el 100% de la base reguladora. Jurídicamente, es el grado que suele corresponder cuando la enfermedad genera una merma funcional global para el mercado laboral. Gran invalidez Es el grado más alto. Se concede cuando, además de la incapacidad permanente absoluta para toda profesión u oficio, la persona necesita la asistencia de terceros para los actos esenciales de la vida diaria. En cardiopatías isquémicas severas, sólo procede en situaciones muy avanzadas y excepcionales. En Velázquez & Villa Abogados analizamos cada caso con precisión técnica para determinar el grado más adecuado y evitar que el INSS encuadre indebidamente la situación en un nivel inferior. Caso real: Reconocimiento de Incapacidad Permanente Absoluta por episodio depresivo grave y cardiopatía isquémica En Velázquez & Villa Abogados hemos conseguido recientemente el reconocimiento de una incapacidad permanente absoluta en un caso especialmente complejo en el que concurría un episodio depresivo grave y una cardiopatía isquémica. Nuestra cliente estaba de alta en el RETA como autónoma y socia administradora. Esta circunstancia añadía una dificultad adicional, ya que el INSS suele sostener que quienes ejercen funciones de dirección o administración cuentan con “mayor capacidad organizativa”, pudiendo delegar funciones o contratar personal. Sin embargo, este argumento ignora una cuestión esencial: la capacidad laboral no se mide por la posibilidad teórica de delegar, sino por la capacidad real y efectiva de desempeñar una actividad profesional con regularidad, eficacia y responsabilidad. Las dolencias cardíacas, unidas al grave trastorno depresivo y al tratamiento farmacológico pautado, generaban limitaciones tanto físicas como psíquicas. Fatiga constante, disminución de la tolerancia al estrés, falta de concentración y riesgo clínico ante situaciones de presión hacían inviable cualquier actividad profesional reglada. El INSS desestimó inicialmente la solicitud al considerar que las patologías no alcanzaban entidad suficiente para una incapacidad permanente. Tras agotar la vía administrativa, acudimos a la vía judicial. Mediante la aportación exhaustiva de informes de la sanidad pública, acreditamos la evolución desfavorable, la persistencia de las limitaciones y la incompatibilidad con cualquier profesión. Finalmente, el Juzgado de lo Social nº 2 de

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trastorno depresivo mayor

Incapacidad Permanente Total por Trastorno depresivo mayor recurrente moderado. Hipoacusia.

El trastorno depresivo mayor recurrente, más conocida como depresión mayor, es un trastorno del estado de ánimo. Viene generado por los cambios químicos en el cerebro. Aparecen sentimientos de tristeza, ira o frustración que interfieren con la vida diaria durante un largo periodo de tiempo.   Nuestro cliente trabajaba como vendedor autónomo ambulante/feriante, pero las dolencias que sufría y las repercusiones de las mismas, le impedían realizar de forma correcta las labores inherentes a su profesión. Las tareas básicas que realiza son la conducción, la venta y el montaje/desmontaje de las estructuras para exponer los productos que vende; además exige un contacto permanente con el público y la relación con terceros como parte esencial de su actividad, para lo cual no se considera habilitado, al margen de que para los desplazamientos precisaría la conducción de vehículos, lo que no resulta compatible con la medicación que tiene pautada. Acudió a nosotros el 3 de febrero de 2023. Tras el examen, valoración y orientación, se desarrollaron los trámites administrativos frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, que desestimó nuestras pretensiones al entender que nuestro cliente sufría unas dolencias que no eran susceptibles de una incapacidad permanente. Por lo tanto, se acudió a la vía judicial y en la celebración del juicio del día 16 de noviembre de 2023, tras habernos ayudado de la prueba documental y la prueba pericial, nuestro cliente ha sido declarado por sentencia del juzgado de lo social nº 6 de Oviedo en diciembre de 2023 en situación de incapacidad permanente en el grado de total para su profesión habitual derivada de enfermedad común, con derecho a percibir pensión vitalicia en cuantía equivalente al 55% de la base reguladora (en realidad del 75%, ya que cesaba en la actividad económica).   Si tus dolencias no te permiten trabajar, contacta con nosotros Somos especialistas en Incapacidades Laborales Permanentes. Teléfono: 985 220 905

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Hernia

Reconocimiento de Incapacidad Permanente Total por Hernia Discal L5-S1

Una hernia discal hace referencia a un problema con uno de los amortiguadores cartilaginosos (discos) que se encuentran entre los huesos individuales (vértebras) que se apilan para formar la espina dorsal. Un disco espinal tiene un centro (núcleo) suave y gelatinoso encapsulado en un exterior (anillo) más duro y gomoso. Parte del disco intervertebral (núcleo pulposo) se desplaza hacia la raíz nerviosa (se hernia), a través de un desgarro en el anillo, la presiona y produce un intenso dolor, entumecimiento o debilidad de la extremidad afectada. En la mayoría de los casos, el dolor remite con un tratamiento conservador, aunque en algunas ocasiones requerirá de intervención quirúrgica para su tratamiento. Si la herniación es voluminosa y comprime todos los nervios que encuentra, puede producir síndrome de cola de caballo. Nuestro cliente trabajaba como camarero-propietario autónomo. Las actividades diarias consistían en ordenación de los comedores, organizar la cocina, confeccionar menús y preparar y cocinar alimentos; – preparar las mesas con manteles limpios y con los cubiertos, vajilla y cristalería antes de las comidas y  limpiarlas y recoger los platos después; gestión de reservas, toma de comandas, servicio de la comida y bebida, reposición stock, limpieza de menaje y limpieza al terminar el servicio de los distintos espacios. Para desempeñar estas tareas y sus funciones se requiere de una persona activa, dinámica, con funcionalidad y requerimientos sobre la columna, y exigencias de bipedestación y deambulación continua, así como realización de sobreesfuerzos y cargar pesos. En su caso presentaba graves problemas para realizar el trabajo que venía realizando con anterioridad a su baja, tras haber sido intervenido quirúrgicamente y tras un largo período de convalecencia. Acudió a nuestras oficinas el 21 de Enero de 2022. Tras nuestra orientación y preparación, se iniciaron los trámites administrativos frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, que desestimó las pretensiones al entender que padecía unas limitaciones y dolencias insuficientes para ser susceptibles de incapacidad permanente (en cualquier grado), y que podía continuar desempeñando esos servicios. Por lo tanto, se acudió a la vía judicial y tras la celebración del juicio del día 24 de Octubre de 2023, con la práctica de prueba documental junto con prueba pericial, nuestro cliente ha sido declarado en situación de incapacidad permanente en el grado de total para su profesión habitual, con derecho a percibir el 55% de su base reguladora. Si tus dolencias no te permiten trabajar, contacta con nosotros Somos especialistas en Incapacidades Laborales Permanentes. Teléfono: 985 220 905

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agorafobia

Reconocimiento de Incapacidad Permanente Absoluta por Trastorno Ansioso-depresivo. Agorafobia.

  La depresión es un trastorno mental caracterizado fundamentalmente por un bajo estado de ánimo y sentimientos de tristeza, asociados a alteraciones del comportamiento, del grado de actividad y del pensamiento. Supone una de las patologías más frecuentes en Atención Primaria y es la primera causa de atención psiquiátrica y de discapacidad derivada de problemas mentales.   Nuestro cliente trabajaba como albañil, realizando trabajos tanto interiores como exteriores, manualmente, con maquinaria de obra, andamios, radiales, grúas, demoliciones, desescombros, etc.,pero las dolencias que sufría por trastorno ansiosodepresivo y las repercusiones de las mismas, le impedían realizar de forma correcta una actividad laboral. Acudió a nuestras oficinas el 25 de Octubre de 2021. Tras una gran preparación, se iniciaron los trámites administrativos frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, consiguiendo que fuera reconocida en situación de incapacidad permanente total para su profesión habitual. No estando conformes con el grado de incapacidad permanente reconocido, se acudió a la vía judicial, celebrándose el acto del juicio del día 16 de octubre de 2023. Tras obtener la prueba documental y la prueba pericial adecuada, conseguimos que nuestro cliente fuera declarado en situación incapacidad permanente, en el grado de absoluta para toda profesión, con derecho a percibir el 100% de su base reguladora.   Si tus dolencias no te permiten trabajar, contacta con nosotros Somos especialistas en Incapacidades Laborales Permanentes. Teléfono: 985 220 905

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Incapacidad Permanente Total

Reconocimiento de Incapacidad Permanente Total por Esclerosis Múltiple RR Activa

La esclerosis múltiple (EM) recurrente es una enfermedad progresiva que causa daño al sistema nervioso central (SNC). Provoca ataques que causan síntomas neurológicos, que pueden ser de nueva aparición, o pueden aumentar la intensidad de los ya existentes. Estos ataques también se llaman recaídas o exacerbaciones. En algunas ocasiones, les siguen períodos de recuperación o remisión parcial o completa. Se desconoce la causa de la esclerosis múltiple. Se considera una enfermedad de origen inmunitaria en la cual el sistema inmunitario del cuerpo ataca a sus propios tejidos. Nuestro cliente trabajaba como vendedor ambulante, realizando trabajos de conducción, reparto y venta de productos, pero las dolencias que sufría y las repercusiones de las mismas, le impedían realizar de forma correcta las labores inherentes a su profesión. Acudió a nuestras oficinas el 10 de noviembre de 2022. Tras una gran preparación, se iniciaron los trámites administrativos frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, y tras formular la oportuna reclamación en vía administrativa, conseguimos que fuera reconocido en situación de incapacidad permanente, en el grado de total para su profesión habitual, con derecho a percibir el 55% de su base reguladora, al sufrir una patología que le impedía el adecuado desarrollo de su profesión.   Si tus dolencias no te permiten trabajar, contacta con nosotros Somos especialistas en Incapacidades Laborales Permanentes. Teléfono: 985 220 905

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Reconocimiento de Incapacidad Permanente Total por Hipoacusia neurosensorial bilateral

Reconocimiento de Incapacidad Permanente Total por Hipoacusia neurosensorial bilateral

La hipoacusia neurosensorial es el deterioro de la audición por daños en el oído interno o el nervio auditivo que lleva el sonido al cerebro. Suele asociarse a molestias auditivas en el oído medio, afectando a uno (unilateral) o a los dos oídos (bilateral). Su gravedad va de leve a profunda. Nuestra cliente trabajaba como empleada de agencia de viajes, pero las dolencias que sufría, y las repercusiones de las mismas, le impedían realizar de forma correcta las labores inherentes a su profesión, sobre todo aquellas que requiriesen de una comunicación fluida con los clientes. Acudió a nuestras oficinas el 22 de enero de 2021, para obtener una situación acorde a la que merecía. Tras una alarga preparación, se iniciaron los trámites administrativos frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, siendo desestimadas todas las pretensiones, al entender éste que las dolencias que padecía no son susceptibles de una incapacidad permanente. El Juzgado de lo Social nº 3 de Oviedo, siguiendo las conclusiones que determinó el Instituto Nacional de la Seguridad Social, desestimó la demanda formulada. Se presentó el anuncio de recurso de suplicación, para su posterior formalización, haciendo énfasis en lo que establecían los informes médicos de la Sanidad Pública y la repercusión que le generaban sus dolencias a la hora de interactuar con los clientes. El Tribunal Superior de Justicia de Asturias estimó el recurso de suplicación que interpusimos, revocando la sentencia del Juzgado de lo Social y declarando a nuestra clienta en situación de incapacidad permanente en el grado de total para su profesión habitual, con derecho a percibir el 55% de su base regulado.   Si tus dolencias no te permiten trabajar, contacta con nosotros Somos especialistas en Incapacidades Laborales Permanentes. Teléfono: 985 220 905

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