¿Te ha llegado una carta indicando que el INSS te propone para una incapacidad permanente y no sabes qué significa ni qué pasos seguir? En este artículo contestaremos a una de las dudas más habituales “el INSS me ha propuesto para una incapacidad permanente, ¿qué debo hacer?”, qué implica este procedimiento, las diferencias con otras propuestas (como la de la mutua), y qué pasos debes seguir.
Esta situación suele generar muchas dudas e incertidumbre, por eso esperamos que el artículo sea de utilidad.
Contenidos del artículo
- ¿Qué significa que el INSS me haya propuesto para una incapacidad permanente?
- ¿Qué pasa cuando el INSS te propone para incapacidad permanente?
- El INSS me ha propuesto para una incapacidad permanente, ¿Qué debo hacer? Pasos que debes seguir
- ¿Qué diferencia hay entre una propuesta del INSS y una propuesta de la mutua?
- ¿Puedo solicitar la incapacidad permanente por mi cuenta antes de que lo proponga el INSS?
¿Qué significa que el INSS me haya propuesto para una incapacidad permanente?
Cuando el INSS te propone para una incapacidad permanente, significa que ha iniciado de oficio el procedimiento para valorar si tu estado de salud te impide seguir trabajando con normalidad. Esta propuesta se suele producir cuando estás en una baja médica de larga duración, habitualmente tras 18 meses de incapacidad temporal, o si hay informes médicos que indican que tus dolencias podrían ser permanentes.
Esta propuesta no implica directamente la concesión de la incapacidad, sino que abre un expediente administrativo que puede derivar en diferentes resoluciones, entre ellas el reconocimiento (o no) de una pensión por incapacidad en alguno de sus grados.
¿Qué pasa cuando el INSS te propone para incapacidad permanente?
Cuando se activa esta propuesta por parte del INSS, el siguiente paso es que seas citado para una evaluación médica ante el Tribunal Médico, también conocido como EVI (Equipo de Valoración de Incapacidades).
Este equipo analizará tu situación clínica, funcional y laboral para determinar:
- Si se reconoce una incapacidad permanente y en qué grado (parcial, total, absoluta o gran invalidez).
- Si se propone una alta médica por mejoría.
- Si se prorroga la situación de baja por un tiempo adicional.
El proceso finaliza con una resolución administrativa del INSS, que llegará a tu domicilio por carta en un plazo que suele oscilar entre uno y tres meses, aunque el plazo legal es de hasta 135 días hábiles.
El INSS me ha propuesto para una incapacidad permanente, ¿Qué debo hacer? Pasos que debes seguir
Si has recibido la propuesta del INSS para valorar una incapacidad permanente, te recomendamos seguir estos pasos:
1. Leer detenidamente la carta del INSS
La propuesta de incapacidad te llegará por correo certificado. Es importante que revises bien:
- Qué tipo de procedimiento se ha iniciado.
- Si se trata de una propuesta directa o una citación al tribunal médico.
- Las fechas clave y los documentos que debes presentar.
Esta carta marca el inicio formal del expediente y establece plazos, por lo que es clave no dejarla pasar por alto.
2. Recopilar informes médicos actualizados
Reúne toda la documentación clínica relevante que justifique tus limitaciones. Es recomendable incluir:
- Informes de especialistas (neurología, traumatología, psiquiatría, etc.).
- Informes del médico de cabecera y del médico de la mutua, si aplica.
- Pruebas diagnósticas recientes: resonancias, radiografías, analíticas, etc.
- Historial de tratamientos y cirugías.
Estos documentos servirán como base para que el EVI evalúe el grado de afectación de tu capacidad laboral.
3. Reunir información sobre tu puesto de trabajo
Si trabajas o has trabajado en un puesto con funciones físicas o mentales específicas, aporta descripciones detalladas:
- Cuáles son tus tareas habituales.
- Qué funciones ya no puedes desempeñar.
- Cargas físicas, turnos, exigencias cognitivas o psicológicas.
También es útil presentar el contrato de trabajo y, si es posible, un certificado de funciones de la empresa.
4. Prepararte para el Tribunal Médico
Esta cita es determinante. El tribunal médico valorará tus secuelas, no solo los diagnósticos. Por eso:
- Acude con seguridad y con todos tus informes.
- Explica con claridad tus limitaciones funcionales y cómo afectan tu vida diaria y laboral.
- No minimices tus dolencias por vergüenza ni las exageres: sé honesto, pero firme.
- Puedes ir acompañado, sobre todo si necesitas ayuda para moverte o comunicarte.
5. Consultar con un abogado experto en incapacidad laboral
No todos los casos son iguales. Un abogado especializado en incapacidad laboral puede ayudarte a:
- Preparar el expediente con mayor solidez.
- Anticipar objeciones o errores comunes.
- Presentar alegaciones o documentación adicional si es necesario.
- Recurrir en caso de resolución negativa.
Contar con asesoramiento profesional puede marcar la diferencia en el resultado del proceso.
6. Esperar la resolución del INSS
Una vez valorado tu caso por el EVI, el INSS emitirá una resolución.
Esta puede:
- Reconocerte una incapacidad permanente (en cualquiera de sus grados).
- Denegarte la incapacidad, recomendando el alta médica.
- Aplazar la decisión, solicitando informes adicionales o prorrogando la baja.
La resolución llegará por carta certificada en un plazo que, en la práctica, suele oscilar entre 30 y 90 días, aunque legalmente tienen hasta 135 días hábiles.
¿Qué diferencia hay entre una propuesta del INSS y una propuesta de la mutua?
La propuesta del INSS y la propuesta de la mutua tienen el mismo objetivo: valorar si un trabajador puede ser declarado en situación de incapacidad permanente. Sin embargo, hay diferencias clave entre ambas:
|
En ambos casos, la resolución final siempre la emite el INSS, sea cual sea el origen de la propuesta.
¿Puedo solicitar la incapacidad permanente por mi cuenta antes de que lo proponga el INSS?
Sí, puedes solicitar la incapacidad permanente por tu cuenta en cualquier momento, incluso si el INSS o la mutua no lo han propuesto aún. Este proceso se llama solicitud a instancia de parte.
Para hacerlo:
- No es obligatorio estar de baja médica, aunque en muchos casos se está.
- Puedes hacerlo presencialmente o a través de la sede electrónica del INSS si tienes certificado digital, DNIe o Cl@ve.
- Deberás aportar informes médicos, documentación laboral y el formulario oficial de solicitud.
Esta vía es especialmente recomendable si tu situación médica ha empeorado, si consideras que ya no puedes desempeñar tu profesión habitual o si llevas mucho tiempo esperando una propuesta que no llega.
¿El INSS te ha propuesto para una incapacidad permanente y no sabes cómo actuar?
En Velázquez & Villa somos abogados expertos en incapacidades laborales y hemos ayudado a cientos de personas a conseguir la pensión que merecen.
Contáctanos hoy mismo o 📞 llámanos al +34 985 220 905, revisaremos tu caso médico a fondo y te orientaremos desde el primer paso.
📝 Artículo revisado jurídicamente por
Esperamos que este artículo sobre qué significa que el INSS me ha propuesto para una incapacidad permanente y qué debo hacer, te haya sido de ayuda.
Otros artículos recomendados:
- Ejemplo de cálculo de la Pensión de Incapacidad Permanente Total para profesión habitual
- Cómo calcular la pensión por Incapacidad Permanente Total
- Cómo solicitar la Incapacidad Permanente online en el INSS [Guía 2025]
- Cómo se calcula la base reguladora para una incapacidad permanente en 2025
- Cómo pasar de incapacidad permanente total a jubilación
- Llevo un año de baja y el INSS no me llama: Qué hacer y cómo actuar
- ¿Qué pasa con mi trabajo si me conceden una incapacidad permanente?
- Qué hacer si te han denegado la incapacidad permanente
- Cuando suelen revisar la incapacidad permanente
- ¿Puedo solicitar el paro si me conceden una Incapacidad Permanente?
- Requisitos para solicitar una Incapacidad Permanente estando en paro
- Cómo prepararse para una evaluación médica por incapacidad laboral
- Cómo realizar la solicitud de Incapacidad Permanente